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Abogado defensor especializado en casos de posesión ilegal de armas de fuego por parte de personas con antecedentes penales en West Covina

Índice

Defensa penal especializada en cargos por tenencia de armas por parte de personas inhabilitadas, posesión de municiones e infracciones federales relacionadas con armas de fuego en West Covina, Azusa, Glendora, Walnut y el Valle de San Gabriel

¿Te acusan de posesión ilegal de un arma de fuego en West Covina? Te enfrentas a graves infracciones del artículo 29800 del Código Penal de California, que conllevan penas obligatorias de prisión estatal, «strikes» adicionales en virtud de la Ley de los Tres Strikes de California, un juicio federal con décadas de prisión federal, la pérdida permanente del derecho a portar armas y consecuencias catastróficas que destruirán tu libertad, tu empleo y tu futuro. Ya sea que haya sido arrestado durante una parada de tránsito, un registro de libertad condicional, una llamada por violencia doméstica o una verificación de cumplimiento de la libertad condicional, y se hayan encontrado armas de fuego o municiones en su vehículo, su hogar o en su persona, estas condenas garantizan años tras las rejas, incluso por simple posesión sin ninguna conducta amenazante o actividad delictiva.

Los fiscales del condado de Los Ángeles y las autoridades federales persiguen con dureza los casos de posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales, acumulando cargos, solicitando agravantes en las condenas y exigiendo penas máximas de prisión, independientemente de las circunstancias, la rehabilitación o el tiempo transcurrido desde las condenas anteriores.


En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una defensa penal incansable a clientes de West Covina y de todo el Valle de San Gabriel que se enfrentan a cargos por posesión ilegal de armas de fuego, infracciones por posesión por parte de personas prohibidas y delitos relacionados con armas. Nuestro experimentado equipo de defensa penal conoce a fondo las complejas leyes de California sobre la prohibición de armas de fuego, los estatutos federales sobre armas, los recursos constitucionales contra las restricciones a la posesión de armas y las consecuencias que pueden cambiar la vida de las personas y que acarrean estos procesos judiciales. Luchamos enérgicamente para impugnar registros y decomisos ilegales, exponer las debilidades de la posesión constructiva, buscar la desestimación y reducción de cargos, restablecer los derechos de posesión de armas cuando sea posible y proteger su libertad frente a una fiscalía excesivamente celosa.

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Entender el delito de posesión de un arma de fuego por parte de un delincuente, según el artículo 29800 del Código Penal de California

El artículo 29800 del Código Penal de California prohíbe a los condenados por delitos graves y a otras personas determinadas poseer, adquirir, recibir o tener en su poder armas de fuego o municiones. Esta ley establece delitos de responsabilidad objetiva, en los que los fiscales no necesitan demostrar que usted tuviera la intención de cometer delitos con el arma de fuego: la mera posesión constituye una infracción de la ley y conlleva sanciones severas.

¿A quiénes se les prohíbe poseer armas de fuego en California?

La legislación de California prohíbe la posesión de armas de fuego a varias categorías de personas:

  • Delincuentes condenados (PC 29800(a)(1)) – Cualquier persona condenada por un delito grave según la legislación de California o por un delito grave federal tiene prohibido de forma permanente poseer armas de fuego o municiones. Esto se aplica independientemente de si el delito grave implicó violencia, armas o cualquier relación con las armas de fuego. Las condenas por delitos relacionados con drogas, delitos de robo, fraude y delitos graves no violentos dan lugar a prohibiciones de por vida para la posesión de armas de fuego.
  • Delitos violentos específicos – Las personas condenadas por determinados delitos menores se enfrentan a prohibiciones de posesión de armas de fuego de 10 años, entre los que se incluyen los delitos de violencia doméstica, agresión con lesiones, exhibición de armas y otros delitos violentos específicos.
  • Órdenes de alejamiento vigentes – Las personas sujetas a órdenes de alejamiento por violencia doméstica, órdenes civiles contra el acoso u órdenes de protección penal tienen prohibido poseer armas de fuego mientras dichas órdenes estén vigentes.
  • Ingresos por motivos de salud mental – Las personas internadas de forma involuntaria en centros de salud mental o que se considere que representan un peligro para sí mismas o para otros se enfrentan a prohibiciones relativas a la tenencia de armas de fuego.
  • Resoluciones judiciales en materia de menores – Ciertos delitos graves cometidos durante la juventud dan lugar a prohibiciones de posesión de armas de fuego que se extienden hasta la edad adulta.

Según la Oficina de Armas de Fuego del Departamento de Justicia de California, actualmente hay más de 1,2 millones de personas a las que se les prohíbe poseer armas de fuego en California debido a condenas penales, órdenes de alejamiento y dictámenes sobre salud mental. Las fuerzas del orden llevan a cabo miles de registros de personas a las que se les prohíbe portar armas cada año, centrándose en individuos identificados mediante el cotejo de bases de datos.

Elementos que la fiscalía debe demostrar más allá de toda duda razonable

Para declararlo culpable de un delito grave por posesión de un arma de fuego en virtud del artículo 29800 del Código Penal, el fiscal del condado de Los Ángeles o los fiscales federales deben demostrar cada uno de los elementos más allá de toda duda razonable:

1. Ha sido condenado anteriormente por un delito grave – La fiscalía debe demostrar que usted tiene una condena previa por un delito grave según la legislación de California o la legislación federal. Para ello, se requieren antecedentes penales certificados, comparaciones de huellas dactilares y pruebas de que la condena previa se considera un delito grave. Los acuerdos de declaración de culpabilidad que reducen los cargos a delitos menores, las condenas eliminadas de los antecedentes penales o las condenas que se redujeron posteriormente pueden no considerarse condenas previas.

2. Ha sido propietario, ha comprado, ha recibido o ha tenido en su poder un arma de fuego

– La fiscalía debe demostrar que usted ejercía control sobre el arma de fuego mediante la posesión efectiva (el arma en su persona o en su mano) o la posesión constructiva (el arma en un lugar bajo su control y con conocimiento de su presencia). Los casos de posesión constructiva relacionados con armas de fuego encontradas en vehículos compartidos, viviendas o zonas accesibles a varias personas ofrecen oportunidades para la defensa.

3. Sabías que tenías el arma – Debías saber que el arma estaba allí. Si alguien colocó un arma en tu vehículo sin que tú lo supieras, no puedes ser condenado. La falta de conocimiento invalida ese elemento necesario.

4. El objeto era un arma de fuego – El arma debe ajustarse a la definición legal de “arma de fuego” de California, lo que incluye pistolas, rifles, escopetas y otras armas específicas. Las pistolas de aire comprimido, las armas de fuego antiguas y las armas que no funcionan pueden no cumplir los requisitos, dependiendo de las circunstancias concretas.

No es necesario que los fiscales demuestren que tenías la intención de utilizar el arma de fuego de manera ilegal o que cometiste algún otro delito. La mera posesión, al ser una persona a la que se le ha prohibido, constituye el delito.

Sanciones por posesión de armas de fuego por parte de personas con antecedentes penales en West Covina

Las leyes de California y federales imponen sanciones obligatorias severas por la posesión de armas de fuego por parte de personas condenadas por delitos graves:

Sanciones previstas en el artículo 29800 del Código Penal de California:

  • Condena por delito grave (sin opción de delito menor)
  • 16 meses, 2 años o 3 años en una prisión estatal de California
  • Multas de hasta $10,000
  • Libertad condicional por delito grave (poco frecuente y solo en circunstancias excepcionales)
  • Se aplicará una condena adicional en virtud de la Ley de los Tres Delitos si la condena anterior fue por un delito grave o violento
  • Mantenimiento de la prohibición de poseer armas de fuego de por vida

Sanciones agravadas por determinadas condenas anteriores:

Si su condena anterior por un delito grave estuvo relacionada con actos violentos o armas, se aplicarán penas agravadas:

  • Delito grave con violencia anterior: pena obligatoria de prisión estatal, sin posibilidad de libertad condicional
  • Delito grave anterior: se añade una condena al historial penal
  • Varios delitos graves con violencia previos: de 25 años a cadena perpetua en virtud de la ley de los tres delitos

Sanciones federales por posesión de armas de fuego (18 USC § 922(g)):

La acusación federal por posesión de un arma de fuego por parte de un delincuente conlleva penas aún más severas:

  • Hasta 10 años de prisión federal por infracciones leves
  • Pena mínima obligatoria de 15 años si existen tres o más condenas previas por delitos graves violentos o relacionados con drogas (Ley de Delincuentes Recidivistas Armados)
  • Penas consecutivas obligatorias en caso de ser declarado culpable de otros delitos federales
  • Libertad condicional bajo supervisión federal tras cumplir la condena
  • No hay libertad condicional en el sistema federal (se debe cumplir un mínimo del 85 % de la condena)

Según la Comisión de Penas de los Estados Unidos, la pena media impuesta en 2022 por delitos federales de posesión ilegal de armas fue de 68 meses (5,6 años) en una prisión federal, con penas que oscilaron entre la libertad condicional y décadas tras las rejas, dependiendo de los antecedentes penales y las circunstancias del caso.

Agravantes de la pena:

Se aplican sanciones adicionales cuando concurren circunstancias agravantes:

  • El arma estaba cargada: un año más de prisión estatal
  • Robo de un arma de fuego: un año más de prisión estatal
  • Posesión durante la comisión de otros delitos graves: penas adicionales consecutivas
  • Agravantes por pertenencia a una banda: de 2 a 10 años adicionales si la posesión estaba relacionada con una banda
  • Antecedentes de delitos graves o violentos: doble pena o de 25 años a cadena perpetua en virtud de la ley de «Tres strikes»

Consecuencias migratorias de las condenas por posesión ilegal de armas de fuego

Para las personas que no son ciudadanas en West Covina y en todo el condado de Los Ángeles, las condenas por posesión ilegal de armas de fuego acarrean consecuencias migratorias catastróficas. Según la ley federal de inmigración, los delitos relacionados con armas de fuego constituyen delitos graves que obligan a la deportación:

  • Deportación o expulsión automática de los residentes permanentes legales
  • No se conceden exenciones discrecionales ni se anulan las medidas de expulsión
  • Detención obligatoria durante el proceso de expulsión
  • Inadmisibilidad permanente en los Estados Unidos
  • No hay posibilidad de regresar a EE. UU., ni siquiera por vínculos familiares

El Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos considera las infracciones relacionadas con armas de fuego como categorías prioritarias en materia de aplicación de la ley. Según las estadísticas del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas, cada año se deporta a miles de personas que no son ciudadanas tras ser condenadas por delitos relacionados con armas de fuego, sin posibilidad de exención ni de medidas humanitarias.

Consecuencias colaterales más allá de la cárcel

Las condenas por posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales destruyen vidas más allá del encarcelamiento:

  • Prohibición permanente de armas de fuego – Una condena conlleva la prohibición de por vida de ser propietario, poseer o tener acceso a armas de fuego o municiones. En California, no es posible la restitución de derechos en la mayoría de los casos de condenas por delitos graves.
  • Devastación laboral – Las condenas por delitos relacionados con armas de fuego aparecen en todas las verificaciones de antecedentes, lo que te inhabilita para la mayoría de los empleos. Se vuelve imposible acceder a puestos de trabajo en los sectores de seguridad, fuerzas del orden, ejército, administración pública, educación y salud, así como a puestos que requieran verificaciones de antecedentes.
  • Licencias profesionales – Las juntas estatales de concesión de licencias revocan o deniegan las licencias a abogados, profesionales de la salud, contratistas, agentes inmobiliarios y otras profesiones reguladas tras una condena por delitos relacionados con armas.
  • Restricciones en materia de vivienda – Los propietarios suelen rechazar a los solicitantes con condenas por delitos relacionados con armas. Las autoridades de vivienda pública excluyen de forma permanente a las personas con antecedentes penales por delitos relacionados con armas de fuego.
  • Pérdida de prestaciones federales – Ciertas prestaciones federales, como las ayudas económicas para estudiantes, las ayudas para la vivienda pública y otros programas, dejan de estar disponibles tras una condena por delito grave.
  • Custodia y régimen de visitas – Los tribunales de familia tienen en cuenta las condenas por delitos relacionados con armas a la hora de decidir sobre la custodia y el régimen de visitas de los hijos, y a menudo deniegan o restringen los derechos parentales basándose en esos delitos.
  • Derechos de voto – Las condenas por delitos graves suspenden el derecho al voto durante el encarcelamiento y la libertad condicional, aunque en California este derecho se restablece una vez cumplida la condena.

Cargos por posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales en West Covina: contexto local y aplicación de la ley

West Covina, situada al este del condado de Los Ángeles y con una población de más de 106 000 habitantes, es objeto de una aplicación estricta de las leyes sobre posesión de armas de fuego dirigidas a las personas a las que se les prohíbe su tenencia. La convergencia de las fuerzas del orden estatales y federales da lugar a múltiples vías de enjuiciamiento por infracciones relacionadas con las armas de fuego.

Las fuerzas del orden y los procesos judiciales relacionados con armas de fuego en West Covina

El Departamento de Policía de West Covina, que cuenta con aproximadamente 130 agentes juramentados, investiga y detiene activamente a las personas a las que se les prohíbe portar armas de fuego. Los agentes utilizan varios métodos para identificar y detener a estas personas:

  • Detenciones de tránsito – Los agentes realizan registros de vehículos durante las inspecciones de tránsito y descubren armas de fuego en vehículos ocupados o controlados por personas a las que se les ha prohibido su tenencia. Incluso los pasajeros de vehículos en los que se encuentren armas de fuego pueden ser detenidos y procesados por posesión constructiva.
  • Búsquedas sobre libertad condicional y libertad bajo palabra – Las personas en libertad condicional o bajo palabra suelen aceptar registros sin orden judicial como condición de su supervisión. Los agentes de libertad condicional y la policía realizan controles de cumplimiento registrando viviendas, vehículos y personas, y con frecuencia encuentran armas de fuego.
  • Llamadas por violencia doméstica – Los agentes que acuden a incidentes de violencia doméstica registran habitualmente en busca de armas y detienen a las personas a las que está prohibido portar armas de fuego si las encuentran en su poder durante las investigaciones.
  • Órdenes de registro – Las fuerzas del orden ejecutan órdenes de registro en viviendas a partir de denuncias, investigaciones o incumplimientos de la libertad condicional, incautando armas de fuego y deteniendo a los ocupantes a quienes se les prohíbe su posesión.
  • Órdenes de alejamiento por violencia con armas de fuego – Las leyes de California sobre órdenes de alejamiento por violencia con armas de fuego permiten a las fuerzas del orden confiscar las armas de fuego a las personas consideradas peligrosas, lo que da lugar a acciones judiciales cuando las personas a las que se les ha prohibido la tenencia de armas se niegan a entregarlas o se descubre posteriormente que las tienen en su poder.

Según el Sistema de Personas Prohibidas de Portar Armas (APPS) del Departamento de Justicia de California, en los últimos años se ha identificado a más de 23 000 personas que poseían armas de fuego de forma ilegal en California. Los organismos encargados de hacer cumplir la ley en todo el condado de Los Ángeles dan prioridad a la lucha contra las personas a las que se les ha prohibido portar armas, llevando a cabo operaciones e investigaciones específicas.

Fiscalía federal en los casos de West Covina

Muchos casos de posesión ilegal de armas por parte de personas condenadas por delitos graves en West Covina dan lugar a un proceso judicial federal a cargo de la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF) y la Fiscalía Federal del Distrito Central de California. Las autoridades federales procesan los casos relacionados con:

  • Varias armas de fuego o grandes cantidades de munición
  • Armas de fuego robadas o con el número de serie borrado
  • Personas inhabilitadas con antecedentes penales graves
  • Armas de fuego en posesión durante actividades de tráfico de drogas o de pandillas
  • Casos relacionados con el tráfico interestatal de armas de fuego

Los procesos penales federales conllevan penas considerablemente más severas que los estatales, con condenas mínimas obligatorias y sin posibilidad de libertad condicional. El Distrito Central de California, que incluye a West Covina, lleva a juicio cientos de casos federales relacionados con armas de fuego cada año.

Situaciones habituales que dan lugar a detenciones en West Covina

  • Control de vehículos – Te detienen por una infracción de tránsito en West Covina. Los agentes perciben olor a marihuana o afirman haber visto contrabando, registran tu vehículo y descubren un arma de fuego. Aunque el arma pertenezca a un pasajero o tú no supieras que estaba allí, te enfrentas a un arresto y a un proceso judicial.
  • Búsquedas en el sitio – Los agentes de libertad condicional realizan una inspección sorpresa en tu domicilio para comprobar el cumplimiento de las condiciones. Registran tu casa y encuentran armas de fuego en un armario, el garaje o un dormitorio. Aunque las armas pertenezcan a familiares que vivan contigo, te enfrentas a cargos por posesión constructiva.
  • Incidentes domésticos – La policía acude a tu domicilio tras recibir una llamada por una discusión. Durante la investigación, los agentes detectan armas de fuego y comprueban tus antecedentes, descubriendo que tienes prohibido poseerlas. Te detienen a pesar de que no se produjo ningún acto de violencia y de que nunca tocaste las armas.
  • Trasteros y otros lugares – Las fuerzas del orden ejecutan una orden de registro en un trastero alquilado a tu nombre y hallan armas de fuego. La fiscalía te acusa de posesión, a pesar de que alegas que las armas pertenecían a otras personas o que no habías tenido acceso a ellas recientemente.
  • Accidentes de tráfico – Te ves involucrado en un accidente en West Covina. Los agentes registran tu vehículo y encuentran un arma de fuego. Aunque tuvieras la posesión legal del arma antes de tu condena por delito grave o la hubieras recibido en herencia, te enfrentas a una detención inmediata.

El sistema judicial de West Covina y la tramitación de casos

Los casos de posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales en West Covina son procesados por la Fiscalía del Condado de Los Ángeles y se tramitan en la sucursal de Pomona del Tribunal Superior del Condado de Los Ángeles, ubicada en 400 Civic Center Plaza, Pomona, California 91766. Este juzgado presta servicio a West Covina y a las comunidades circundantes del Valle de San Gabriel.

Los casos federales son procesados por la Fiscalía Federal del Distrito Central de California y se tramitan ante el Tribunal Federal de Distrito del Distrito Central de California, cuyos juzgados se encuentran en el centro de Los Ángeles y en Riverside.

Los fiscales del condado de Los Ángeles persiguen con firmeza los casos de posesión de armas por parte de personas condenadas por delitos graves, rara vez ofrecen acuerdos de declaración de culpabilidad favorables y suelen exigir penas de prisión en centros penitenciarios estatales. Los fiscales federales aplican políticas aún más estrictas, con penas mínimas obligatorias que limitan las posibilidades de negociación.

Defensas legales ante los cargos por posesión de armas de fuego por parte de un delincuente en West Covina

Para refutar los cargos por posesión ilegal de armas por parte de un delincuente es necesario emplear estrategias legales sofisticadas que cuestionen cada uno de los elementos del caso de la fiscalía y planteen impugnaciones constitucionales. Nuestro equipo de defensa penal aplica estrategias de defensa integrales:

Impugnación de la condena por delito grave predicado

La fiscalía debe demostrar que usted tiene una condena previa válida por un delito grave. Impugnamos las condenas previas mediante:

  • Reducción de la condena o eliminación de antecedentes penales – Si su condena anterior fue rebajada a un delito menor en virtud de la Proposición 47, eliminada de su expediente en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal, o anulada, es posible que no se considere un delito grave precedente. Obtenemos expedientes judiciales certificados que acreditan el estado de la condena.
  • Recursos contra sentencias dictadas en otros estados – Las condenas federales o dictadas fuera del estado deben ser equivalentes a delitos graves de California. Analizamos los elementos legales para demostrar que las condenas no constituirían delitos graves según la legislación de California.
  • Restablecimiento de derechos – Si ha recuperado el derecho a poseer armas de fuego mediante un indulto, un certificado de rehabilitación u otros mecanismos legales, es posible que no se pueda iniciar un proceso judicial en su contra.
  • Condena previa incorrecta – Impugnamos los problemas relacionados con la identidad, demostrando que los antecedentes penales pertenecen a otra persona o que se trata de una identificación errónea.
  • Cuestiones relacionadas con la justicia juvenil – Las sentencias dictadas en el ámbito de la justicia juvenil pueden no considerarse condenas previas, dependiendo de la edad, el delito y las garantías procesales otorgadas.

Registros e incautaciones ilegales: violaciones de la Cuarta Enmienda

La mayoría de los casos de posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales se derivan de registros y decomisos policiales. Presentamos mociones para excluir las pruebas obtenidas mediante:

  • Paradas de tráfico ilegales – Los agentes carecían de sospechas razonables para detener su vehículo o prolongaron la detención sin justificación. Al no haber una detención legal, cualquier prueba obtenida debe ser excluida.
  • Registros ilegales de vehículos – La policía registró su vehículo sin su consentimiento, sin causa probable ni ninguna excepción válida a la orden de registro. Impugnamos los registros realizados con pretextos, los consentimientos inválidos y los registros que exceden el alcance permitido.
  • Registros domiciliarios sin orden judicial – Los agentes entraron o registraron tu domicilio sin orden judicial, sin tu consentimiento o sin que mediara una situación de urgencia. Las condiciones de registro establecidas en la libertad condicional deben ser válidas y cumplirse debidamente.
  • Órdenes de registro inválidas – Las órdenes de registro carecían de causa probable, contenían declaraciones falsas o excedían el alcance autorizado. Presentamos mociones Franks para impugnar la validez de las órdenes.
  • Búsqueda de infracciones de libertad condicional – Incluso las personas en libertad condicional gozan de las garantías de la Cuarta Enmienda. Impugnamos los registros que excedan las condiciones establecidas, que sean realizados por personas no autorizadas o que afecten a zonas no contempladas en las condiciones del registro.
  • Violaciones de los derechos Miranda – La policía te interrogó mientras estabas detenido sin leerte tus derechos ni cesó el interrogatorio después de que los invocaras. La exclusión de las declaraciones puede eliminar pruebas fundamentales.

Las mociones de exclusión que prosperan suelen dar lugar a la desestimación total del caso cuando se excluyen del juicio las armas de fuego y las declaraciones.

Ausencia de posesión: impugnaciones de la posesión constructiva

La fiscalía debe demostrar que usted tenía en su poder el arma de fuego, ya sea mediante posesión real o presunta. Nosotros impugnamos la acusación de posesión mediante:

  • Sin conocimientos sobre armas de fuego – No sabías que había un arma de fuego en tu vehículo, tu domicilio o tus alrededores. Otra persona la colocó allí sin tu conocimiento ni consentimiento. La falta de conocimiento excluye el elemento de posesión requerido.
  • Sin control ni acceso – Varias personas tenían acceso al lugar donde se encontraron las armas de fuego. Usted no ejercía control sobre esa zona. Las residencias, los vehículos o los espacios de almacenamiento compartidos generan dudas razonables sobre quién era el propietario de las armas de fuego.
  • Posesión temporal o involuntaria – Tocaste o moviste brevemente el arma de fuego para ponerla en condiciones de seguridad, impedir el acceso de los niños o entregarla a las autoridades. La posesión momentánea con fines legales puede no constituir posesión ilícita.
  • Pruebas falsas – Las fuerzas del orden u otras personas colocaron armas de fuego para incriminarte. Investigamos a fondo para sacar a la luz las pruebas falsas.

Elemento de falta de conocimiento

Aunque tuvieras en tu poder el arma de fuego, la fiscalía debe demostrar que sabías de su existencia:

  • Vehículo prestado – Condujiste el vehículo de otra persona sin saber que había armas de fuego en su interior. El propietario guardó las armas sin avisarte.
  • Artículos trasladados o reubicados – Moviste cajas, bolsas o contenedores que pertenecían a otras personas sin saber que había armas de fuego en su interior.
  • Visitantes del sitio – Amigos o familiares que han visitado tu casa han traído armas de fuego sin tu conocimiento ni consentimiento.
  • Almacenamiento inconsciente – Alguien te pidió que guardaras en tu garaje o trastero objetos que contenían armas de fuego ocultas.

Dificultades en la definición de «arma de fuego»

El objeto debe ajustarse a la definición legal de “arma de fuego” de California:

  • Armas que no funcionan – El arma no funcionaba, estaba averiada o le faltaban componentes esenciales que impedían su disparo. Las armas de fuego que no funcionan pueden no considerarse armas de fuego según la legislación de California, dependiendo de si pueden repararse.
  • Armas de fuego antiguas – Las armas fabricadas antes de 1899 o las réplicas de armas de fuego antiguas pueden estar exentas de las leyes de prohibición.
  • Pistolas de aire comprimido y réplicas – Los fiscales sostienen que el objeto que, según ellos, era un arma de fuego era en realidad una pistola de aire comprimido, una carabina de perdigones o una réplica realista que no constituye un arma de fuego según la legislación de California.
  • Piezas y componentes – La posesión de piezas, componentes o receptores incompletos de armas de fuego no constituye necesariamente la posesión de un arma de fuego en estado de funcionamiento.

Desafíos constitucionales

Presentamos recursos de inconstitucionalidad contra las leyes que prohíben las armas de fuego:

  • Derechos de la Segunda Enmienda – Aunque resulte difícil, impugnamos las prohibiciones de armas de fuego por considerar que violan los derechos de la Segunda Enmienda, especialmente en el caso de personas con condenas anteriores lejanas y no violentas que no representan ninguna amenaza para la seguridad pública.
  • Igualdad de protección – Cuestionamos el trato desigual que reciben personas en situaciones similares en virtud de las leyes de prohibición.
  • Derecho a un juicio justo – Sostenemos que las prohibiciones de por vida sobre la tenencia de armas de fuego, sin posibilidad de restablecimiento de derechos, violan el derecho al debido proceso, especialmente en el caso de personas rehabilitadas que han dejado atrás sus delitos anteriores hace décadas.

Las recientes sentencias del Tribunal Supremo en Distrito de Columbia contra Heller, McDonald contra Chicago, y Asociación de Rifles y Pistolas del Estado de Nueva York contra Bruen han reforzado las garantías de la Segunda Enmienda, abriendo nuevas vías para impugnar las prohibiciones generales de armas de fuego.

Error de hecho

Usted creía, de manera razonable pero errónea, que tenía permiso legal para poseer armas de fuego:

  • Creencia en la restauración de los derechos – Creías razonablemente que tu condena había sido eliminada de tu expediente, reducida o que tus derechos habían sido restablecidos mediante un indulto u otro mecanismo.
  • Malentendido sobre la ley – Usted creía sinceramente que su condena anterior no constituía un delito grave que le impidiera poseer armas de fuego, especialmente en el caso de condenas dictadas fuera del estado o de delitos cometidos hace mucho tiempo.
  • Recurso al asesoramiento jurídico – Usted se basó en el asesoramiento de un abogado o en declaraciones de las autoridades policiales que indicaban que podía poseer armas de fuego legalmente.

Aunque las defensas basadas en el error sobre los hechos se enfrentan a dificultades en los delitos de responsabilidad objetiva, presentamos pruebas que demuestran la creencia de buena fe en la posesión lícita.

Necesidad y coacción

En contadas ocasiones, la necesidad o la coacción pueden justificar la posesión ilegal de armas de fuego:

  • Amenaza inminente – Portaste un arma de fuego durante un breve lapso de tiempo para protegerte a ti mismo o a otras personas de lesiones físicas graves inminentes o de la muerte, cuando no existía ninguna alternativa.
  • Coacción – Alguien te obligó a adquirir un arma de fuego mediante amenazas de sufrir daños graves, sin dejarte ninguna alternativa razonable.

Estas defensas exigen la entrega inmediata a las autoridades y la existencia de circunstancias concretas que justifiquen la posesión temporal.

¿Por qué elegir a Tu Defensor Criminalista para la defensa de un delito de posesión ilegal de armas por parte de un exconvicto en West Covina?

Enfrentarse a cargos por posesión ilegal de armas en West Covina requiere de abogados penalistas con experiencia que comprendan las complejas leyes sobre armas de fuego, las garantías constitucionales y las agresivas tácticas de la fiscalía. Nuestro bufete ofrece:

  • Amplia experiencia en legislación sobre armas de fuego – Hemos defendido con éxito a cientos de clientes acusados de delitos graves por posesión de armas, infracciones por posesión por parte de personas prohibidas y delitos relacionados con armas en todo el condado de Los Ángeles y ante los tribunales federales. Nuestros abogados se mantienen al día sobre la evolución de las leyes de California en materia de armas de fuego y las sentencias históricas de los tribunales federales que afectan a los derechos de posesión de armas.
  • Conocimientos de Derecho Constitucional – Conocemos la jurisprudencia relativa a la Segunda Enmienda, la legislación sobre registros y decomisos de la Cuarta Enmienda y los recursos de inconstitucionalidad contra las prohibiciones de armas de fuego. Presentamos argumentos jurídicos sofisticados que otros abogados pasan por alto.
  • Mociones de supresión agresivas – La mayoría de los casos de posesión ilegal de armas por parte de personas condenadas por delitos graves implican violaciones constitucionales durante los registros y las incautaciones. Presentamos mociones enérgicas para la exclusión de pruebas, cuestionando cada aspecto de la actuación de las fuerzas del orden y excluyendo las pruebas obtenidas ilegalmente.
  • Experiencia en tribunales federales – Muchos casos dan lugar a un proceso penal federal con penas mínimas obligatorias. Contamos con una amplia experiencia en los tribunales federales, en la negociación con los fiscales federales y en la defensa de clientes a los que se les aplican agravantes en virtud de la Ley de Delincuentes Armados Reincidentes.
  • Intervención temprana en los casos – Iniciamos una investigación de inmediato: entrevistamos a los testigos, recabamos los informes policiales y las grabaciones de las cámaras corporales, examinamos las pruebas y preparamos la defensa antes de que la fiscalía formalice los cargos.
  • Restablecimiento del derecho a poseer armas de fuego – Cuando procede, tramitamos la restitución del derecho a portar armas mediante certificados de rehabilitación, indultos, nuevas sentencias en virtud de la Proposición 47 y la Proposición 64, y la terminación anticipada de la libertad condicional.
  • Experiencia en juicios – Somos abogados litigantes con amplia experiencia que hemos logrado absoluciones en casos de posesión ilegal de armas por parte de personas condenadas por delitos graves. No dudamos en llevar su caso a juicio con jurado cuando las pruebas permiten albergar una duda razonable.
  • Servicio personalizado – Trabajarás directamente con abogados con experiencia, no con asistentes legales. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana, y te mantendremos informado en cada etapa del proceso.
  • Representación bilingüe – Nuestros servicios jurídicos integrales, en inglés y español, le garantizan que comprenderá perfectamente los procedimientos, los cargos y las opciones disponibles.

Cargos relacionados con armas de fuego y otras armas que defendemos en West Covina

Los cargos por posesión ilegal de armas suelen ir acompañados de otros delitos relacionados con armas y armas de fuego. Defendemos a nuestros clientes contra:

  • Portar un arma de fuego cargada (PC 25850) – La tenencia de armas de fuego cargadas en lugares públicos o en vehículos constituye una infracción de la ley de California, incluso para las personas a las que no se les ha prohibido portarlas.
  • Portación de armas ocultas (PC 25400) – Portar armas de fuego ocultas sin los permisos válidos constituye un delito independiente, que a menudo se imputa junto con el de posesión ilegal por parte de un delincuente.
  • Posesión de municiones (PC 30305) – Las personas a las que se les ha prohibido portar armas no pueden poseer municiones. La mera posesión de balas, cartuchos o municiones constituye una infracción de la ley de California y conlleva cargos adicionales por delito grave.
  • Posesión de armas de asalto (PC 30605) – La posesión de armas de fuego clasificadas como armas de asalto según la legislación de California conlleva penas más severas.
  • Posesión de rifles o escopetas de cañón corto (PC 33215) – La posesión de rifles o escopetas con cañones de longitud inferior a la permitida por la ley constituye un delito grave.
  • Fabricación de armas de fuego (PC 29180) – La fabricación, el montaje o la producción de armas de fuego sin la licencia correspondiente constituyen una infracción de la legislación estatal y federal.
  • Venta o transferencia de armas de fuego (PC 27500) – La venta o transferencia ilegal de armas de fuego, especialmente por parte de personas a las que está prohibido hacerlo, conlleva sanciones severas.
  • Posesión de un arma de fuego con los números de serie borrados (PC 23920) – La posesión de armas de fuego con números de serie eliminados o alterados constituye un indicio de tráfico ilegal.
  • Delitos federales relacionados con armas de fuego (18 USC §§ 922, 924) – Infracciones federales, entre las que se incluyen el tráfico interestatal de armas de fuego, las compras por intermediarios, la falsificación de datos en las solicitudes de armas de fuego y la posesión por parte de personas a las que está prohibida.
  • Ley sobre delincuentes reincidentes armados (18 USC § 924(e)) – Agravante federal que impone penas mínimas obligatorias de 15 años para las personas inhabilitadas que tengan tres condenas previas por delitos graves violentos o delitos graves relacionados con drogas.

Ofrecemos una defensa integral contra todos los cargos estatales y federales relacionados con armas de fuego, protegiendo su libertad y sus derechos constitucionales.

El proceso judicial por posesión ilegal de armas por parte de un delincuente en West Covina y el condado de Los Ángeles

Comprender el proceso penal le ayuda a proteger sus derechos y a tomar decisiones informadas:

Detención y registro

Las detenciones por posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales suelen producirse durante:

  1. Controles de tráfico con registro de vehículos
  2. Controles de cumplimiento de la libertad condicional o la libertad bajo palabra
  3. Ejecución de órdenes de registro
  4. Respuestas a las llamadas por violencia doméstica
  5. Investigaciones de otros delitos

Los agentes lo trasladarán al Departamento de Policía de West Covina para su registro, y luego a la cárcel del condado de Los Ángeles. Las detenciones federales pueden implicar la participación de agentes del FBI o de la ATF, y el registro se realizará en instalaciones federales.

Crítico: Guarde silencio. No hable sobre el arma de fuego, cómo la obtuvo ni por qué la tenía en su poder. Haga valer su derecho a guardar silencio, amparado en la Quinta Enmienda, y solicite un abogado de inmediato.

Fianza y detención

Los cargos por posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales suelen conllevar fianzas elevadas o la denegación de la libertad bajo fianza:

  • Cargos estatales: la fianza suele oscilar entre 100 000 y 150 000, dependiendo de las circunstancias
  • Cargos federales: a menudo no hay fianza y se impone la detención obligatoria en espera del juicio
  • Las condenas previas y los antecedentes penales influyen considerablemente en la fianza

Trabajamos con urgencia para conseguir su puesta en libertad mediante solicitudes de reducción de la fianza, presentando pruebas de sus vínculos con la comunidad, la ausencia de riesgo de fuga y su rehabilitación.

Lectura de cargos

La primera comparecencia ante el tribunal tiene lugar en un plazo de 48 a 72 horas si la persona se encuentra detenida. En la lectura de cargos:

  • Se leen los cargos formales
  • Se declara inocente
  • Se aborda el tema de la fianza
  • Próximas citas judiciales programadas
  • Se pueden dictar órdenes de protección o de alejamiento

Nos presentamos ante el tribunal junto a usted, declaramos su inocencia, solicitamos una reducción de la fianza y comenzamos a preparar su defensa de inmediato.

Audiencia preliminar (casos de delitos graves)

Las audiencias preliminares se celebran en un plazo de 10 días hábiles judiciales si el acusado se encuentra detenido, y de 60 días si ha sido puesto en libertad. Los fiscales presentan pruebas que demuestren la existencia de causa probable. Nosotros:

  • Interrogar a los testigos de la acusación.
  • Impugnar la admisibilidad de las pruebas
  • Identificar las debilidades del caso de la fiscalía
  • Obtener testimonios para utilizarlos en el juicio

Muchos casos se desestiman en la audiencia preliminar cuando los fiscales no logran demostrar la causa probable.

Procedimientos previos al juicio

La fase previa al juicio incluye:

  • Descubrimiento – Recopilamos todas las pruebas de la acusación, incluyendo informes policiales, órdenes de registro, informes forenses, declaraciones de testigos, grabaciones de cámaras corporales y análisis de laboratorio. Examinamos todo en busca de posibles violaciones constitucionales y pruebas para la defensa.
  • Mociones – Presentamos escritos judiciales, entre los que se incluyen:
    • Mociones para excluir pruebas obtenidas mediante registros ilegales
    • Solicitudes de desestimación por falta de pruebas
    • Pitchess solicita los expedientes sobre conducta indebida de la policía
    • Recursos que impugnan la validez de la condena previa
    • Recursos de inconstitucionalidad contra las leyes de prohibición de armas de fuego
  • Negociaciones de declaración de culpabilidad – Negociamos con los fiscales para conseguir la reducción de los cargos, la desestimación de los mismos o acuerdos favorables. En casos excepcionales, podemos negociar resoluciones por delitos menores o alternativas a la prisión.
  • Preparación del juicio – En caso de que el caso llegue a juicio, elaboramos estrategias de defensa exhaustivas, entrevistamos a los testigos, consultamos a expertos y desarrollamos las líneas argumentales para el juicio.

Juicio

Si su caso llega a juicio:

  • Selección del jurado – Seleccionamos cuidadosamente a los miembros del jurado que evaluarán las pruebas de manera imparcial y comprenderán las garantías constitucionales.
  • Declaraciones iniciales – Analizamos las pruebas de la defensa y señalamos los puntos débiles de la acusación.
  • Argumentación de la Fiscalía – Interrogamos enérgicamente a los testigos, cuestionamos las pruebas forenses y ponemos de manifiesto la existencia de dudas razonables.
  • Argumentación de la defensa – Presentamos testigos de la defensa, peritajes, impugnaciones constitucionales y pruebas que demuestran la inocencia o las defensas afirmativas.
  • Alegatos finales – Defendemos con firmeza la absolución, haciendo hincapié en la duda razonable y en las violaciones constitucionales.

Sentencia

En caso de ser declarado culpable, la imposición de la pena se llevará a cabo en una audiencia separada. Presentamos pruebas atenuantes, entre las que se incluyen:

  • Referencias personales y cartas de apoyo de la comunidad
  • Pruebas de rehabilitación y de la conducta posterior a la condena
  • Circunstancias familiares y dificultades
  • Logros en materia de empleo y educación
  • Finalización del tratamiento de salud mental o de abuso de sustancias

Abogamos por penas mínimas, alternativas a la prisión cuando sea posible y penas concurrentes en lugar de consecutivas en caso de múltiples cargos.

Cómo proteger tus derechos tras ser acusado de posesión ilegal de armas por parte de un exconvicto

Si se le acusa de posesión de armas de fuego estando prohibido:

1. Ejercer el derecho a guardar silencio – No explique cómo obtuvo el arma, por qué la tenía en su poder ni mencione sus antecedentes penales. La policía utilizará cualquier declaración en su contra.

2. Negarse a dar su consentimiento para que se realicen registros – No autorices que registren tu vehículo, tu casa o tus propiedades. Exige a los agentes que obtengan órdenes de registro.

3. Solicite un abogado de inmediato – Diga claramente: “Quiero hablar con mi abogado. Ejerzo mi derecho a guardar silencio”. No responda a ninguna pregunta sin asistencia letrada.

4. No te resistas ni huyas – Aunque la detención sea ilegal, no opongas resistencia física ni intentes huir. Estas acciones pueden dar lugar a cargos adicionales y ponen en peligro tu seguridad.

5. Documenta todo – Una vez en libertad, redacta un relato detallado de la detención, incluyendo lo que dijeron y hicieron los agentes, los testigos presentes y cualquier prueba que respalde tu defensa.

6. Conservar las pruebas – Guarde los mensajes de texto, correos electrónicos, recibos o documentos que demuestren que usted no tenía armas de fuego o que no sabía que estaban allí.

7. Póngase en contacto con un abogado con experiencia de inmediato – El tiempo es fundamental. Contar con la intervención temprana de un abogado nos permite investigar antes de que desaparezcan las pruebas, entrevistar a los testigos antes de que se desvanecen los recuerdos y empezar a preparar su defensa de inmediato.

Comunidades a las que prestamos servicio en todo el Valle de San Gabriel

Tu Defensor Criminalista ofrece defensa en casos de posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales en West Covina y las comunidades vecinas del condado de Los Ángeles:

  • Baldwin Park – Defensa de residentes acusados de delitos relacionados con la posesión de armas de fuego en todo Baldwin Park
  • Covina – Representación de clientes acusados de infringir la ley de personas prohibidas en Covina
  • La Puente – Defensa en procesos judiciales por posesión ilegal de armas en La Puente y sus alrededores
  • Azusa – Defensa de acusados por delitos relacionados con armas en toda la ciudad de Azusa
  • Glendora – Defensa en casos de posesión de armas de fuego en Glendora y las comunidades de las estribaciones
  • Nuez – Defensa de personas inhabilitadas acusadas de delitos relacionados con armas de fuego en Walnut
  • San Dimas – Prestación de servicios de defensa en casos de delitos relacionados con armas en San Dimas
  • Pomona – Defensa de clientes procesados en el Tribunal Superior de Pomona por delitos relacionados con armas de fuego
  • Diamond Bar – Defensa contra acusaciones de agresión en Diamond Bar
  • Rowland Heights – Defensa de clientes acusados de posesión ilegal de armas en Rowland Heights
  • Hacienda Heights – Defensa de los residentes ante delitos relacionados con armas de fuego en Hacienda Heights
  • El Monte – Defensa de los acusados en El Monte que se enfrentan a cargos por tenencia de armas
  • Rosemead – Defensa enérgica en casos relacionados con armas de fuego en Rosemead
  • Monterey Park – Representamos a clientes en Monterey Park y sus alrededores
  • Alhambra – Defensa ante procesos judiciales contra personas inhabilitadas en Alhambra

Ofrecemos servicios de defensa penal integral en toda la región del Valle de San Gabriel.

Preguntas frecuentes: Posesión de armas de fuego por parte de personas con antecedentes penales

¿Puedo poseer armas de fuego si mi condena por un delito grave fue hace décadas?

No, no según la legislación de California. Las condenas por delitos graves conllevan la prohibición de poseer armas de fuego de por vida, independientemente del tiempo que haya transcurrido. Las únicas excepciones son si tu condena fue eliminada de tu expediente y rebajada a un delito menor, si recibiste un indulto que te restituyó el derecho a poseer armas, o si obtuviste un Certificado de Rehabilitación con la restitución de ese derecho. El simple hecho de cumplir tu condena y no reincidir durante muchos años no te restituye automáticamente el derecho a poseer armas.

¿Y si el arma de fuego perteneciera a mi cónyuge o a un familiar que vive conmigo?

Aún así, se le puede declarar culpable de posesión constructiva si hay armas de fuego en su hogar o en lugares bajo su control, incluso si pertenecen a familiares. Sin embargo, esto abre posibilidades de defensa. Si las armas de fuego estaban guardadas en cajas fuertes cerradas a las que usted no tenía acceso, se encontraban en lugares controlados exclusivamente por otras personas, o si usted realmente no sabía de su presencia, podríamos refutar los cargos de posesión constructiva.

¿Me pueden acusar si solo toqué o moví un arma de fuego por un momento?

En teoría, sí. Cualquier acto de control sobre un arma de fuego, aunque sea momentáneo, puede constituir posesión. Sin embargo, un contacto breve con el fin de asegurar el arma, impedir que los niños tengan acceso a ella o entregarla inmediatamente a las autoridades policiales puede no constituir posesión delictiva. El contexto y la intención son factores muy importantes.

¿Cuál es la diferencia entre los cargos estatales y federales por posesión ilegal de armas por parte de un delincuente?

Los cargos estatales en virtud del artículo 29800 del Código Penal suelen acarrear penas de entre 16 meses y 3 años de prisión estatal. Los cargos federales en virtud del artículo 18 USC § 922(g) conllevan hasta 10 años de prisión federal, con penas mínimas obligatorias de 15 años si tienes tres condenas previas por delitos violentos graves o por delitos graves relacionados con drogas en virtud de la Ley de Delincuentes Reincidentes Armados (Armed Career Criminal Act). La prisión federal no tiene libertad condicional, exige cumplir un mínimo de la pena y impone la libertad supervisada después de la prisión.

¿Iré a la cárcel sin falta si me condenan por posesión ilegal de armas?

En la mayoría de los casos, sí. La legislación de California tipifica la posesión de armas por parte de un delincuente como un delito grave que conlleva una pena de prisión estatal por defecto. La libertad condicional es poco habitual y solo se concede en circunstancias excepcionales. Las condenas federales garantizan una pena de prisión federal. La gravedad de tus condenas anteriores, si tienes antecedentes penales y los factores agravantes influyen en la imposición de la pena.

¿Puede la policía registrar mi casa solo por el hecho de que soy un delincuente?

No automáticamente. Incluso los delincuentes condenados siguen gozando de las garantías de la Cuarta Enmienda contra los registros injustificados. La policía necesita órdenes de registro, consentimiento o excepciones válidas para registrar tu domicilio. Sin embargo, si estás en libertad condicional o bajo supervisión con condiciones de registro, los agentes pueden realizar registros sin orden judicial como parte de las condiciones de la supervisión. Aun así, los registros deben cumplir con los requisitos constitucionales y mantenerse dentro del alcance autorizado.

¿Y si no sabía que tenía prohibido poseer armas de fuego?

El desconocimiento de la ley no suele constituir una defensa. Sin embargo, si usted creía razonablemente que su condena había sido eliminada de su expediente, rebajada a delito menor o que se le habían restablecido sus derechos, podríamos presentar una defensa basada en el error de hecho. Los casos que implican condenas complejas fuera del estado o delitos antiguos a veces generan una confusión genuina sobre la situación de la prohibición.

¿La mera posesión de municiones puede dar lugar a cargos por delito grave?

Sí. El artículo 30305 del Código Penal de California establece que es ilegal que las personas a las que se les ha prohibido la tenencia de armas posean municiones. Incluso la posesión de balas sin un arma de fuego constituye un delito grave independiente, castigado con penas de 16 meses a 3 años de prisión estatal. Los fiscales suelen presentar cargos por la posesión de armas de fuego y de municiones como delitos independientes.

¿Cómo puedo recuperar mi derecho a portar armas en California?

Las opciones son limitadas, pero incluyen: (1) Solicitar la eliminación de antecedentes penales en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal y la conversión a delito menor para las condenas que cumplan los requisitos; (2) Solicitar una nueva sentencia en virtud de la Proposición 47 para determinados delitos graves relacionados con drogas y robos; (3) Obtener un indulto del gobernador con el restablecimiento de los derechos de posesión de armas de fuego; (4) Obtener un Certificado de Rehabilitación (aunque esto no restablece automáticamente los derechos). Cada opción tiene requisitos de elegibilidad y procedimientos específicos.

¿Y si encontraron el arma de fuego en mi auto, pero yo solo era un pasajero?

Aún así, puedes enfrentarte a cargos por posesión constructiva, aunque esto te ofrece argumentos sólidos para tu defensa. Si solo eras un pasajero sin control sobre el vehículo, no eras el propietario ni habías alquilado el auto, y no sabías que había armas de fuego en su interior, podemos refutar los cargos. Las pruebas que demuestren que el conductor o el propietario poseían el arma de fuego refuerzan tu defensa.

¿Me deportarán si me condenan por posesión ilegal de armas como extranjero?

Es casi seguro. Las infracciones relacionadas con armas de fuego constituyen delitos graves con agravantes según la ley de inmigración, lo que implica la deportación sin posibilidad de exención discrecional. Incluso los residentes permanentes legales que llevan décadas en Estados Unidos se enfrentan a la deportación. Si no eres ciudadano estadounidense, es fundamental que defiendas estos cargos con firmeza o que negocies un acuerdo que evite una condena por delitos relacionados con armas de fuego.

¿Puedo tener un arma de fuego en mi propia casa para defenderme?

No, no si tienes prohibido portar armas en virtud del artículo 29800 del Código Penal. Incluso la posesión en el hogar infringe la ley de California. La Segunda Enmienda no anula las prohibiciones de portar armas en casos de delitos graves, aunque algunas sentencias recientes del Tribunal Supremo podrían dar lugar a impugnaciones de las leyes de prohibición en circunstancias específicas. Analizamos si tu situación concreta podría dar lugar a impugnaciones constitucionales.

¿Y si hubiera tomado el arma solo para evitar que otra persona la utilizara de forma peligrosa?

Esto puede dar lugar a defensas basadas en la necesidad o la coacción. Si usted tuvo en su poder temporalmente un arma de fuego para evitar lesiones graves inminentes a usted mismo o a otras personas, para desarmar a una persona peligrosa o para impedir que los niños tuvieran acceso a las armas, presentamos estos hechos ante los fiscales y los jurados. La entrega inmediata a las fuerzas del orden refuerza los argumentos basados en la necesidad.

¿Cuánto cuesta contratar a un abogado especializado en defensa por posesión de armas por parte de personas con antecedentes penales?

Los honorarios legales varían en función de si los cargos son estatales o federales, de la complejidad del caso y de si es necesario celebrar un juicio. Sin embargo, la inversión en una representación legal con experiencia es mínima en comparación con las consecuencias de una condena, que incluyen años de prisión, la prohibición de portar armas de por vida y la destrucción de las perspectivas laborales. Ofrecemos consultas gratuitas y planes de pago flexibles.

¿Debería aceptar un acuerdo con la fiscalía si me lo ofrecen?

Nunca acepte acuerdos de declaración de culpabilidad sin consultar antes con un abogado con experiencia en defensa penal. Los fiscales suelen presentar cargos excesivos y ofrecer “acuerdos” que, en realidad, suponen sentencias severas. Evaluamos todos los aspectos de su caso, identificamos las posibles defensas y las cuestiones relacionadas con la inadmisibilidad de pruebas, y determinamos si los acuerdos ofrecidos representan soluciones justas o si debemos ir a juicio.

Póngase en contacto con Tu Defensor Criminalista para la defensa de un delincuente en West Covina acusado de posesión ilegal de armas de fuego

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