
¿Te han detenido por portar un arma oculta en Long Beach? Te enfrentas a graves cargos penales que pueden acarrear penas de cárcel, antecedentes penales permanentes, la pérdida de tus derechos de posesión de armas y consecuencias devastadoras para tu empleo, tus licencias profesionales y tu estatus migratorio. Las estrictas leyes sobre armas de California prohíben portar un arma de fuego oculta sin un permiso válido de CCW, y las infracciones se persiguen con dureza en todo el condado de Los Ángeles. Ya sea que estuviera transportando su arma de fuego legalmente, no supiera que el arma estaba oculta o reúna los requisitos para una excepción según la ley de California, necesita representación legal con experiencia de inmediato.
En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una defensa enérgica contra los cargos por porte de armas ocultas en toda la ciudad de Long Beach y el condado de Los Ángeles. Conocemos a fondo las complejas leyes sobre armas de fuego de California, sabemos cómo impugnar los registros y detenciones ilegales, y hemos defendido con éxito a clientes acusados de delitos relacionados con armas en los tribunales de Long Beach. Luchamos para proteger sus derechos, preservar su derecho a poseer armas de fuego y conseguir el mejor resultado posible, ya sea la desestimación del caso, la reducción a cargos menores o la absolución en el juicio.
Consulta confidencial gratuita: /| Disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana | Hablamos español
California cuenta con algunas de las leyes de control de armas más estrictas del país, con múltiples disposiciones que tipifican como delito diversos aspectos de la tenencia de armas ocultas. Entender exactamente de qué se le acusa es el primer paso para armar una defensa eficaz.
La Ley Primaria:
El artículo 25400 del Código Penal de California tipifica como delito portar un arma de fuego oculta, ya sea sobre la persona o en un vehículo, mientras se se encuentra en cualquier lugar público o en cualquier vía pública dentro de una ciudad incorporada o de una ciudad y condado (como Long Beach).
Elementos que debe demostrar la fiscalía:
¿Qué significa “oculto”?
Un arma de fuego se considera “sustancialmente oculta” cuando no es visible a simple vista. Esto no implica que deba estar completamente oculta; basta con que esté parcialmente oculta si el arma no se reconoce de inmediato como tal.
Ejemplos:
¿Qué es un “lugar público”?
Los lugares públicos incluyen calles, aceras, parques, establecimientos abiertos al público, estacionamientos y cualquier lugar al que el público tenga acceso. Tu vehículo en una vía pública se considera un lugar público.
Delito menor (los más comunes):
Delito grave (circunstancias agravantes):
La tenencia oculta de armas se convierte en un delito grave si:
Sanciones por delitos graves:
Delito más grave:
El artículo 25850 del Código Penal establece que es ilegal portar un arma de fuego cargada, ya sea sobre la persona o en un vehículo, mientras se se encuentra en cualquier lugar público o en cualquier vía pública.
Elemento adicional: El arma debe estar cargada (con munición en la recámara o con el cargador colocado en el arma).
¿Por qué es más grave?: Un arma cargada supone un peligro inmediato mayor, lo que conlleva un enjuiciamiento más severo.
Sanciones:
Prohibición específica:
El artículo 26350 del Código Penal prohíbe portar abiertamente un arma corta descargada en lugares públicos, salvo en zonas no incorporadas donde se permita el tiro al blanco.
Distinción crítica: Esta norma se aplica a las armas de fuego visibles (no ocultas), lo que demuestra que California restringe tanto el porte oculto como el porte a la vista en la mayoría de los casos.
Portación oculta de puñales o dagas (PC § 21310):
Posesión de armas por parte de un delincuente (PC § 29800):
Posesión de armas de asalto (PC § 30605):
Delincuente en posesión de municiones (PC § 30305):
Portación de armas de fuego en recintos escolares (PC § 626.9):
Según el Departamento de Justicia de California[1], California regula las armas de fuego de forma más estricta que la mayoría de los estados, ya que exige la verificación de antecedentes para todas las transferencias de armas de fuego, el registro de determinadas armas y el cumplimiento de numerosas restricciones en materia de posesión y porte.
Comprender el contexto local de la aplicación de la ley sobre armas en Long Beach ofrece una perspectiva importante sobre cómo se procesan estos casos.
Long Beach, la séptima ciudad más grande de California, con aproximadamente 466 742 habitantes según el Oficina del Censo de los Estados Unidos[2], sufre una elevada tasa de violencia armada que da lugar a una aplicación estricta de las leyes sobre armas.
Según el Departamento de Policía de Long Beach[3], la violencia con armas de fuego sigue siendo un grave problema de seguridad pública en la ciudad. El departamento estadísticas sobre delincuencia[4] demuestran que las armas de fuego están involucradas en un porcentaje significativo de delitos violentos, incluidos homicidios, robos y agresiones con agravantes.
El Portal OpenJustice del Departamento de Justicia de California[5] ofrece datos a nivel estatal que muestran que el condado de Los Ángeles, que incluye a Long Beach, concentra una parte considerable de los delitos y detenciones relacionados con armas de fuego en California.
Los delitos relacionados con armas que se originan en Long Beach son juzgados por la Fiscalía del Condado de Los Ángeles[6], que se toma muy en serio los delitos cometidos con armas de fuego y suele oponerse a los acuerdos de culpabilidad indulgentes, sobre todo cuando los acusados tienen antecedentes penales o concurren circunstancias agravantes.
Las audiencias se celebran en el Palacio de Justicia «Gobernador George Deukmejian», situado en el 275 de Magnolia Avenue, que forma parte del Tribunal Superior de Los Ángeles[7] sistema.
California exige que la mayoría de los compradores de armas obtengan un Certificado de Seguridad en el Manejo de Armas de Fuego (FSC) tras aprobar un examen escrito en el que demuestren sus conocimientos sobre el manejo seguro de las armas de fuego. Según el Departamento de Justicia de California Oficina de Armas de Fuego[8], el requisito del FSC forma parte del enfoque integral de California para reducir la violencia con armas de fuego mediante la educación y la regulación.
Además de las leyes de California, en Long Beach se aplican las leyes federales sobre armas de fuego, lo que incluye la prohibición de que los condenados por delitos graves posean armas de fuego (18 U.S.C. § 922(g)), las zonas escolares libres de armas (18 U.S.C. § 922(q)) y el tráfico interestatal de armas de fuego. En casos graves, especialmente aquellos relacionados con:
El Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos[9] hace cumplir las leyes federales sobre armas y colabora con el Departamento de Policía de Long Beach en los casos de infracciones graves relacionadas con armas de fuego.
Comprender cómo se produce la detención de las personas por infracciones relacionadas con la tenencia de armas ocultas ayuda a identificar los patrones más comunes y las posibles defensas.
Situación más habitual:
Estás conduciendo por Long Beach y te detienen por una infracción de tránsito (luz trasera rota, exceso de velocidad, no señalizar un cambio de dirección). Durante la parada:
Cuestiones fundamentales:
Escenario:
El agente le pregunta: “¿Le importa si registro su vehículo?”. Usted da su consentimiento, pensando que no tiene nada que ocultar o creyendo que negarse parecería sospechoso. El agente encuentra un arma de fuego de propiedad legal en la guantera y lo detiene por porte oculto.
Error grave: Dar tu consentimiento para un registro cuando tenías derecho a negarlo. Muchas detenciones se deben a registros consentidos que se podrían haber evitado.
Escenario:
La policía te detiene en la calle para interrogarte. El agente te registra “por motivos de seguridad” y palpa un objeto duro que resulta ser un arma de fuego. Te detienen por portar un arma oculta.
Cuestión jurídica: ¿Fue legal la detención inicial del agente? ¿Estaba justificado el cacheo por motivos razonables de seguridad? Estas son cuestiones relacionadas con la Cuarta Enmienda que defendemos enjuiciándolas con firmeza.
Escenario:
Estás en libertad condicional o bajo palabra con la condición de que te puedan registrar. El agente de libertad condicional o la policía te registran a ti, a tu vehículo o a tu domicilio y encuentran un arma de fuego. Aunque poseas el arma de forma legal, te detienen porque las condiciones de la libertad condicional o bajo palabra prohíben las armas de fuego.
Consideraciones de defensa:
Escenario:
La policía acude a una llamada por violencia doméstica en su domicilio de Long Beach. Durante la investigación, ven un arma de fuego o registran la vivienda y encuentran armas. Aunque no se haya producido ningún episodio de violencia doméstica, podría ser detenido por porte oculto si las armas no estaban debidamente guardadas o si se le ha prohibido su tenencia.
Complicaciones:
Escenario:
Alguien ve un arma de fuego parcialmente visible (en la cintura, marcándose a través de la ropa) y llama a la policía. Cuando llegan los agentes, te detienen, encuentran el arma oculta y te arrestan.
Tema crítico: ¿Fue legal la detención basándose en la llamada al 911? ¿Llevabas realmente el arma oculta, o la llevabas legalmente en un estuche cerrado con llave?
Escenario:
Estás en el aeropuerto de Long Beach con un arma de fuego en el equipaje (ya sea por olvido o porque la metiste a propósito). La TSA descubre el arma durante el control de seguridad. La policía del aeropuerto te detiene por portar un arma oculta.
Cargos federales y estatales: Podría enfrentarse tanto a cargos en California como a cargos federales por intentar subir un arma a un avión.
Según el Administración de Seguridad en el Transporte[10], cada año se descubren miles de armas de fuego en el equipaje de mano en los aeropuertos estadounidenses, y muchos de estos casos dan lugar a cargos penales.
En Tu Defensor Criminalista, combatimos enérgicamente los cargos por porte de armas ocultas utilizando estrategias de defensa probadas y adaptadas a su caso concreto.
La defensa más poderosa:
La Cuarta Enmienda te protege contra registros e incautaciones injustificados. Si la policía obtuvo pruebas mediante un registro ilegal, presentamos una moción de exclusión de pruebas en virtud del artículo 1538.5 del Código Penal. Si prospera, las pruebas relacionadas con armas de fuego quedan excluidas y, a menudo, se desestiman los cargos.
Lo que desafiamos:
Parada de tráfico ilegal:
Registro ilegal de un vehículo:
Búsqueda ilegal de personas:
Pruebas:
Resultado: Pruebas excluidas = cargos desestimados.
La defensa: La fiscalía debe demostrar que usted sabía que llevaba un arma de fuego.
Situaciones en las que se aplica la defensa del conocimiento:
El arma de otro:
Olvidó que tenía un arma:
Pruebas:
Resultado: Si no se puede demostrar que lo sabías = inocente.
La defensa: La ley de California (PC § 25610) permite transportar armas de fuego descargadas en un contenedor cerrado con llave.
Requisitos para el transporte legal:
Lo que demostramos:
Pruebas:
Resultado: Transporte legal = inocente.
La defensa: El arma no estaba “sustancialmente oculta”, tal y como exige la ley.
Ejemplos:
Pruebas:
Resultado: No se considera que se haya ocultado de manera sustancial = no es culpable de porte oculto (aunque podría enfrentarse a cargos por porte visible).
La defensa: El artículo 25400 del Código Penal se aplica a los lugares públicos; en el caso de la propiedad privada, la situación es diferente.
Lo que demostramos:
Pruebas:
Resultado: No en un lugar público = elemento esencial no demostrado.
La defensa: Tenías un permiso válido de porte oculto de armas (CCW) de California.
Requisitos:
Pruebas:
Crítico: Aunque los permisos de porte oculto de armas son muy difíciles de obtener en el condado de Los Ángeles, algunos residentes de Long Beach consiguen dichos permisos en condados de California con una normativa más flexible, siempre que puedan demostrar su residencia o una justificación comercial en dichos lugares.
Resultado: Permiso válido = porte legal = inocente.
La defensa: La legislación de California exime a determinadas personas y situaciones de las prohibiciones relativas al porte oculto de armas.
Quiénes están exentos (PC § 25450-25500):
Lo que demostramos:
Pruebas:
Resultado: Se aplica una exención legal = inocente.
La defensa: Tuviste un arma en tu poder momentáneamente para evitar un daño o para asegurarla.
Ejemplos:
Doctrina jurídica: Las defensas basadas en la necesidad y en la posesión momentánea, cuando la posesión tenía por objeto evitar un daño mayor y fue de carácter temporal.
Pruebas:
Resultado: Posesión momentánea con fines legítimos de seguridad = inocente.
La defensa: En los casos de acusación por el artículo 25850 del Código Penal (arma de fuego cargada), demostramos que el arma no estaba cargada.
Lo que demostramos:
Por qué es importante: Llevar un arma de fuego descargada frente a llevarla cargada conlleva cargos y sanciones diferentes. Demostrar que el arma estaba descargada puede dar lugar a una calificación de delito menos grave o a la desestimación del caso si se aplica una excepción de transporte legal.
Pruebas:
Resultado: El arma estaba descargada = se aplica una carga o defensa diferente.
La defensa: Las declaraciones obtenidas en violación de la Quinta Enmienda (derechos Miranda) deben ser excluidas.
Lo que desafiamos:
Por qué es importante: Muchos casos dependen en parte de las declaraciones del acusado en las que admite conocer la existencia del arma, ser su propietario o tener la intención de usarla. Si se excluyen esas declaraciones, la fiscalía pierde pruebas fundamentales.
Pruebas:
Resultado: Declaraciones suprimidas = debilitamiento de la acusación, posible desestimación.
Comprender lo que está en juego más allá de la pena de cárcel pone de relieve por qué es fundamental una defensa enérgica.
Ley de California:
Según la legislación de California (PC § 29800), una condena por delito grave conlleva la prohibición de por vida de poseer armas de fuego. Incluso las condenas por delitos menores pueden acarrear una prohibición de 10 años para poseer armas de fuego.
Ley federal:
En virtud del artículo 922(g) del título 18 del Código de los Estados Unidos, la ley federal prohíbe a las personas condenadas por delitos graves poseer armas de fuego o municiones. Se trata de una prohibición de por vida aplicable en todo el territorio nacional.
Según el Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos[9], las prohibiciones federales sobre armas de fuego se aplican independientemente de que la legislación estatal restablezca los derechos en muchas circunstancias.
Repercusiones profesionales:
Muchas profesiones exigen una licencia, y las condenas por delitos relacionados con armas pueden dar lugar a:
El Departamento de Asuntos del Consumidor de California[11] supervisa numerosas juntas de concesión de licencias que tienen en cuenta las condenas penales a la hora de tomar decisiones sobre la concesión de licencias.
Para personas que no son ciudadanas:
Las condenas por delitos relacionados con armas pueden acarrear graves consecuencias en materia de inmigración, entre ellas:
Según Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos[12], los delitos relacionados con armas de fuego se consideran especialmente graves en virtud de la legislación migratoria y pueden dar lugar a la detención obligatoria y a procedimientos de expulsión.
Pérdida del empleo y obstáculos:
Según el Oficina de Estadísticas Laborales de EE. UU.[13], las personas con antecedentes penales se enfrentan a tasas de desempleo considerablemente más altas que la población general.
Agravantes de la pena:
Las condenas por delitos relacionados con armas pueden agravar las penas futuras:
Demandas:
Si el arma de fuego estuvo involucrada en lesiones causadas a terceros, usted podría enfrentarse a demandas civiles por:
Obstáculos para acceder a una vivienda:
Las condenas penales, especialmente las relacionadas con delitos de armas, suponen un obstáculo para acceder a una vivienda:
El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos[14] reconoce que los antecedentes penales suponen un obstáculo importante para acceder a una vivienda.
Comprender el sistema de permisos de porte oculto de California ayuda a entender por qué muchos propietarios de armas que respetan la ley se enfrentan a cargos por porte oculto.
A diferencia de muchos estados, California es un estado en el que la concesión de permisos de porte oculto de armas (CCW) se rige por el principio de “puede concederse” en lugar de “debe concederse”. Esto significa que las fuerzas del orden tienen la facultad discrecional de denegar los permisos incluso a solicitantes que cumplan los requisitos.
Requisitos para obtener la licencia de porte oculto de armas:
“Requisito de ”motivo justificado»:
Es aquí donde fracasan la mayoría de las solicitudes del condado de Los Ángeles. Según la legislación de California, los solicitantes deben demostrar una “causa justificada”, lo que normalmente significa:
El Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles[15] es la autoridad competente para expedir permisos en las zonas no incorporadas y en las ciudades que no cuentan con jefe de policía propio. Long Beach, que cuenta con su propio departamento de policía, expide permisos de porte oculto de armas a través de Departamento de Policía de Long Beach[3].
Realidad: El condado de Los Ángeles y Long Beach han sido históricamente muy restrictivos a la hora de expedir permisos de porte oculto de armas, concediéndolos principalmente a:
Según los datos disponibles públicamente, el condado de Los Ángeles expide muy pocos permisos de porte oculto de armas en comparación con otros condados de California más permisivos, lo que genera una situación en la que muchos propietarios de armas que respetan la ley no pueden obtener dichos permisos y se enfrentan a acciones judiciales si portan armas ocultas.
Retos legales recientes:
A raíz de la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos en Asociación de Rifles y Pistolas del Estado de Nueva York contra Bruen (2022), que anuló el sistema discrecional de permisos de porte oculto de armas (CCW) de Nueva York, el requisito de “motivo justificado” de California está siendo impugnado en los tribunales federales. Los futuros acontecimientos legales podrían afectar la disponibilidad de permisos CCW en Long Beach.
Cuando tu libertad, tus derechos sobre las armas de fuego y tu futuro están en juego, necesitas un abogado que conozca la legislación sobre armas y que defienda tus derechos con firmeza.
Un panorama jurídico complejo:
Las leyes sobre armas de fuego de California se encuentran entre las más complejas del país e incluyen:
Nos mantenemos al día de las novedades en la legislación sobre armas de fuego de California y sabemos cómo desenvolvernos en este complejo marco legal.
Especialización en derecho constitucional:
Muchos casos relacionados con armas ocultas se ganan o se pierden en función de cuestiones relacionadas con el registro y la incautación en virtud de la Cuarta Enmienda. Contamos con una amplia experiencia:
Éxito en los tribunales:
Aunque muchos casos se resuelven mediante negociación, algunos requieren ir a juicio. Somos abogados litigantes con amplia experiencia que hemos defendido con éxito casos relacionados con armas de fuego, entre los que se incluyen:
Experiencia en Long Beach:
Ejercemos habitualmente en el Palacio de Justicia Governor George Deukmejian de Long Beach y en todo el condado de Los Ángeles. Conocemos bien:
Defensa de la Segunda Enmienda:
Somos conscientes de que muchos de los clientes acusados de delitos relacionados con armas son propietarios de armas que respetan la ley y que cometieron errores técnicos o se vieron envueltos en situaciones de ambigüedad jurídica. Luchamos para:
Protección de los no ciudadanos:
En el caso de los clientes que no son ciudadanos, analizamos minuciosamente las consecuencias en materia de inmigración y:
Enfoques múltiples:
No nos basamos en una única estrategia de defensa. Desarrollamos estrategias de defensa integrales que incluyen:
Servicios completos en español:
Siempre accesible:
Si bien defendemos con firmeza a las personas acusadas de delitos relacionados con armas, también creemos en la tenencia responsable de armas y en informar a nuestros clientes sobre la posesión legal de las mismas.
Reglas fundamentales:
Para transportar armas de fuego legalmente en un vehículo en California:
Prácticas seguras:
Requisitos de California:
Según Departamento de Justicia de California Oficina de Armas de Fuego[8], estos requisitos están diseñados para garantizar que las transferencias de armas de fuego se realicen de forma segura y legal, al tiempo que se impide que las personas a las que se les prohíbe el acceso a armas las obtengan.
Quiénes no pueden poseer armas de fuego en California:
Los cargos por porte oculto de armas acarrean graves consecuencias: penas de cárcel, antecedentes penales permanentes, pérdida del derecho a poseer armas de fuego y consecuencias colaterales devastadoras. No afronte estos cargos sin contar con una representación legal con experiencia. Muchos casos relacionados con armas pueden defenderse con éxito mediante impugnaciones constitucionales, defensas basadas en los hechos o la negociación de una reducción de los cargos que preserve su derecho a poseer armas.
Llamar (888) 315-3326 Ahora
Hable directamente con el abogado Armando Josué Céspedes sobre su detención por robo o hurto en Long Beach. La consulta es totalmente gratuita y confidencial. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana.
Juzgado del gobernador George Deukmejian 275 Magnolia Avenue, Long Beach, CA 90802. Delitos penales y delitos relacionados con armas
Prestamos servicio a toda la ciudad de Long Beach y las comunidades de los alrededores:
Sí, si el arma está oculta y cargada, o si no se transporta de conformidad con la legislación de California. Incluso en su propio vehículo, en las vías públicas debe cumplir con las leyes sobre porte oculto y transporte de armas.
El registro legal y la propiedad no te permiten portar armas ocultas sin una licencia de porte oculto. Muchos acusados son propietarios de armas que respetan la ley, que compraron y registraron sus armas de fuego legalmente, pero infringieron las leyes sobre porte de armas.
El hecho de ver un arma de fuego a simple vista le da al agente una causa probable para confiscar el arma y, probablemente, para buscar otras armas o pruebas. Sin embargo, si la detención inicial fue ilegal o si el registro excedió los límites legales, lo impugnamos.
La ignorancia es una defensa. Si realmente no sabías que había un arma de fuego (un amigo la dejó allí, un pasajero la trajo, etc.), la fiscalía no puede demostrar un elemento esencial del delito. Presentamos pruebas que respaldan la ignorancia.
Depende de la condena. Una condena por delito grave conlleva la prohibición de poseer armas de fuego de por vida, según la legislación de California y la ley federal. Una condena por delito menor puede acarrear una prohibición de 10 años. Por eso es fundamental impugnar los cargos o negociar acuerdos que no impliquen la posesión de armas de fuego.
El Departamento de Policía de Long Beach expide permisos de porte oculto de armas, pero el condado de Los Ángeles (incluido Long Beach) ha sido tradicionalmente muy restrictivo. Es necesario demostrar una “causa justificada” que vaya más allá de las consideraciones generales de defensa propia. Los recientes cambios legales podrían afectar a la disponibilidad futura de los permisos.
Esto es sorprendentemente común. A veces, los agentes detienen a personas que transportan legalmente armas de fuego descargadas en contenedores cerrados con llave. Informamos a los fiscales y a los jueces sobre el transporte legal y solicitamos la desestimación del caso.
Sí, siempre y cuando esté descargado y dentro de un contenedor cerrado con llave (que cumpla con los requisitos de California). La guantera o la consola central cerradas con llave no se consideran válidas; debe estar en el maletero o en una caja separada cerrada con llave.
California no reconoce los permisos de porte oculto (CCW) expedidos en otros estados. Aunque tengas un permiso válido de otro estado, este no es válido en California y puedes ser detenido por portar un arma de forma oculta.
Es posible. Un delito menor puede acarrear hasta un año de prisión en la cárcel del condado; un delito grave, hasta tres años. Sin embargo, muchos infractores sin antecedentes suelen recibir libertad condicional, sobre todo si cuentan con una buena representación legal. Luchamos para evitar la prisión mediante desestimaciones, absoluciones o acuerdos de declaración de culpabilidad favorables.
Es posible. Dependiendo de las circunstancias, negociamos reducciones en:
– Delitos menos graves relacionados con armas
– Delitos no relacionados con armas (allanamiento de morada, alteración del orden público)
– Infracciones
– Programas de desviación con sobreseimiento al completarlos
La policía incauta el arma de fuego y, por lo general, la retiene como prueba. Si te declaran culpable, podrías perder el arma de forma definitiva. Si se desestiman los cargos o te absuelven, puedes solicitar su devolución (aunque este proceso puede resultar complicado).
No dejes que los cargos por tenencia de armas te priven de tu libertad y de tu derecho a portar armas. Muchas detenciones por porte oculto se deben a infracciones técnicas, confusión jurídica o registros ilegales que pueden impugnarse con éxito. Visita / para una consulta confidencial inmediata. Luchamos con determinación para proteger sus derechos, impugnar los registros ilegales y conseguir el mejor resultado posible. Disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana – hablamos español.
Protegiendo sus derechos. Defendiendo su libertad. Velando por su derecho a portar armas en Long Beach y en todo el condado de Los Ángeles.
Tu abogado penalista | Abogado especializado en defensa por porte oculto de armas en Long Beach
Abogado Armando Josué Céspedes está clasificado 5.0 en Avvocon 34 opiniones de cinco estrellas de clientes que alaban su dedicación, profesionalidad y resultados. Muchos destacan su habilidad en los juicios y su atención a los detalles condujeron a la reducción de los cargos o a la desestimación total de los mismos.












Muchas gracias. Necesitamos su ayuda. ¿Compartiría su experiencia en alguno de estos sitios?
Si tiene alguna duda que desee tratar en privado
