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Abogado especializado en resistencia a la detención en Long Beach

Índice

Si te enfrentas a cargos por resistencia al arresto en Long Beach, California, te enfrentas a graves acusaciones penales que pueden acarrear penas de cárcel, multas cuantiosas, antecedentes penales permanentes y consecuencias duraderas que afectarán a tu empleo, tus licencias profesionales, tus oportunidades de vivienda y tu reputación personal. Los cargos por resistencia al arresto se procesan de manera agresiva en el condado de Los Ángeles, y el testimonio de los agentes de la ley suele tener un peso significativo en los tribunales. Sin embargo, usted tiene derechos constitucionales y, con una representación legal experimentada, puede impugnar estos cargos y luchar por su libertad.

En Tu Defensor Criminalista, Nos especializamos en la defensa de clientes de Long Beach y del condado de Los Ángeles que se enfrentan a cargos por resistencia a la autoridad en virtud del artículo 148(a)(1) del Código Penal de California y delitos relacionados. Nuestro experimentado equipo de defensa penal comprende las complejidades de estos casos, sabe cómo cuestionar el testimonio de las fuerzas del orden y cuenta con un historial probado de éxitos en la defensa de clientes acusados de resistencia a la autoridad. Luchamos incansablemente para proteger sus derechos, impugnar las pruebas de la fiscalía y buscar el mejor resultado posible para su caso.


Si usted o un ser querido ha sido detenido por resistirse a la autoridad en Long Beach o en cualquier otro lugar del condado de Los Ángeles, el tiempo es fundamental. Póngase en contacto con Tu Defensor Criminalista de inmediato visitando nuestro sitio web en / para concertar una consulta confidencial con un abogado con experiencia en defensa por resistencia al arresto, quien luchará con determinación por sus derechos y su futuro.

Entender los cargos por resistencia a la autoridad en Long Beach

Los cargos por resistencia al arresto en California abarcan varios delitos diferentes, cada uno con sus propios elementos y posibles sanciones. Entender exactamente de qué se le acusa es el primer paso para elaborar una estrategia de defensa eficaz.

Artículo 148(a)(1) del Código Penal de California: Resistencia, retraso u obstrucción a un agente del orden público

El cargo más común por resistencia al arresto en Long Beach es la infracción del artículo 148(a)(1) del Código Penal de California, según el cual se considera delito resistirse, retrasar u obstruir deliberadamente a cualquier agente del orden público, técnico de emergencias médicas u otro funcionario público en el desempeño o intento de desempeño de cualquier función propia de su cargo o empleo.

Para declararlo culpable en virtud del artículo 148(a)(1) del Código Penal, la fiscalía debe demostrar más allá de toda duda razonable que:

  1. Te resististe, entraste en demora u obstruiste deliberadamente a un agente del orden público o a un funcionario público
  2. El agente estaba desempeñando o intentando desempeñar sus funciones de conformidad con la ley
  3. Sabías o debías haber sabido razonablemente que esa persona era un agente del orden público en el ejercicio de sus funciones

Este delito es un delito menor que conlleva hasta un año de prisión en la cárcel del condado, multas de hasta 1 000 dólares y libertad condicional. Sin embargo, las consecuencias colaterales —entre ellas, tener antecedentes penales permanentes— pueden ser incluso más perjudiciales que las sanciones penales directas.

Artículo 69 del Código Penal de California: Resistencia a un agente de la autoridad

Un cargo más grave es la infracción del artículo 69 del Código Penal de California, que prohíbe intentar, mediante amenazas o violencia, disuadir o impedir que un funcionario ejecutivo desempeñe cualquier función de su cargo, o resistirse a sabiendas, mediante la fuerza o la violencia, a un funcionario ejecutivo en el ejercicio de sus funciones.

El artículo 69 del Código Penal es un delito “wobbler” que puede ser tipificado como delito menor o como delito grave. Cuando se tipifica como delito grave, conlleva:

  • 16 meses, 2 años o 3 años en una prisión estatal.
  • Multas de hasta $10,000
  • Libertad condicional por delito grave
  • Condena firme por un delito grave que afecta al derecho a portar armas, a las licencias profesionales y a las libertades civiles

Cuando se tipifica como delito menor, conlleva hasta un año de prisión en la cárcel del condado y multas de hasta 1.000 dólares.

Artículo 243(b) y 243(c) del Código Penal de California: Agresión a un agente del orden público

Si al resistirse al arresto se produce un contacto físico con un agente, se le puede acusar de agresión a un agente del orden público en virtud de los artículos 243(b) (agresión sin lesiones) o 243(c)(2) (agresión con lesiones) del Código Penal de California.

La agresión a un agente del orden público sin causar lesiones (artículo 243(b)) es un delito menor que se castiga con hasta un año de prisión en la cárcel del condado y multas de hasta 2 000 dólares.

La agresión a un agente del orden público que cause lesiones (artículo 243(c)(2)) es un delito más grave, y conlleva:

  • Hasta un año de prisión en la cárcel del condado (delito menor)
  • 16 meses, 2 años o 3 años en una prisión estatal si se le imputa como delito grave
  • Multas de hasta $10,000
  • Indemnización obligatoria al agente lesionado

La diferencia entre las detenciones legales y las ilegales

Un elemento fundamental en todo caso de resistencia al arresto es si el agente estaba desempeñando sus funciones de manera legal. Según la legislación de California, usted no tiene la obligación de someterse a un arresto ilegal, y puede tener derecho a emplear la fuerza razonable para resistirse a una detención o un arresto ilegal.

Sin embargo, determinar si una detención fue legal es una cuestión jurídica compleja que requiere un análisis minucioso de la legislación relativa a la Cuarta Enmienda, la jurisprudencia de California y los hechos concretos de su caso. Aquí es donde entra en juego la representación legal con experiencia de Tu Defensor Criminalista se vuelve imprescindible.

Estadísticas sobre resistencia a la autoridad en Long Beach y el condado de Los Ángeles

Comprender el contexto local de los cargos por resistencia al arresto en Long Beach ofrece una perspectiva importante sobre el grado de severidad con que se procesan estos cargos y las prioridades de las fuerzas del orden locales.

Contexto de las fuerzas del orden en Long Beach

Long Beach cuenta con el servicio de Departamento de Policía de Long Beach[1], que es uno de los departamentos de policía municipal más grandes de California, con más de 800 agentes juramentados al servicio de una población de aproximadamente 466 742 habitantes, según el Oficina del Censo de los Estados Unidos[2]. El departamento atiende cientos de miles de llamadas de servicio al año y lleva a cabo miles de detenciones cada año.

Según el Panel de estadísticas sobre delincuencia del Departamento de Policía de Long Beach[3], la ciudad registra una intensa actividad policial en diversos barrios, entre ellos el centro de Long Beach, la zona del puerto de Long Beach, el norte de Long Beach, el este de Long Beach y las comunidades residenciales de toda la ciudad.

Contexto del condado de Los Ángeles

Long Beach se encuentra en el condado de Los Ángeles, donde el Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles[4] y los numerosos departamentos de policía municipal realizan en conjunto cientos de miles de detenciones al año. Según el Portal OpenJustice del Departamento de Justicia de California[5], El condado de Los Ángeles representa una parte significativa de las detenciones en California, ya que las fuerzas del orden del condado han llevado a cabo aproximadamente 200 000 detenciones en los últimos años sobre los que se dispone de datos.

Los cargos por resistencia a la autoridad suelen presentarse junto con otros delitos. Cuando se detiene a una persona por conducir bajo los efectos del alcohol, violencia doméstica, delitos relacionados con drogas u otros delitos, cualquier acto que se interprete como resistencia —ya sea una resistencia física real o simplemente el hecho de no acatar inmediatamente las órdenes— puede dar lugar a cargos adicionales por resistencia a la autoridad.

Impacto desproporcionado en las comunidades de color

Datos nacionales de la Oficina de Estadísticas Judiciales[6] muestra que las comunidades de color, en particular las comunidades afroamericanas y latinas, sufren tasas desproporcionadas de detenciones y de implicación en el sistema de justicia penal. Las investigaciones han demostrado que los cargos por resistencia a la autoridad se presentan con mayor frecuencia contra personas de estas comunidades, y que las percepciones de resistencia están influenciadas por prejuicios implícitos.

En Long Beach, una ciudad diversa en la que aproximadamente el 42,1 % de los residentes se identifica como hispano o latino y el 13,1 % como negro o afroamericano, según el Oficina del Censo de los Estados Unidos[2], comprender estas disparidades es un contexto importante para los casos de resistencia a la autoridad.

Consideraciones sobre el uso de la fuerza

Los cargos por resistencia a la autoridad suelen surgir en situaciones en las que los agentes del orden recurren al uso de la fuerza. Según los datos recopilados por el Departamento de Justicia de California[7], las fuerzas del orden de California están ahora obligadas a informar sobre los incidentes en los que se recurre al uso de la fuerza, lo que aporta una mayor transparencia sobre cuándo y cómo se recurre a la fuerza durante las detenciones.

El Política sobre el uso de la fuerza del Departamento de Policía de Long Beach[1] hace hincapié en la desescalada, la respuesta proporcionada y el respeto a la vida humana. Sin embargo, se producen incidentes en los que se recurre a la fuerza, y los agentes suelen justificar su uso alegando que el detenido se resistía.

Situaciones habituales que dan lugar a cargos por resistencia a la autoridad en Long Beach

Los cargos por resistencia al arresto en Long Beach surgen en diversas circunstancias. Comprender las situaciones más comunes ayuda a entender lo fácil que es presentar estos cargos, y cómo se pueden defender.

Controles de tráfico y detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol

Muchos de los cargos por resistencia a la autoridad se originan durante las paradas de tráfico. Cuando un agente te detiene por una infracción de tránsito o por sospecha de conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas, e intenta realizarte pruebas de sobriedad en el lugar, registrar tu vehículo o detenerte, cualquier acto que se perciba como una falta de cooperación puede dar lugar a cargos por resistencia a la autoridad.

Entre las situaciones más comunes se incluyen:

  • Negarse a salir del vehículo cuando se le ordena
  • Negarse a realizar pruebas de sobriedad en la vía pública (a las que tiene derecho a negarse)
  • Cuestionar la autoridad del agente o la legalidad de la detención
  • Poner el cuerpo tenso o intentar zafarse al ser esposado
  • Intentar grabar la interacción en tu teléfono

Es importante saber que tienes derechos constitucionales durante las paradas de tránsito, incluyendo el derecho a negarte a realizar pruebas de sobriedad en el lugar y el derecho a grabar a los agentes de policía mientras desempeñan sus funciones públicas. Sin embargo, en ocasiones los agentes interpretan el ejercicio de estos derechos como obstrucción o resistencia.

Llamadas por violencia doméstica

Los cargos por resistencia al arresto suelen surgir a raíz de llamadas por violencia doméstica. Cuando la Policía de Long Beach acude a una llamada por disturbios domésticos, la ley de California suele exigirles que procedan al arresto si hay indicios de lesiones físicas o de incumplimiento de una orden de alejamiento. La tensión es alta, los ánimos están caldeados y es natural que las personas reaccionen a la defensiva cuando los agentes intentan arrestarlas en su propio hogar.

Entre los casos más comunes se incluyen:

  • Negarse a abrir la puerta a la policía (algo a lo que, por lo general, tienes derecho a menos que exista una orden judicial o circunstancias de urgencia)
  • Discutir con los agentes sobre quién fue el agresor
  • Intentar explicar lo que ocurrió mientras los agentes tratan de llevar a cabo su investigación
  • Oponerse físicamente a que te saquen de tu casa y te pongan esposas
  • Los familiares que intervienen para proteger a la persona que está siendo detenida

Embriaguez pública y alteración del orden público

El centro de Long Beach, con sus zonas de ocio como Pine Avenue, el East Village Arts District y la Second Street de Belmont Shore, cuenta con una intensa vida nocturna. La policía acude con frecuencia a llamadas relacionadas con embriaguez pública, peleas o altercados fuera de bares y restaurantes.

Las personas que se encuentran bajo los efectos del alcohol o las drogas pueden tener un juicio alterado y tiempos de reacción más lentos, lo que aumenta la probabilidad de que se las perciba como personas que no cooperan o que se resisten. Además, la intoxicación puede provocar confusión sobre lo que está sucediendo, por qué está presente la policía y qué órdenes están dando los agentes.

Protestas y manifestaciones públicas

En los últimos años, Long Beach ha sido escenario de numerosas protestas, manifestaciones y concentraciones públicas en torno a temas como la justicia racial, la rendición de cuentas de la policía, la inmigración y otras cuestiones sociales y políticas. Durante estos eventos, las tensiones entre los manifestantes y las fuerzas del orden pueden intensificarse y, en ocasiones, se producen detenciones masivas.

Según el Unión Americana por las Libertades Civiles[8], los manifestantes tienen el derecho constitucional, amparado por la Primera Enmienda, a reunirse pacíficamente y expresar sus opiniones. Sin embargo, cuando la policía declara una reunión ilegal o emite órdenes de dispersión, el incumplimiento inmediato de dichas órdenes puede dar lugar a cargos por resistencia a la autoridad, además de los cargos por reunión ilegal.

Crisis de salud mental

Cada vez se reconoce más que la intersección entre la salud mental y el contacto con las fuerzas del orden es una cuestión fundamental. Según el Alianza Nacional sobre Enfermedades Mentales[9], aproximadamente 1 de cada 5 adultos en los EE. UU. padece una enfermedad mental, y las personas que atraviesan crisis de salud mental suelen entrar en contacto con las fuerzas del orden.

Long Beach ha puesto en marcha cursos de capacitación en intervención en situaciones de crisis para los agentes y colabora con profesionales de la salud mental a través de programas diseñados para mejorar la respuesta ante crisis de salud mental. Sin embargo, las personas que sufren emergencias psiquiátricas, ansiedad grave, trastorno de estrés postraumático u otros trastornos de salud mental pueden comportarse de una manera que los agentes perciban como resistida o amenazante, lo que puede dar lugar a cargos por resistencia al arresto.

Barreras lingüísticas y diferencias culturales

En una ciudad tan diversa como Long Beach, donde muchos residentes hablan idiomas distintos del inglés y provienen de culturas con normas diferentes en lo que respecta a la interacción con las figuras de autoridad, las barreras lingüísticas y los malentendidos culturales pueden contribuir a que se presenten cargos por resistirse al arresto.

Una persona que no habla inglés puede no entender las órdenes de los agentes, puede tardar en responder mientras intenta comprender lo que se le dice, o puede comportarse de una manera que se malinterprete. Del mismo modo, las diferencias culturales en el lenguaje corporal, el contacto visual y la forma de responder ante la autoridad pueden ser malinterpretadas por los agentes como un comportamiento irrespetuoso o de resistencia.

Por qué necesitas un abogado con experiencia en defensa por resistencia al arresto

Los casos de resistencia al arresto plantean retos específicos que requieren una representación legal con experiencia. He aquí por qué necesita Tu Defensor Criminalista de tu lado:

Impugnar el testimonio de las fuerzas del orden

Los casos de resistencia a la autoridad suelen reducirse a versiones contradictorias: la versión del agente frente a la tuya. Los agentes son testigos entrenados que declaran con frecuencia, y los jueces y los jurados suelen otorgar un peso significativo a su testimonio. Sin embargo, el testimonio de un agente no es infalible, y hay muchas formas de rebatirlo de manera eficaz:

  • Incoherencias en los informes y los testimonios: Los agentes redactan los informes de los incidentes poco después de las detenciones y luego testifican semanas o meses después. Comparamos minuciosamente los informes escritos con los testimonios para detectar inconsistencias, contradicciones y declaraciones que no tienen sentido.
  • Cámaras corporales y pruebas videográficas: El Departamento de Policía de Long Beach[1] ha implementado el uso de cámaras corporales para los agentes. Estas grabaciones pueden resultar de gran valor en los casos de resistencia a la autoridad: pueden demostrar que en realidad no te resististe, que el agente hizo uso excesivo de la fuerza o que su versión de los hechos es inexacta.
  • Declaración de un testigo: Los testigos independientes que presenciaron lo ocurrido pueden aportar un testimonio crucial que contradiga la versión del agente. Llevamos a cabo investigaciones exhaustivas para identificar y entrevistar a los testigos.
  • Historial del agente: Los agentes con antecedentes de denuncias, incidentes de uso de la fuerza o medidas disciplinarias pueden tener problemas de credibilidad. Mediante solicitudes de acceso a registros públicos y el proceso de presentación de pruebas, investigamos los antecedentes del agente que realizó la detención.

Demostrar que la detención fue ilegal

Si la detención o el arresto subyacentes fueron ilegales, no se le puede condenar por resistirse al arresto. Según la legislación de California, usted tiene derecho a resistirse a un arresto ilegal utilizando la fuerza razonable. Sin embargo, esta defensa requiere demostrar que el arresto fue ilegal, lo que implica un análisis complejo de la Cuarta Enmienda.

Analizamos si:

  • El agente tenía motivos fundados para detenerte
  • El agente tenía motivos fundados para detenerte
  • La detención o el registro violaron tus derechos en virtud de la Cuarta Enmienda
  • El agente se excedió en el alcance de una detención legal
  • Fuiste objeto de un uso excesivo de la fuerza, por lo que tenías derecho a resistirte

La legislación relativa a la Cuarta Enmienda es muy técnica y está en constante evolución debido a las sentencias de los tribunales de California y del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Nuestra experiencia en derecho constitucional nos permite identificar las conductas policiales ilegales y elaborar defensas eficaces.

Demostración de la ausencia de intencionalidad

Para declararte culpable en virtud del artículo 148(a)(1) del Código Penal, la fiscalía debe demostrar que te resististe, retrasaste u obstruiste “deliberadamente” al agente. «Deliberadamente» significa que actuaste a propósito o por voluntad propia, no que tuvieras la intención de infringir la ley, sino que tenías la intención de cometer el acto que constituyó la resistencia.

Podemos rebatir la intencionalidad demostrando que:

  • No entendiste lo que el agente quería que hicieras
  • No podías cumplirlo físicamente debido a problemas de salud, lesiones o discapacidades
  • Tus acciones fueron reflejas o involuntarias, no deliberadas
  • Estabas confundido, desorientado o atravesabas una crisis médica o de salud mental
  • Las barreras lingüísticas te impidieron entender las instrucciones

Demostrar que no sabías que esa persona era un agente de policía

Para ser declarado culpable, es necesario que supieras o que, razonablemente, debieras haber sabido que la persona era un agente del orden público en el ejercicio de sus funciones. En la mayoría de los casos, este elemento se demuestra fácilmente, ya que los agentes llevan uniformes y placas. Sin embargo, hay situaciones en las que este elemento puede ser cuestionado:

  • Agentes vestidos de civil que no se identificaron debidamente
  • Operaciones encubiertas en las que los agentes no eran claramente identificables
  • Situaciones caóticas en las que no se podía ver ni oír claramente a los agentes
  • Agentes que se acercaron de manera agresiva sin identificarse primero

Protegiendo tus derechos y tu futuro

Más allá de defendernos contra los cargos inmediatos, nos centramos en proteger sus intereses a largo plazo:

  • Cómo evitar tener antecedentes penales: Una condena genera antecedentes penales permanentes que aparecen en las verificaciones de antecedentes, lo que afecta al empleo, la vivienda, las licencias profesionales y las oportunidades educativas.
  • Consecuencias migratorias: En el caso de las personas que no son ciudadanas, incluso las condenas por delitos menores pueden acarrear graves consecuencias en materia de inmigración, como la deportación, la inadmisibilidad y la denegación de la naturalización.
  • Licencias profesionales: Los maestros, enfermeros, médicos, guardias de seguridad y muchos otros profesionales con licencia deben informar de sus detenciones y condenas a los organismos reguladores, lo que podría dar lugar a la suspensión o revocación de su licencia.
  • Futuros procesos judiciales: Una condena por resistencia a la autoridad puede utilizarse en tu contra en casos futuros para argumentar que tienes un historial de incumplimiento de las normas policiales o para agravar las penas.

Defensas habituales ante los cargos por resistencia a la autoridad

En Tu Defensor Criminalista, desarrollamos estrategias de defensa integrales adaptadas a las circunstancias específicas de su caso. Entre las defensas más comunes frente a los cargos por resistencia a la autoridad se incluyen:

La detención o el arresto fueron ilegales

Esta suele ser la defensa más sólida. Según la legislación de California, si el arresto o la detención fueron ilegales, usted tenía derecho a resistirse utilizando una fuerza razonable y no letal. Un arresto puede ser ilegal si:

  • El agente no tenía sospechas fundadas para detenerte
  • El agente no tenía motivos fundados para detenerte
  • El agente llevó a cabo un registro ilegal que condujo a la detención
  • El agente violó tus derechos amparados por la Cuarta Enmienda
  • La detención excedió los límites legales

El Tribunal Supremo de los Estados Unidos[10] ha establecido normas detalladas sobre las paradas, retenciones y detenciones legales. Aplicamos estas normas constitucionales a su caso para determinar si se violaron sus derechos.

En realidad, no te resististe, no demoraste ni obstruiste

A veces, los agentes alegan que hubo resistencia cuando en realidad no la hubo. Nosotros impugnamos las acusaciones falsas de la siguiente manera:

  • Presentación de pruebas en vídeo que demuestran que usted obedeció las órdenes
  • Presentación de un testimonio que contradice la versión del agente
  • Destacando la ausencia de pruebas físicas de resistencia (sin ropa rasgada, sin lesiones a los agentes, sin daños materiales)
  • Demostrar que la descripción del agente es físicamente imposible o incompatible con las pruebas

Tus acciones no fueron intencionadas

Podría tener una defensa si sus acciones no fueron intencionadas porque:

  • Estabas sufriendo una emergencia médica (ataque epiléptico, crisis diabética, infarto)
  • Tienes una discapacidad que te ha impedido cumplir con los requisitos (discapacidad auditiva, limitaciones de movilidad, discapacidades cognitivas)
  • Estabas pasando por una crisis de salud mental
  • Estabas confundido o desorientado
  • Las barreras lingüísticas impidieron el entendimiento
  • Las órdenes del agente eran confusas, contradictorias o imposibles de cumplir

Defensa propia frente al uso excesivo de la fuerza

Si un agente hizo uso excesivo de la fuerza contra usted, tenía derecho a defenderse empleando una fuerza razonable. Se trata de una defensa limitada que requiere demostrar:

  • El agente hizo uso de una fuerza que excedió lo razonable y necesario
  • Respondiste solo con la fuerza necesaria para defenderte
  • Dejaste de usar la fuerza una vez que la amenaza había pasado

Según el Normas del Departamento de Justicia de California sobre el uso de la fuerza[7], los agentes solo podrán emplear la fuerza que sea objetivamente razonable dadas las circunstancias.

No sabías que esa persona era policía

Si los agentes no eran claramente identificables y no se identificaron debidamente, es posible que usted no supiera que se trataba de agentes de la ley. Esta defensa se aplica cuando:

  • Los agentes vestidos de civil no mostraron sus placas ni se identificaron
  • Tenías motivos razonables para creer que te estaban atacando unos delincuentes, y no que te estaba deteniendo la policía
  • Los agentes se acercaron en un vehículo camuflado, sin luces ni sirenas
  • La situación era caótica y no se podía ver ni identificar a los agentes

Detención ilegal o acusación maliciosa

En algunos casos, los agentes inventan cargos por resistencia al arresto para justificar el uso de la fuerza, para tomar represalias contra las personas que presentan denuncias o para encubrir su propia conducta indebida. Investigamos si:

  • Los cargos se presentaron como represalia por hacer valer tus derechos
  • El agente tiene antecedentes de presentar denuncias falsas
  • Las pruebas contradicen claramente las afirmaciones del agente
  • Este agente tiene un historial de acusaciones similares

El agente no estaba desempeñando funciones legales

El artículo 148(a)(1) del Código Penal exige que el agente esté desempeñando sus funciones de manera legal. Si el agente incurrió en una conducta ilegal, este elemento no se cumple. Algunos ejemplos son:

  • Agentes que realizan un registro o una detención ilegales
  • Agentes que toman represalias contra ti por expresarte libremente
  • Agentes que detienen a alguien por una infracción que en realidad no constituye un delito
  • Funcionarios que actúan fuera de su jurisdicción o autoridad

El proceso legal en los casos de resistencia a la detención en Long Beach

Saber qué puede esperar a medida que su caso avanza por el sistema de justicia penal le ayuda a tomar decisiones informadas y reduce la ansiedad ante lo desconocido.

Detención y registro

Tras ser detenido por resistirse al arresto en Long Beach, será trasladado a la cárcel del Departamento de Policía de Long Beach o a un centro del Sheriff del Condado de Los Ángeles para su registro policial. Durante el registro, se anotarán sus datos personales, se le tomarán fotografías y huellas dactilares, se hará un inventario de sus pertenencias y es posible que los agentes le interroguen.

Aviso importante: Ejerza su derecho a guardar silencio. No explique lo que pasó, no intente convencer a los agentes de que no opuso resistencia: cualquier cosa que diga se utilizará en su contra. Dígales educadamente a los agentes que está ejerciendo su derecho a guardar silencio y que desea hablar con un abogado.

Fianza y puesta en libertad

En la mayoría de los casos de delitos menores por resistencia al arresto, se le pondrá en libertad bajo palabra o con una fianza relativamente baja a las pocas horas de su ingreso en el centro de detención. En caso de delitos graves o si tiene órdenes de aprehensión pendientes, la fianza puede ser más elevada y es posible que permanezca bajo custodia durante más tiempo.

California ha reformado su sistema de fianzas en los últimos años siguiendo las recomendaciones de organizaciones como la Tribunales de California[11], pasando a utilizar evaluaciones basadas en el riesgo en lugar de fianzas en efectivo para muchos delitos.

Lectura de cargos

La lectura de cargos es su primera comparecencia ante el tribunal, que suele celebrarse en el Palacio de Justicia de Long Beach (Palacio de Justicia Gobernador George Deukmejian, 275 Magnolia Avenue). Durante la lectura de cargos:

  • Se le notifica formalmente de los cargos que se le imputan
  • Se explican sus derechos constitucionales
  • Usted declara su postura (inocente, culpable o no se opone)
  • Se imponen o modifican las condiciones de la libertad condicional
  • Se han fijado nuevas fechas para las audiencias

Lo que debes hacer: Declárese siempre inocente en la lectura de cargos. Esto le permite conservar todas sus opciones legales y le da tiempo a su abogado para investigar, recabar pruebas y negociar con la fiscalía. Contar con un abogado de Tu Defensor Criminalista asistir a tu comparecencia inicial garantiza que tus derechos estén protegidos desde el principio.

Procedimientos previos al juicio

La fase previa al juicio es donde se lleva a cabo la mayor parte del trabajo importante:

  • Descubrimiento: Tu abogado recopila todas las pruebas de las que dispone la fiscalía, incluyendo informes policiales, declaraciones de los agentes, grabaciones de las cámaras corporales, declaraciones de testigos, el video y el audio de tu detención, y cualquier prueba material.
  • Investigación: Llevamos a cabo nuestra propia investigación, entrevistando a testigos, obteniendo grabaciones de cámaras de vigilancia de negocios o residencias, fotografiando el lugar de los hechos, recabando su historial médico si es pertinente e investigando los antecedentes y el historial del agente.

Práctica de mociones: Presentamos mociones para:

  • Excluir las pruebas obtenidas mediante detenciones o registros ilegales (artículo 1538.5 del Código Penal)
  • Desestimar los cargos por falta de pruebas o por vicios de forma (artículo 995 del Código Penal)
  • Obtener información o pruebas adicionales
  • Impugnar la legalidad de la detención o el arresto
  • Excluir las pruebas inadmisibles

Negociaciones de la declaración de culpabilidad: Negociamos con los fiscales del condado de Los Ángeles para:

  • Solicitar la desestimación de los cargos por falta de pruebas o por vicios de forma
  • Negociar para que se reduzcan los cargos (por ejemplo, infracciones o delitos menores)
  • Organizar programas de desviación o soluciones alternativas
  • Reducir las sanciones si procede llegar a un acuerdo

Según el Fiscalía del Condado de Los Ángeles[12], los fiscales evalúan los casos basándose en la solidez de las pruebas, los antecedentes penales del acusado, las circunstancias del delito y los intereses de la justicia.

Juicio

Si su caso no puede resolverse mediante negociaciones previas al juicio y usted decide no aceptar una oferta de acuerdo, su caso pasará a juicio. En el caso de los delitos menores, tiene derecho a un juicio con jurado compuesto por 12 miembros (aunque puede renunciar al jurado y optar por un juicio sin jurado ante un juez). Durante el juicio:

  • La fiscalía debe demostrar todos los elementos de la acusación más allá de toda duda razonable
  • Su abogado interroga a los testigos de la fiscalía, entre los que suele figurar el agente que realizó la detención
  • Su abogado puede presentar testigos de la defensa, incluido usted si decide declarar (aunque tiene el derecho absoluto a no declarar)
  • Su abogado cuestiona la credibilidad del agente y la fiabilidad de las pruebas
  • El jurado debe llegar a un veredicto unánime

En Tu Defensor Criminalista, somos abogados litigantes con amplia experiencia que hemos defendido con éxito a nuestros clientes en juicios por resistencia a la autoridad en todo el condado de Los Ángeles.

Sentencia

Si se le declara culpable tras un juicio o si se declara culpable, el tribunal le impondrá una pena. En el caso del delito menor de resistencia a la autoridad, previsto en el artículo 148(a)(1) del Código Penal, las penas pueden incluir:

  • Libertad condicional sumaria (informal) de 1 a 3 años
  • Pena de prisión en la cárcel del condado (que suele oscilar entre la libertad y 6 meses, aunque puede llegar hasta 1 año)
  • Multas de hasta 1 000 T4T, más recargos (el total suele oscilar entre 2 000 y 4 000 T4T)
  • Servicio comunitario o trabajos para Caltrans
  • Cursos o terapia para el control de la ira
  • Órdenes de alejamiento de determinados lugares o personas
  • Condiciones para el registro y la incautación

Durante la fase de imposición de la pena, defendemos enérgicamente que se dicte la sentencia más indulgente posible, presentando circunstancias atenuantes, referencias sobre la persona, pruebas de su rehabilitación y argumentando a favor de alternativas al encarcelamiento.

Consecuencias de una condena por resistencia a la autoridad

Comprender todas las consecuencias te ayuda a entender por qué es tan importante defenderse de estos cargos.

Sanciones penales

  • Tiempo en la cárcel: Hasta un año de prisión en una cárcel del condado por condenas por delitos menores en virtud del artículo 148(a)(1) del Código Penal, o hasta tres años de prisión en una cárcel estatal por condenas por delitos graves en virtud del artículo 69 del Código Penal.
  • Multas y tasas: Multas básicas de entre 1 000 y 10 000 TP4T, más recargos, costas judiciales y indemnizaciones que pueden multiplicar el costo total varias veces.
  • Libertad condicional: Libertad condicional formal o informal con condiciones que incluyen presentaciones periódicas, pruebas de detección de drogas y alcohol, condiciones relativas a registros y confiscaciones, y restricciones en materia de viajes o relaciones sociales.

Antecedentes penales permanentes

Una condena genera antecedentes penales permanentes que pueden consultar:

  • Empleadores que realizan verificaciones de antecedentes
  • Selección de candidatos a inquilinos por parte de los propietarios
  • Consejos de colegiación profesional
  • Instituciones educativas
  • Organizaciones de voluntariado
  • Autoridades de inmigración

Según el Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU.[13], aunque la ley federal ofrece ciertas protecciones contra la discriminación laboral basada en los antecedentes penales, los empleadores pueden tener en cuenta las condenas penales a la hora de tomar decisiones de contratación si son relevantes para el puesto.

Consecuencias laborales

Muchos empleadores, en particular organismos gubernamentales, empresas de seguridad, centros educativos, centros de salud y aquellos que exigen licencias profesionales, realizan verificaciones de antecedentes y pueden negarse a contratar o despedir a empleados con antecedentes penales.

El Oficina de Estadísticas Laborales de EE. UU.[14] señala que las personas con antecedentes penales se enfrentan a tasas de desempleo considerablemente más altas que la población general.

Repercusiones en la licencia profesional

Si tienes una licencia profesional, es posible que debas informar de tu detención y condena al organismo que la expidió. Las posibles consecuencias incluyen:

  • Suspensión o revocación de la licencia
  • Libertad condicional con condiciones y supervisión
  • Multas y sanciones administrativas
  • Se requiere formación adicional o asesoramiento

Los organismos reguladores de California, entre los que se incluyen la Junta Médica, la Junta de Enfermería Registrada, el Colegio de Abogados del Estado, las comisiones de acreditación docente y los organismos reguladores de contratistas, tienen todos la facultad de imponer sanciones disciplinarias a los titulares de licencias en caso de condenas penales.

Consecuencias migratorias

Para las personas que no son ciudadanas, las condenas penales pueden tener consecuencias devastadoras en materia de inmigración. Según el Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos[15], incluso las condenas por delitos menores pueden afectar:

  • Expulsabilidad (estar sujeto a un proceso de expulsión)
  • Inadmisibilidad (lo que le impide regresar a los EE. UU. si viaja al extranjero)
  • Naturalización (lo que le impide convertirse en ciudadano estadounidense)
  • Situación de los visados y renovaciones

Los delitos que implican depravación moral, los delitos graves con agravantes y los delitos violentos se consideran especialmente graves en el marco de la legislación migratoria. Un abogado con experiencia de Tu Defensor Criminalista analizará minuciosamente las consecuencias migratorias de cualquier posible acuerdo antes de aconsejarle que lo acepte.

Discriminación en materia de vivienda

Muchos propietarios realizan verificaciones de antecedentes y tienen políticas que les impiden alquilar a personas con antecedentes penales. El Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos[16] ofrece algunas orientaciones sobre la verificación de antecedentes penales, pero los propietarios conservan un amplio margen de discrecionalidad a la hora de tomar sus decisiones sobre el alquiler.

Repercusiones en la educación y la ayuda financiera

Las condenas penales pueden afectar el ingreso a la universidad, el derecho a recibir ayuda financiera, las becas y la participación en determinados programas educativos. El Departamento de Educación de los Estados Unidos[17] administra programas federales de ayuda financiera que establecen restricciones de elegibilidad basadas en condenas penales por determinados delitos.

Tus derechos constitucionales durante un arresto

Conocer tus derechos constitucionales te ayuda a protegerte en tus interacciones con las fuerzas del orden y te ofrece un marco de referencia para posibles defensas.

Cuarta Enmienda: Protección contra registros e incautaciones injustificados

La Cuarta Enmienda de la Constitución de los Estados Unidos te protege contra las detenciones, los registros y los arrestos injustificados. Las fuerzas del orden deben:

  • Sospecha fundada para retenerte un momento (Terry, espera)
  • Causa probable para arrestarte
  • Una orden judicial, un consentimiento o circunstancias apremiantes para registrar tu casa

Cualquier detención que se realice en violación de la Cuarta Enmienda es ilegal, y es posible que tengas derecho a resistirte (aunque hacerlo es arriesgado y la legalidad solo se puede determinar posteriormente).

Quinta Enmienda: Derecho a guardar silencio

Tienes el derecho absoluto a guardar silencio y a negarte a responder a las preguntas de las autoridades policiales. No se te puede sancionar por ejercer este derecho, y los fiscales, por lo general, no pueden hacer comentarios sobre tu silencio durante el juicio.

Qué decir: “Me acojo a mi derecho a guardar silencio. Quiero hablar con un abogado”.”

Si te detienen o te arrestan legalmente, debes dar tu nombre y tu identificación, pero no estás obligado a responder a preguntas de fondo sobre dónde has estado, qué estabas haciendo, si has bebido alcohol o cualquier otra cosa.

Sexta Enmienda: Derecho a un abogado

Tienes derecho a contar con un abogado en todas las etapas cruciales del proceso penal, desde el momento en que te detienen y te someten a un interrogatorio bajo custodia. Si no puedes pagar un abogado, el tribunal te asignará uno de oficio.

Sin embargo, los defensores públicos designados suelen estar sobrecargados de trabajo y carecer de los recursos necesarios. Cuando se enfrentan a cargos penales tan graves como la resistencia a la autoridad, contar con un abogado privado con experiencia de Tu Defensor Criminalista le ofrece una representación dedicada y personalizada, centrada exclusivamente en su caso.

Derecho a grabar a los agentes de policía

En California, por lo general, tienes el derecho, amparado por la Primera Enmienda, de grabar a los agentes de policía mientras desempeñan sus funciones públicas en lugares públicos, siempre y cuando no interfieras en su trabajo. Este derecho ha sido reconocido por el Unión Americana por las Libertades Civiles[8] y los tribunales de todo el país.

Sin embargo, en ocasiones los agentes pueden considerar que grabar constituye una obstrucción o una resistencia y pueden ordenarte que dejes de grabar o incluso detenerte por ello. Si esto ocurre, no opongas resistencia física, sino que indica con calma que estás ejerciendo tus derechos amparados por la Primera Enmienda. Tu abogado podrá impugnar posteriormente cualquier cargo que se derive de haber grabado legalmente.

Resoluciones alternativas y programas de desviación

Incluso cuando las pruebas en su contra sean contundentes, es posible que existan alternativas a la condena. En Tu Defensor Criminalista, analizamos todas las opciones posibles para resolver su caso con el menor impacto posible en su futuro.

Programa de desviación previa al juicio

El condado de Los Ángeles ofrece diversos programas de desviación que permiten a los acusados que reúnan los requisitos completar un proceso de asesoramiento, realizar servicios comunitarios o cumplir otros requisitos a cambio de que se retiren los cargos. Si completa con éxito el programa de desviación, se retirarán los cargos y evitará una condena.

Los requisitos varían según el programa y dependen de factores como los cargos específicos, tus antecedentes penales y las circunstancias del delito.

Diversión informal

En ocasiones, los fiscales ofrecen programas de desviación informales, especialmente para quienes cometen un delito por primera vez, en los que los cargos se retiran si se cumplen ciertos requisitos, como realizar servicio comunitario, asistir a clases de control de la ira o mantenerse alejado de problemas durante un período determinado.

Declaración de culpabilidad por cargos menores

Aunque no sea posible acogerse a un programa de desviación, tal vez podamos negociar un acuerdo para que se le impute un cargo menor, como por ejemplo:

  • Alteración del orden público (Artículo 415 del Código Penal)
  • Allanamiento de morada (Artículo 602 del Código Penal)
  • Una infracción, más que un delito menor
  • Una infracción no penal

Los delitos menores pueden acarrear penas más leves y consecuencias colaterales menos graves.

Aplazamiento de la sentencia

En algunos casos, el tribunal puede permitirle declararse culpable, pero aplazar la emisión de la sentencia. Si completa con éxito la libertad condicional y cumple todos los requisitos, se retira la declaración de culpabilidad y se archiva el caso, por lo que no quedará registrado ningún antecedente penal.

¿Por qué elegir a Tu Defensor Criminalista para tu defensa por resistencia a la autoridad?

Si te enfrentas a cargos por resistirte al arresto en Long Beach, necesitas un abogado que defienda con firmeza tus derechos y tu libertad. Esto es lo que nos distingue Tu Defensor Criminalista aparte:

Experiencia en la defensa de casos de resistencia a la autoridad

Contamos con una amplia experiencia en la defensa de clientes acusados de resistencia a la autoridad en todo el condado de Los Ángeles. Conocemos las tácticas habituales que emplean los fiscales, sabemos cómo rebatir eficazmente el testimonio de las fuerzas del orden y sabemos lo que se necesita para ganar estos casos.

Investigación exhaustiva

No nos limitamos a aceptar la versión de los hechos que presenta la fiscalía. Llevamos a cabo investigaciones independientes exhaustivas, recabamos pruebas en vídeo, entrevistamos a testigos, fotografiamos los lugares de los hechos y descubrimos hechos que respalden su defensa.

Defensa enérgica

Cuestionamos todos los aspectos del caso de la fiscalía. Desde la legalidad de la detención inicial hasta la credibilidad del testimonio del agente y la suficiencia de las pruebas, identificamos los puntos débiles y los aprovechamos en su beneficio.

Atención personalizada

No eres solo un número de expediente. Ofrecemos una atención personalizada a cada cliente, dedicando tiempo a comprender tu situación, tus inquietudes y tus objetivos. Estamos a tu disposición cuando nos necesites y te mantenemos informado en todo momento a lo largo de tu caso.

Servicios bilingües

Ofrecemos servicios totalmente bilingües en inglés y español. Nuestro equipo comprende las necesidades de la comunidad hispana y se compromete a proporcionar una representación legal de la más alta calidad en el idioma que usted prefiera.

Compromiso con el mejor resultado posible

Nuestro objetivo es sencillo: lograr el mejor resultado posible en su caso, ya sea la desestimación total, la absolución en el juicio, la reducción a cargos menores o penas mínimas. Estamos comprometidos a luchar por sus derechos y su futuro.

Conocimiento local

Ejercemos nuestra profesión habitualmente en el juzgado de Long Beach y en todo el condado de Los Ángeles. Nuestro conocimiento de los jueces, fiscales y procedimientos judiciales locales nos permite desarrollar estrategias eficaces adaptadas al entorno jurídico de Long Beach.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden condenar por resistirme a la detención si en realidad nunca me detuvieron?

Sí. El artículo 148(a)(1) del Código Penal de California prohíbe resistirse, retrasar u obstruir a un agente “en el cumplimiento o intento de cumplimiento” de sus funciones. Esto significa que se le puede condenar incluso si el agente nunca llegó a completar la detención, siempre y cuando estuviera intentando cumplir con una función legal.

¿Y si solo intentaba explicar lo que pasó o hacer valer mis derechos?

Reivindicar verbalmente tus derechos, hacer preguntas o intentar explicar tu versión de los hechos no constituye resistencia al arresto. Sin embargo, en ocasiones los agentes perciben las impugnaciones verbales a su autoridad como obstrucción. Es en estos casos donde las pruebas en video y los testimonios de testigos cobran importancia para demostrar que simplemente estabas ejerciendo tus derechos amparados por la Primera Enmienda.

¿Puedo oponerme a una detención ilegal?

Según la legislación de California, es posible que tengas derecho a emplear una fuerza razonable y no letal para resistirte a una detención ilegal. Sin embargo, se trata de una medida extremadamente arriesgada porque:

– Debes decidir en una fracción de segundo si la detención es ilegal
– Es probable que los agentes respondan con mayor contundencia
– Podrías enfrentarte a cargos graves adicionales, como agresión a un agente del orden público
– La fiscalía alegará que la detención fue legal
– Tendrás que demostrar ante un tribunal que la detención fue ilegal

Lo más prudente es acatar la detención, aunque creas que es ilegal, y luego impugnarla con la ayuda de un abogado.

¿Qué pasa si tengo una afección médica que me impidió cumplir con los requisitos?

Ciertas afecciones médicas, como lesiones, discapacidades, problemas de audición o visión, afecciones cardíacas, problemas respiratorios, diabetes y muchas otras, pueden hacer que resulte difícil o imposible cumplir con las órdenes de los agentes. Presentamos pruebas médicas que demuestran su afección y explicamos cómo esta afectó su capacidad para cumplir con las órdenes.

¿Me pueden condenar si estaba ebrio o bajo los efectos de las drogas y no sabía lo que hacía?

La intoxicación voluntaria no suele constituir una defensa ante un cargo de resistencia a la autoridad, ya que la ley solo exige que el acto de resistencia se haya cometido “deliberadamente”, no que hubiera intención de infringir la ley. Sin embargo, una intoxicación extrema podría ser relevante para demostrar que no entendías lo que estaba sucediendo o que no podías formar la intención de resistirte.

¿Qué pasa si el agente ha hecho un uso excesivo de la fuerza contra mí?

Si un agente hizo uso excesivo de la fuerza, es posible que usted tuviera derecho a defenderse empleando una fuerza razonable. Además, el uso excesivo de la fuerza puede servir de base para alegar que cualquier resistencia fue legítima defensa. También podemos presentar demandas por violación de los derechos civiles en virtud del artículo 1983 del título 42 del Código de los Estados Unidos (42 U.S.C. § 1983) por la violación de sus derechos constitucionales.

¿Cómo puedo conseguir que se retiren los cargos?

Los cargos pueden ser desestimados si:

– La detención o el arresto fueron ilegales
– Las pruebas son insuficientes para demostrar los cargos
– Se violaron tus derechos constitucionales
– Los testigos o las grabaciones de video contradicen la versión del agente
– La fiscalía acepta el sobreseimiento como parte de un programa de desviación
– Presentamos una moción de desestimación que prospera

¿Una condena por resistirse al arresto afectará mi estatus migratorio?

R: Sí, puede. Incluso las condenas por delitos menores pueden tener consecuencias migratorias, dependiendo del delito concreto y de su situación migratoria. Los delitos que implican depravación moral, los delitos violentos y las condenas múltiples son especialmente preocupantes. Siempre analizamos las consecuencias migratorias antes de asesorar a los clientes no ciudadanos sobre las ofertas de acuerdo.

Actúa ahora: ponte en contacto con Tu Defensor Criminalista hoy mismo

Si te enfrentas a cargos por resistirte al arresto en Long Beach, California, el tiempo es fundamental. Es necesario preservar las pruebas, identificar e interrogar a los testigos y preparar tu defensa antes de que los recuerdos se desvanezcan y se pierdan oportunidades.

No intente lidiar con estos cargos por su cuenta. No dé por sentado que, por el hecho de que los cargos parezcan menores, no necesita un abogado. No acepte la primera oferta de la fiscalía sin que un abogado con experiencia evalúe su caso y analice todas sus opciones.

Póngase en contacto con Tu Defensor Criminalista de inmediato visitando nuestro sitio web en / o llamando a nuestra oficina para concertar una consulta confidencial. Analizaremos su caso, le explicaremos sus derechos y opciones, responderemos a todas sus preguntas y comenzaremos a preparar su defensa de inmediato.

Qué puede esperar cuando se ponga en contacto con nosotros

  • Consulta confidencial gratuita: Ofrecemos una consulta inicial gratuita en la que escucharemos su historia, analizaremos los cargos que se le imputan, le explicaremos el proceso legal, identificaremos posibles defensas y discutiremos nuestro enfoque para su caso.
  • Acción inmediata: Una vez que nos contrate, comenzaremos a trabajar en su caso de inmediato: recabaremos informes policiales y pruebas en video, presentaremos solicitudes para preservar las grabaciones de las cámaras corporales, identificaremos y entrevistaremos a los testigos, investigaremos los antecedentes del agente que lo detuvo y prepararemos mociones y estrategias de defensa.
  • Comunicación constante: A lo largo de todo el proceso, tendrás contacto directo con tu abogado. Respondemos a las llamadas con prontitud, te explicamos con claridad los avances y nos aseguramos de que siempre estés al tanto de todo lo relacionado con tu caso.
  • Estrategia personalizada: Desarrollamos una estrategia de defensa adaptada específicamente a su situación, circunstancias y objetivos particulares. No existe un enfoque único válido para todos: cada caso es diferente y merece una atención personalizada.

Tu libertad, tu futuro y tu reputación están en juego. Deja que Tu Defensor Criminalista lucharemos por usted. Contamos con la experiencia, los conocimientos, la dedicación y la defensa enérgica que necesita para proteger sus derechos y lograr el mejor resultado posible.

Visita hoy mismo nuestro sitio web en /y da el primer paso para proteger tu futuro.


Póngase en contacto con Tu Defensor Criminalista hoy mismo.

Llamar (888) 315-3326 Ahora

Hable directamente con el abogado Armando Josué Céspedes sobre su detención por robo o hurto en Long Beach. La consulta es totalmente gratuita y confidencial. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana.

Información de contacto

Zonas que atendemosAtendemos Long Beach y comunidades cercanas
IdiomasInglés y español (Hablamos Español)
Obtenga una consulta gratuita

Vale la pena luchar por tu libertad. Vale la pena proteger tu futuro. Deja que Tu Defensor Criminalista luche por ti.

No esperes más. No pongas en riesgo tu futuro. Ponte en contacto con nosotros hoy mismo.

Fuentes

  1. Departamento de Policía de Long Beach (longbeach.gov)
  2. Oficina del Censo de los Estados Unidos (census.gov)
  3. Panel de estadísticas sobre delincuencia del Departamento de Policía de Long Beach (longbeach.gov)
  4. Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles (lasd.org)
  5. Portal OpenJustice del Departamento de Justicia de California (openjustice.doj.ca.gov)
  6. Oficina de Estadísticas Judiciales (bjs.ojp.gov)
  7. Departamento de Justicia de California (oag.ca.gov)
  8. Unión Americana por las Libertades Civiles (aclu.org)
  9. Alianza Nacional sobre Enfermedades Mentales (nami.org)
  10. Tribunal Supremo de los Estados Unidos (supremecourt.gov)
  11. Tribunales de California (courts.ca.gov)
  12. Fiscalía del Condado de Los Ángeles (da.lacounty.gov)
  13. Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo de EE. UU. (eeoc.gov)
  14. Oficina de Estadísticas Laborales de EE. UU. (bls.gov)
  15. Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (uscis.gov)
  16. Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos (hud.gov)
  17. Departamento de Educación de los Estados Unidos (ed.gov)

Confianza de los clientes y reconocimiento de Avvo

Abogado Armando Josué Céspedes está clasificado 5.0 en Avvocon 34 opiniones de cinco estrellas de clientes que alaban su dedicación, profesionalidad y resultados. Muchos destacan su habilidad en los juicios y su atención a los detalles condujeron a la reducción de los cargos o a la desestimación total de los mismos.

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