
Si usted o un ser querido ha sido arrestado o acusado de conducir bajo los efectos del alcohol (DUI) con un menor en el vehículo en Inglewood, California, se enfrenta a algunos de los cargos penales más graves que existen: cargos que amenazan no solo su libertad y su licencia de conducir, sino también sus derechos parentales, sus acuerdos de custodia y el futuro de su familia. Una condena por conducir bajo los efectos del alcohol con peligro para un menor conlleva una pena de cárcel obligatoria que no puede reducirse, sanciones penales más severas, una investigación de los Servicios de Protección Infantil (CPS), la posible pérdida de la custodia y un antecedente penal permanente que lo marca como alguien que puso en peligro a un menor.
En Tu Defensor Criminalista, entendemos que estos casos suelen involucrar a padres que cometieron un terrible error de juicio, subestimaron su nivel de intoxicación o se enfrentan a acusaciones exageradas o falsas. Muchos de nuestros clientes son padres cariñosos y dedicados que nunca harían daño a sus hijos intencionalmente, pero que ahora se enfrentan a la pesadilla de cargos penales combinados con investigaciones de Servicios de Protección Infantil (CPS) que podrían resultar en la pérdida de la custodia de sus hijos. Ya sea que se le acuse de un agravante por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI) según el Código de Vehículos 23572 o de un cargo separado por poner en peligro a un menor según el Código Penal 273a, nuestro experimentado equipo de defensa penal está aquí para brindarle una representación agresiva con el fin de proteger su libertad, sus derechos parentales y a su familia.
Inglewood, con una población de aproximadamente 102 774 habitantes según el Oficina del Censo de los Estados Unidos[1], es una comunidad orientada a la familia en la que el 19,41 % de la población es menor de 18 años, lo que supone entre 19 000 y 21 000 niños. Según datos demográficos[2], 40% de las familias de Inglewood tienen hijos menores de 18 años, lo que hace que estos cargos sean especialmente frecuentes y devastadores para las familias locales.
Según Departamento del Condado de Los Ángeles[3]t[3]gestión de datos de salud pública[3], en 2020 se produjeron 17 780 detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol en el condado de Los Ángeles, y en una parte significativa de ellas había niños como pasajeros, lo que dio lugar a la presentación de informes obligatorios a la Departamento de Servicios para Niños y Familias del Condado de Los Ángeles (DCFS)[4]. Cuando las fuerzas del orden detienen a alguien por conducir bajo los efectos del alcohol con un niño en el vehículo, la ley les obliga a notificarlo a los Servicios de Protección Infantil (CPS), lo que activa automáticamente una investigación que puede dar lugar a la retirada de emergencia del menor, la pérdida de la custodia o la supervisión ordenada por un tribunal.
Con tanto en juego —su libertad, sus hijos, sus derechos parentales— necesita un abogado que conozca tanto las leyes penales sobre conducción bajo los efectos del alcohol como el sistema de protección infantil, y que pueda luchar con determinación en ambos frentes. En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos servicios bilingües (inglés y español) de defensa en casos de conducción bajo los efectos del alcohol y de protección familiar en Inglewood y en todo el condado de Los Ángeles.
Contáctenos hoy mismo para una consulta gratuita y confidencial. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana, para responder a sus preguntas y empezar a proteger a su familia.
El artículo VC 23572 es una agravante de la pena que añade una pena mínima obligatoria de prisión a cualquier condena por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas cuando un menor de 14 años viajaba como pasajero en el vehículo.
Puntos clave:
Pena de prisión adicional obligatoria:
Primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol + menor de 14 años:
Segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol + menor de 14 años:
Tercera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol + menor de 14 años:
Cuarta infracción o posteriores por conducir bajo los efectos del alcohol + menor de 14 años:
Estas penas de prisión son CONSECUTIVAS, es decir, se suman a las sanciones básicas por conducir bajo los efectos del alcohol y no se pueden evitar.
Además de (o en lugar de) la ampliación prevista en el artículo 23572 del Código Penal, los fiscales suelen presentar cargos penales independientes por poner en peligro a menores en virtud del artículo 273a del Código Penal.
El artículo 273a del Código Penal tipifica como delito:
Dos versiones:
Artículo 273a(a) del Código Penal – Delito grave de poner en peligro a un menor:
Artículo 273a(b) del Código Penal – Delito menor de poner en peligro a un menor:
Los fiscales tienen discrecionalidad: el hecho de que se le impute únicamente la agravante, únicamente el delito de poner en peligro a un menor, o AMBOS, depende de:
Ejemplo: Primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor de 14 años:
Sanciones básicas por conducir bajo los efectos del alcohol (VC 23152):
Mejora del PLUS VC 23572:
ADEMÁS, posible cargo en virtud del artículo 273a del Código Penal:
Además, investigación de CPS/DCFS:
Podrías enfrentarte a AÑOS de prisión, pena de cárcel obligatoria, la pérdida de la custodia de tus hijos y antecedentes penales permanentes por abuso infantil.
La ley de California exige que la policía notifique a los Servicios de Protección Infantil (CPS) o al Departamento de Servicios para Niños y Familias (DCFS) las detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol en las que haya niños involucrados.
Según Estudio de la Facultad de Derecho de la UCLA sobre el condado de Los Ángeles[5], ... existe una estrecha colaboración entre las fuerzas del orden y el DCFS, con derivaciones inmediatas en los casos de peligro para los menores.
Inmediato:
En un plazo de 24 a 72 horas:
El trabajador social Will:
Factores que evalúa el DCFS:
Caso cerrado:
Manutención familiar voluntaria (VFM):
Tribunal de Detención y Tutela:
Privación de la patria potestad (el peor de los casos):
Según Datos y hojas informativas del DCFS[4], El condado de Los Ángeles tiene entre 30 000 y 40 000 niños en el sistema de protección infantil en cualquier momento, y la “negligencia” (incluido el peligro para el menor) constituye la categoría más numerosa de denuncias confirmadas.
En Tu Defensor Criminalista, luchamos en dos frentes a la vez: defendemos el caso penal Y protegemos tus derechos parentales.
1. Impugnar la acusación de conducción bajo los efectos del alcohol:
Si logramos que se desestime el cargo por conducir bajo los efectos del alcohol, los cargos por agravante y por poner en peligro a un menor quedarán sin fundamento.
Defensas habituales en casos de conducción bajo los efectos del alcohol:
Si se desestima el cargo por conducir bajo los efectos del alcohol, los cargos por agravantes y por poner en peligro a menores suelen desestimarse también.
2. Cuestionar la presencia del niño:
La fiscalía debe demostrar que el menor de 14 años se encontraba en el vehículo.
Posibles retos:
3. Impugnar la “intencionalidad” en relación con el artículo 273a del Código Penal:
El delito de poner en peligro a un menor requiere que se haya puesto en peligro al menor “de forma deliberada”.
Defensas:
4. Impugnación de la expresión “susceptible de causar lesiones corporales graves”:
En el caso del delito grave previsto en el artículo 273a del Código Penal, la fiscalía debe demostrar que la conducta era susceptible de causar lesiones corporales graves.
Factores que respaldan la defensa:
Si no se cumple el requisito de “lesiones corporales graves”, el delito grave puede reducirse a un delito menor o desestimarse.
5. Negociar la reducción de los cargos:
Aunque la acusación presente argumentos sólidos, negociamos para:
6. Circunstancias atenuantes actuales:
A los jueces y fiscales:
Objetivo: Demostrar que no representas un peligro para el niño y que mereces clemencia.
Medidas inmediatas:
HACER:
NO HAGAS LO SIGUIENTE:
Luchando por tus hijos:
Si el DCFS pretende retirar la custodia de los niños o presentar una demanda por tutela:
Coordinar los casos penales y de tutela:
Para las personas que no son ciudadanas, estos cargos entrañan graves riesgos:
Conducir bajo los efectos del alcohol con un menor en peligro puede acarrear la deportación:
Afecta a:
Una condena por poner en peligro a un menor es devastadora para:
Colaboramos con abogados especializados en inmigración para organizar la defensa de manera que se minimicen las consecuencias migratorias.
Según Datos demográficos del censo[1]:
Implicaciones:
Ofrecemos una representación bilingüe y sensible a las diferencias culturales, con un profundo conocimiento de la dinámica comunitaria.
Juzgado de Inglewood
[6]1 Regent Street, Inglewood, CA 90301
Nuestra experiencia:
No de forma automática. Muchos padres conservan la custodia gracias a los servicios de apoyo voluntario. La retirada de emergencia se produce en casos graves o si existe un riesgo continuo. Luchamos para que sus hijos sigan en casa y coordinamos la respuesta de los Servicios de Protección Infantil (CPS).
La agravante del artículo VC 23572 conlleva una pena de prisión que no se puede eludir en caso de ser declarado culpable. Sin embargo, podemos luchar para que se desestimen por completo los cargos, negociar la retirada de la agravante o solicitar una pena alternativa para el cargo previsto en el artículo PC 273a.
No es necesario que el menor sufra daños físicos para que se presenten cargos. El mero hecho de llevar al menor en el automóvil mientras se conduce bajo los efectos del alcohol constituye un delito de poner en peligro a un menor. Sin embargo, la ausencia de daños es un factor atenuante de peso que alegamos.
Sí, si consideran que existe un peligro inmediato. Lo más habitual es que permitan que el niño permanezca en su hogar con un plan de seguridad mientras se lleva a cabo la investigación. Trabajamos para evitar que se le retire de su hogar.
Los que cometen un delito por primera vez suelen recibir un trato más indulgente, pero el hecho de que se ponga en peligro a un menor agrava la gravedad del caso. Hacemos hincapié en que se trata de un incidente aislado, en los buenos antecedentes de los padres y en la rehabilitación.
En el caso de una primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor a bordo, es poco probable que se imponga una pena de prisión, pero sí son obligatorias 48 horas de cárcel, además de una posible pena adicional por el delito del artículo 273a del Código Penal. En el caso del delito grave del artículo 273a del Código Penal, es posible que se imponga una pena de prisión (de 2 a 6 años). Luchamos para conseguir la libertad condicional.
1. Ponte en contacto con Tu Defensor Criminalista de inmediato: (888) 315-3326
2. Solicitar una audiencia ante el DMV en un plazo de 10 días (nosotros nos encargamos de ello)
3. Inscríbete en un tratamiento contra el alcoholismo AHORA MISMO (demuestra responsabilidad)
4. Apúntate a clases para padres
5. NO hable del caso salvo con su abogado
6. Colaborar con los Servicios de Protección Infantil (bajo la orientación de un abogado)
7. Documenta todos los servicios que realices
Hablamos español. Esto es fundamental en Inglewood, donde casi la mitad de la población habla español:
Conducir bajo los efectos del alcohol poniendo en peligro a un menor exige una actuación inmediata. Es posible que los Servicios de Protección Infantil (CPS) ya estén investigando el caso y que se estén acumulando los cargos penales.
El futuro de su familia depende de una representación con experiencia
Vale la pena luchar por tu libertad y tu permiso de conducir. Llama ahora: estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana, para defender tus derechos.
Abogado Armando Josué Céspedes está clasificado 5.0 en Avvocon 34 opiniones de cinco estrellas de clientes que alaban su dedicación, profesionalidad y resultados. Muchos destacan su habilidad en los juicios y su atención a los detalles condujeron a la reducción de los cargos o a la desestimación total de los mismos.












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