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Abogado especializado en la defensa de órdenes de alejamiento en Inglewood, California

Índice

Un abogado firmando un documento junto a un mazo y una balanza de la justicia

Si te han notificado una orden de alejamiento temporal (TRO) en Inglewood o te enfrentas a acusaciones que podrían dar lugar a una orden de alejamiento, te encuentras ante un asunto legal grave que puede afectar tu libertad, tu reputación, la custodia de tus hijos, tu empleo, tu vivienda, tu derecho a portar armas y tus libertades civiles fundamentales. En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una representación legal agresiva y con experiencia para defenderte contra las órdenes de restricción temporal y todo tipo de órdenes de protección en Inglewood y el condado de Los Ángeles.


Las órdenes de restricción temporal son órdenes judiciales de emergencia que pueden dictarse en su contra basándose únicamente en las acusaciones escritas de otra persona, sin que usted tenga oportunidad alguna de defenderse antes de que se dicte la orden. Estas órdenes pueden prohibirle de inmediato ponerse en contacto con otra persona, obligarle a abandonar su propio hogar, restringir el tiempo que pasa con sus hijos, obligarle a entregar las armas de fuego y crear un registro público que sugiera que usted es peligroso o abusivo, todo ello antes de que haya puesto un pie en una sala de audiencias. Los procedimientos de órdenes de restricción temporal (TRO) se llevan a cabo a diario en el Tribunal de Inglewood cuando las personas presentan solicitudes de órdenes de restricción por violencia doméstica, órdenes de restricción por acoso civil, órdenes de restricción por violencia en el lugar de trabajo u órdenes de restricción por maltrato a personas mayores basadas en acusaciones de amenazas, acoso, abuso, violencia o contacto no deseado. Muchas personas sujetas a órdenes de restricción son acusadas falsamente por ex parejas vengativas que buscan ventaja en disputas por la custodia, por vecinos con rencores personales, por compañeros de trabajo que hacen afirmaciones exageradas o por familiares involucrados en disputas por dinero, propiedades o relaciones.


Las consecuencias de que se dicte una orden de restricción en su contra son devastadoras y duraderas: las órdenes de restricción permanentes pueden durar hasta cinco años y renovarse indefinidamente; las violaciones dan lugar a un arresto inmediato y a cargos penales; las órdenes de restricción aparecen en las verificaciones de antecedentes, lo que afecta el empleo y la vivienda; y el estigma de ser etiquetado como abusador o acosador lo persigue durante años. Hemos defendido con éxito a cientos de clientes contra órdenes de restricción temporales en todo el sur de California, logrando la desestimación de las órdenes en las audiencias, resoluciones negociadas que protegen los derechos de los clientes y sus relaciones con los hijos, modificaciones de términos excesivamente restrictivos y resultados favorables que evitan que se dicten órdenes permanentes.

Comprender las leyes de California sobre órdenes de alejamiento temporales

La legislación de California prevé varios tipos de órdenes de alejamiento, cada una con requisitos, procedimientos y consecuencias diferentes, pero todas ellas capaces de restringir gravemente tus libertades y derechos.

Órdenes de restricción por violencia doméstica (DVRO)

Según el Tribunales de California[1], las órdenes de alejamiento por violencia doméstica son el tipo más común de orden de alejamiento, y pueden solicitarlas las personas que se encuentran en determinadas relaciones de pareja y denuncian haber sufrido maltrato.

¿Quién puede solicitar una orden de protección contra la violencia doméstica?

  • Cónyuges actuales o anteriores, o parejas de hecho registradas
  • Parejas actuales o anteriores, o personas con las que se mantiene una relación sentimental
  • Parejas que conviven o han convivido (personas que han vivido juntas)
  • Padres que tienen un hijo en común (independientemente de su situación matrimonial o sentimental)
  • Relaciones familiares cercanas (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, suegros)

Lo que el solicitante debe alegar como “maltrato”: Según la legislación de California, el “maltrato” a efectos de las órdenes de alejamiento incluye:

  • Maltrato físico (golpes, empujones, patadas, bofetadas, estrangulamientos, lanzamiento de objetos)
  • Abuso o agresión sexual
  • Amenazas de hacerte daño a ti, a tus familiares o a otras personas cercanas a ti
  • Acoso, incluyendo el contacto repetido no deseado, el seguimiento o la perturbación de la tranquilidad
  • Destruir tus bienes personales o tus pertenencias
  • Comportamiento que te da miedo o te causa un gran malestar emocional

Importante: El solicitante no necesita demostrar que el abuso realmente ocurrió para obtener una orden de alejamiento temporal. Las alegaciones por escrito bajo pena de perjurio son suficientes para que el juez conceda una orden de alejamiento temporal de emergencia ex parte (sin que usted esté presente ni pueda defenderse).

Procedimiento para solicitar una orden de alejamiento provisional:

  1. El demandante presenta una solicitud (formulario DV-100 de California) ante el tribunal, junto con declaraciones detalladas en las que describe el presunto maltrato
  2. El juez examina la solicitud el mismo día o en un plazo de 24 horas sin que usted esté presente ni tenga conocimiento de ello
  3. Si el juez considera que existen “pruebas razonables de uno o varios actos de maltrato cometidos en el pasado”, se dicta de inmediato una orden de alejamiento temporal
  4. La orden de restricción temporal (ORT) seguirá vigente hasta la fecha de la audiencia completa (que suele fijarse entre 21 y 25 días después)
  5. Se le notifican los documentos judiciales, incluida una copia de la orden de restricción temporal y la notificación de la fecha de la audiencia
  6. En la audiencia, ambas partes pueden presentar pruebas, declaraciones y testigos
  7. El juez decide si dicta una orden de alejamiento permanente con una vigencia de hasta 5 años

Lo que puede ordenar una orden de protección contra la violencia doméstica (DVRO):

  • Prohibición de contacto: Prohíbe todo tipo de contacto con la persona protegida (en persona, por teléfono, mensaje de texto, correo electrónico, redes sociales, a través de terceros o por cualquier otro medio)
  • Órdenes de alejamiento: te obligan a mantener una distancia mínima (normalmente 90 metros) del domicilio, el lugar de trabajo, el vehículo, las escuelas y las guarderías de los hijos de la persona protegida
  • Órdenes de desalojo: te obligan a abandonar inmediatamente la vivienda compartida, incluso si eres propietario o arrendatario del inmueble
  • Custodia y régimen de visitas: puede restringir o eliminar sus derechos de custodia y de visita con respecto a sus hijos, o exigir que las visitas se realicen únicamente bajo supervisión
  • Manutención infantil: Se le puede ordenar que pague la manutención infantil
  • Pensión alimenticia: Se puede ordenar el pago de una pensión alimenticia provisional al cónyuge o a la pareja
  • Control de bienes: Puede otorgar la posesión y el control temporales de bienes, vehículos o mascotas
  • Prohibición de armas de fuego: exige la entrega de todas las armas de fuego en un plazo de 24 horas y prohíbe la compra o la posesión de cualquier arma de fuego
  • Programa de intervención para agresores: Se le puede ordenar que complete un programa de tratamiento contra la violencia doméstica de 52 semanas
  • Honorarios de abogados: Se le puede condenar a pagar los honorarios y las costas del abogado del demandante

Órdenes de restricción por acoso civil

Las órdenes de alejamiento por acoso civil se aplican a situaciones que no están contempladas en las órdenes de violencia doméstica, y suelen afectar a personas que no mantienen una relación de pareja que cumpla los requisitos:

  • Vecinos
  • Compañeros de piso que no son pareja sentimental
  • Conocidos
  • Extraños
  • Compañeros de trabajo (aunque también pueden aplicarse órdenes contra la violencia en el lugar de trabajo)
  • Cualquier persona que no mantenga una relación de pareja según la definición de la ley

¿Qué se considera “acoso civil”?

  • Violencia ilegal (agresión, lesiones o otros actos violentos)
  • Amenaza creíble de violencia (declaración o conducta que provoque en una persona un temor razonable por su seguridad)
  • Línea de conducta (patrón de comportamiento), incluyendo:
    • Seguir o acosar
    • Contactos o comunicaciones no deseados y repetidos
    • Conducta acosadora, molesta o inquietante
    • Comportamiento que provoca un gran sufrimiento emocional
    • Acciones que no persiguen ningún fin legítimo

Procedimiento similar al de la orden de protección contra la violencia doméstica (DVRO): el solicitante presenta la solicitud; el juez puede dictar una orden provisional basándose en las alegaciones presentadas por escrito; se fija una audiencia completa en un plazo de 21 a 25 días; el demandado recibe la notificación y tiene la oportunidad de defenderse en la audiencia.

Órdenes de alejamiento por violencia en el lugar de trabajo

Los empleadores pueden solicitar órdenes de alejamiento en nombre de los empleados que hayan sufrido:

  • Violencia o amenazas creíbles de violencia en el lugar de trabajo
  • Conducta en el lugar de trabajo que provoque en un empleado un temor razonable por su seguridad
  • El acoso por parte de clientes, antiguos empleados u otras personas que afecta al lugar de trabajo

Órdenes de alejamiento por maltrato a personas mayores o adultos dependientes

Diseñado para proteger a las personas de 65 años o más, o a los adultos de entre 18 y 64 años con limitaciones físicas o mentales, contra:

  • Maltrato físico, agresión o lesiones
  • Abuso financiero, robo o fraude
  • Descuido o abandono
  • Aislamiento de los amigos, la familia o las redes de apoyo
  • Privación de las necesidades básicas (alimentación, vivienda, atención médica)
  • Abuso emocional o psicológico

Órdenes de alejamiento en Inglewood y el sur de Los Ángeles

Inglewood, con una población de aproximadamente 107 000 habitantes según el Oficina del Censo de los Estados Unidos[2], es una comunidad diversa y dinámica del sur de Los Ángeles en la que se tramitan con frecuencia órdenes de alejamiento en el juzgado de Inglewood.

Juzgado de Inglewood – Procedimientos de órdenes de alejamiento

Las solicitudes y las audiencias de órdenes de alejamiento se tramitan en:

Juzgado de Inglewood
Número 1 de Regent Street
Inglewood, CA 90301

Este juzgado presta servicio a Inglewood y a las comunidades vecinas del sur de Los Ángeles, tramitando cada mes cientos de solicitudes de órdenes de alejamiento y celebrando numerosas audiencias al respecto.

Cómo acceder a los servicios judiciales relacionados con las órdenes de alejamiento:

  • El Centro de Autoayuda, ubicado en el juzgado, ofrece asistencia con los formularios y los trámites relacionados con las órdenes de alejamiento
  • La secretaría del tribunal acepta solicitudes de órdenes de alejamiento
  • Formularios de órdenes de alejamiento disponibles en línea a través del sitio web de los Tribunales de California
  • Audiencias celebradas en salas de audiencia designadas
  • Hay intérpretes gratuitos disponibles para el español y muchos otros idiomas
  • Hay ayuda disponible para rellenar los formularios y comprender el proceso

Situaciones habituales en las órdenes de restricción temporal (TRO) en Inglewood

Orden de protección temporal contra la violencia doméstica por parte de exparejas: el caso más habitual se da en rupturas o separaciones en las que:

  • Una de las partes solicita una orden de alejamiento alegando maltrato durante o después de la relación
  • Afirmaciones a veces exageradas, adornadas o completamente inventadas para obtener alguna ventaja
  • Conflictos por la custodia que dan lugar a acusaciones falsas o engañosas
  • Conflictos financieros relacionados con bienes inmuebles, manutención o activos objeto de las acusaciones
  • La orden de alejamiento como táctica procesal estratégica en los procedimientos de derecho de familia
  • La ira, la venganza o la manipulación como motivos de las acusaciones falsas

Conflictos entre vecinos: Los barrios residenciales densamente poblados de Inglewood dan lugar a situaciones en las que:

  • Las disputas sobre los límites de las propiedades derivan en denuncias de acoso
  • Las quejas por ruido y los conflictos relacionados con la calidad de vida dan lugar a solicitudes de órdenes de alejamiento
  • Las disputas por el estacionamiento y los conflictos relacionados con el uso de las calles sirven de base para las resoluciones
  • Las barreras culturales o lingüísticas que generan malentendidos y conflictos
  • Conflictos vecinales de larga data que han dado lugar a la presentación de órdenes de alejamiento
  • Pequeñas disputas que se han sacado de quicio

Conflictos familiares: Los hogares multigeneracionales y las relaciones familiares estrechas dan lugar a:

  • Denuncias de órdenes de alejamiento por maltrato a personas mayores en el ámbito familiar
  • Conflictos relacionados con bienes inmuebles, herencias o asuntos financieros
  • Desacuerdos sobre el cuidado de familiares mayores
  • Familiares que buscan ejercer control sobre parientes vulnerables
  • Denuncias de explotación financiera (a veces ciertas, a veces falsas)
  • Conflictos entre hermanos y disputas familiares

Conflictos laborales y comerciales: Órdenes de alejamiento derivadas de:

  • Despidos y conflictos laborales
  • Conflictos entre socios comerciales
  • Conflictos con los clientes
  • Denuncias de acoso en el ámbito laboral

Acusaciones falsas y demandas estratégicas: Muchas órdenes de alejamiento se basan en:

  • Acusaciones totalmente inventadas con fines estratégicos
  • Relatos exagerados o distorsionados de incidentes menores
  • Datos seleccionados de forma selectiva y presentados fuera de contexto
  • Acusaciones formuladas para obtener ventaja en disputas relacionadas con la custodia, el divorcio o cuestiones económicas
  • Demandas presentadas en represalia ante inquietudes legítimas
  • Los problemas de salud mental de la denunciante influyen en las percepciones y las afirmaciones

El Departamento de Policía de Inglewood y las órdenes de alejamiento

Cuando se dictan órdenes de alejamiento o se incumplen:

  • El Departamento de Policía de Inglewood se encarga de hacer cumplir las órdenes de alejamiento
  • Las infracciones dan lugar a la detención inmediata y a la presentación de cargos penales
  • Los agentes responden a llamadas relacionadas con incumplimientos de órdenes de alejamiento
  • Se han presentado cargos penales ante la Fiscalía del Condado de Los Ángeles

Violencia doméstica y procedimientos civiles en el condado de Los Ángeles

Según el Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles[3], los casos de violencia doméstica y órdenes de alejamiento siguen siendo habituales en todo el condado de Los Ángeles. El Fiscalía del Condado de Los Ángeles[4] persigue las infracciones de las órdenes de alejamiento como delitos penales.

Aspectos relacionados con la inmigración en Inglewood

La variada población inmigrante de Inglewood se enfrenta a problemas específicos en lo que respecta a las órdenes de alejamiento. Según el Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos[5], las órdenes de alejamiento pueden afectar a la situación migratoria:

  • Las órdenes de alejamiento, por sí mismas, no suelen acarrear consecuencias migratorias de forma directa
  • Sin embargo, las conductas subyacentes alegadas (violencia doméstica, maltrato) pueden afectar a los procedimientos migratorios
  • Las infracciones penales de las órdenes de alejamiento pueden afectar al estatus migratorio
  • Las acusaciones falsas que a veces se lanzan contra los inmigrantes para crearles problemas legales o ganar ventaja
  • Las víctimas de violencia doméstica pueden tener derecho a medidas de protección migratoria (solicitudes por cuenta propia en virtud de la VAWA, visados U)
  • La complejidad del caso requiere la coordinación con abogados especializados en inmigración cuando hay personas que no son ciudadanas involucradas

Consecuencias de las órdenes de alejamiento

Incluso las órdenes de alejamiento provisionales —antes de que se celebre ninguna audiencia o se determine la existencia de una infracción— tienen consecuencias inmediatas y graves:

Efectos inmediatos de la orden de protección temporal (antes de la audiencia)

Contacto prohibido: Desde el momento en que se le notifiquen los documentos de la orden de restricción temporal:

  • No se puede contactar con la persona protegida por ningún medio
  • No puede acudir al domicilio, el lugar de trabajo, la escuela u otros lugares frecuentados por la persona protegida
  • No se puede contactar a través de amigos, familiares, redes sociales o terceros
  • Debe mantenerse a una distancia determinada (normalmente 100 yardas) de la persona protegida
  • Cualquier contacto, incluso si es accidental o lo inicia la persona protegida, puede dar lugar a una detención inmediata

Desalojo de la vivienda: Si vivía con la persona que obtuvo la orden de alejamiento:

  • Debe desalojar la vivienda inmediatamente después de recibir la notificación (incluso si se trata de su propia vivienda)
  • No puede regresar a su domicilio, ni siquiera para recoger sus pertenencias personales, sin escolta policial o autorización judicial
  • Podría perder el acceso a su propia vivienda, aunque sea el propietario o inquilino legal
  • Seguir siendo responsable del pago del alquiler o la hipoteca aunque no resida en la vivienda

Restricciones en materia de custodia de los hijos: Las órdenes de alejamiento suelen incluir disposiciones relativas a la custodia:

  • Podría perder la custodia de sus hijos de inmediato
  • Las visitas pueden denegarse por completo o limitarse únicamente a visitas supervisadas
  • No puedo recoger a los niños del colegio ni asistir a las actividades escolares
  • No puedo asistir a los eventos deportivos, actividades extracurriculares o eventos de los niños
  • No se permite el contacto con los niños si así lo prohíbe una orden de alejamiento (dependiendo de los términos específicos)

Prohibición y entrega de armas de fuego: Al recibir una orden de alejamiento por violencia doméstica:

  • Las leyes federales y de California prohíben la posesión de armas de fuego o municiones
  • Debe entregar todas las armas de fuego a la policía o a un distribuidor autorizado en un plazo de 24 horas desde que se le haya notificado
  • No se puede ser propietario, poseer, comprar ni tener acceso a ningún tipo de arma de fuego mientras esté vigente la orden de alejamiento
  • El incumplimiento de la prohibición de portar armas de fuego constituye un delito independiente (pueden aplicarse cargos tanto estatales como federales)
  • Se debe presentar ante el tribunal una prueba de la entrega del arma de fuego

Repercusiones en el empleo: Las órdenes de alejamiento afectan al empleo de las siguientes maneras:

  • Las verificaciones de antecedentes que revelan la existencia de órdenes de alejamiento a los empleadores actuales o potenciales
  • Puestos de trabajo que requieren habilitaciones de seguridad afectados o suprimidos
  • Las carreras en las fuerzas del orden son imposibles si se tiene una orden de alejamiento
  • Algunos empleadores despiden a sus empleados al enterarse de la existencia de una orden de alejamiento
  • Dificultad para obtener determinadas licencias profesionales
  • Los empleos que requieren el uso de armas de fuego (seguridad, fuerzas armadas) se perdieron de inmediato
  • Las disposiciones de alejamiento pueden impedir el trabajo si el empleo y el lugar de trabajo de la persona protegida coinciden

Daño a la imagen pública y a la reputación

Expedientes judiciales: Las órdenes de alejamiento dan lugar a expedientes judiciales públicos permanentes que incluyen:

  • Su nombre como demandado/persona sujeta a la medida cautelar
  • Acusaciones formuladas en tu contra (abuso, violencia, amenazas, acoso)
  • Conclusiones del tribunal en caso de que se dicte una orden permanente
  • Disponible para cualquier persona que consulte los registros judiciales públicos
  • Aparecer en las verificaciones de antecedentes para el empleo, la vivienda y las licencias
  • No se puede sellar ni eliminar por completo, incluso si la orden de alejamiento se desestima posteriormente

Consecuencias sociales y personales:

  • Grave daño a la reputación en la comunidad
  • El estigma de ser tildado de maltratador, persona violenta o acosador
  • Es posible que tus familiares y amigos se crean las acusaciones sin escuchar tu versión de los hechos
  • Dificultad para explicar la situación a los empleadores, a los propietarios u otras personas
  • Sufrimiento emocional, ansiedad y depresión provocados por acusaciones falsas
  • Tensiones en las relaciones con los hijos, los familiares y los amigos
  • Aislamiento social y daño a la reputación profesional

Consecuencias a largo plazo en caso de que se dicte una orden de alejamiento permanente

Tras la vista, si el juez dicta una orden de alejamiento permanente (con una vigencia de hasta 5 años):

  • Todas las restricciones y prohibiciones de carácter temporal seguirán vigentes mientras dure
  • La prohibición de armas de fuego se mantiene durante todo el período de vigencia de la orden de alejamiento
  • Registro público permanente de la orden de alejamiento
  • Se puede renovar por períodos adicionales de cinco años de forma indefinida
  • Es posible que se le exija completar un programa de intervención para agresores de 52 semanas (en el caso de órdenes por violencia doméstica)
  • Las infracciones son delitos penales que pueden acarrear penas de cárcel o prisión

Las infracciones son delitos: Incumplir cualquier disposición de una orden de alejamiento constituye un delito:

  • La primera infracción suele tipificarse como delito menor (hasta un año de prisión en la cárcel del condado)
  • Las reincidencias o las infracciones que impliquen violencia pueden ser tipificadas como delito grave (hasta 3 años de prisión estatal)
  • Detención inmediata en caso de infracción
  • Proceso penal independiente con todas las consecuencias de una condena penal
  • Cada infracción constituye un delito independiente

Defensas contra las órdenes de alejamiento

Preparación para la audiencia sobre la orden de alejamiento

La audiencia programada entre 21 y 25 días después de que se dicte la orden de alejamiento provisional es su primera y, a menudo, única oportunidad de defenderse y evitar que se dicte una orden de alejamiento permanente con una vigencia de hasta 5 años.

Qué ocurre en la audiencia:

  • Ambas partes comparecen ante el juez (en persona o de forma remota, según los procedimientos judiciales)
  • Cada parte puede presentar pruebas, testimonios, documentos y testigos
  • Usted (el demandado) puede declarar, interrogar al demandante y exponer su versión de los hechos
  • El juez evalúa la credibilidad de ambas partes y todas las pruebas presentadas
  • El juez decide si el demandante ha demostrado, por “preponderancia de la prueba” (es decir, que es más probable que haya ocurrido), que se produjeron abusos, acoso o conductas que dan lugar a la demanda
  • Si el solicitante cumple con la carga de la prueba, el juez dicta una orden de alejamiento permanente por un período de hasta 5 años
  • Si el solicitante no cumple con la carga de la prueba, se desestimará la orden de alejamiento

Carga de la prueba:

  • El solicitante (la persona que solicitó la orden de alejamiento) tiene la carga de la prueba de sus alegaciones
  • El criterio es la “preponderancia de la prueba” (más probable que sea cierto que lo contrario; probabilidad superior al 50 %).
  • Este criterio es menos estricto que el del ámbito penal (“más allá de toda duda razonable”), pero más estricto que el que se aplica a las órdenes provisionales
  • No tienes que demostrar tu inocencia: es el demandante quien debe demostrar sus acusaciones

Importancia crucial de la audiencia: Por lo general, esta audiencia es su única oportunidad para evitar una orden de alejamiento permanente. Es fundamental prepararse bien.

Defensas y estrategias habituales

Acusaciones falsas: la defensa más eficaz cuando las acusaciones son inventadas, exageradas o tergiversadas:

Motivos para las acusaciones falsas:

  • Conflictos por la custodia y el deseo de obtener ventaja en los procedimientos de custodia de los hijos
  • Estrategia de divorcio para obtener ventaja en la división de bienes o en cuestiones de manutención
  • Venganza por haber terminado una relación u otras injusticias percibidas
  • Conflictos financieros relacionados con bienes inmuebles, dinero o activos
  • Problemas de salud mental del denunciante, como trastornos de la personalidad, delirios o inestabilidad
  • La influencia de amigos, familiares o nuevas parejas sentimentales
  • Fraude migratorio o intento de obtener beneficios migratorios valiéndose de la condición de víctima
  • El deseo de seguir viviendo en la vivienda compartida y obligarte a marcharte

Demostrar que las acusaciones son falsas:

  • Identificar y señalar las contradicciones en las declaraciones escritas y el testimonio del demandante
  • Ausencia de pruebas que lo corroboren (sin fotos, historiales médicos, informes policiales ni testigos)
  • Presentar testigos que contradigan las afirmaciones del demandante o que respalden su versión de los hechos
  • Mensajes de texto, correos electrónicos, publicaciones en redes sociales u otras comunicaciones que muestren una relación amistosa y normal tras el presunto abuso
  • Pruebas de que el solicitante siguió manteniendo contacto voluntario con usted tras el supuesto abuso o las amenazas
  • Cronología que demuestra la imposibilidad de los supuestos incidentes (estabas en otro lugar, tienes coartada)
  • Antecedentes de acusaciones falsas por parte del solicitante contra usted u otras personas
  • Declaración de un perito sobre acusaciones falsas en litigios por la custodia (cuando sea aplicable y admisible)
  • La parcialidad, los prejuicios o los motivos ocultos del demandante al formular las acusaciones

Defensa propia: Cuando se produjo un altercado físico, pero usted se estaba defendiendo:

Elementos de defensa personal:

  • Tenías motivos razonables para creer que tú u otras personas corríais un peligro inminente de sufrir daños
  • Usted creía razonablemente que era necesario el uso inmediato de la fuerza para defenderse de ese peligro.
  • No empleaste más fuerza de la razonablemente necesaria dadas las circunstancias
  • No fuiste tú quien inició la agresión en el incidente

Pruebas que respaldan la legítima defensa:

  • Las lesiones que demuestran que fue atacado o que se defendió
  • Testimonios que respaldan tu versión sobre quién fue el agresor
  • Incidentes anteriores que demuestren que el solicitante ha tenido un comportamiento violento o agresivo hacia usted
  • Informes policiales o llamadas al 911 en las que denunciaste la violencia del solicitante
  • Documentación médica que acredite las lesiones causadas por la violencia del demandante
  • Antecedentes de violencia doméstica por parte del solicitante hacia usted u otras personas
  • Testimonio pericial sobre la dinámica de la violencia doméstica y los comportamientos defensivos

Falta de pruebas: Impugnar la demanda del demandante alegando insuficiencia de pruebas:

  • Alegaciones vagas y generales, sin hechos, fechas, horas ni detalles concretos
  • No hay más pruebas que el testimonio sin corroborar del demandante
  • No se admiten fotografías, vídeos, grabaciones ni pruebas físicas
  • No hay historiales médicos, informes policiales ni documentación de terceros
  • No hay testigos de los supuestos incidentes (o los testigos contradicen al solicitante)
  • Las denuncias no se ajustan a la definición legal de abuso, acoso o conducta tipificada en la ley
  • Las pruebas demuestran que los incidentes fueron de menor importancia, recíprocos, aislados o no provocaron el temor o el daño necesarios

Conflicto mutuo: Cuando ambas partes se enzarzan en discusiones o conflictos:

  • La relación se caracterizaba por discusiones verbales mutuas sin insultos
  • Ambas partes contribuyeron por igual a los conflictos
  • No hay ningún patrón de maltrato, control o dominación por tu parte
  • Los incidentes aislados de conflicto mutuo no justifican una orden de alejamiento
  • El contexto y las circunstancias no justifican la conclusión de que se haya producido un abuso que requiera la intervención judicial

Expresión protegida por la Primera Enmienda: En el caso de órdenes de alejamiento por acoso civil o violencia en el lugar de trabajo basadas en la expresión:

  • Declaraciones o expresiones protegidas por la Primera Enmienda
  • Discurso político, opinión o expresión lícita
  • Las declaraciones no constituían “amenazas reales” según los criterios constitucionales
  • Sin intención de infundir miedo ni causar daño
  • El contexto demuestra que las declaraciones no eran amenazantes

Sin “patrón de conducta”: En los casos de acoso civil que requieren un patrón de conducta:

  • Un solo incidente no basta para establecer una “línea de conducta” que requiera múltiples actos
  • Incidentes demasiado aislados o separados en el tiempo como para constituir una pauta
  • El contacto o la conducta tenían un propósito legítimo
  • No se observa ningún patrón de comportamiento acosador o inquietante
  • Comunicación o contacto normal que se ha calificado erróneamente como acoso

Violaciones constitucionales y del derecho al debido proceso:

  • Una orden de alejamiento violaría tus derechos constitucionales a la libertad de expresión, de asociación u otras conductas protegidas
  • La orden es excesivamente amplia, imprecisa o restringe de manera inadmisible una actividad lícita
  • El demandante no le notificó debidamente la notificación ni le entregó los documentos
  • No existe fundamento legal para dictar una orden de alejamiento con arreglo a la legislación aplicable
  • La orden de alejamiento se está utilizando para violar tus derechos en lugar de proteger al solicitante

El proceso de audiencia para la orden de alejamiento

Antes de la audiencia

1. Contrate inmediatamente a un abogado con experiencia: Las audiencias de órdenes de alejamiento son procedimientos cuasi judiciales con consecuencias graves y duraderas. Necesita una representación legal con experiencia para proteger sus derechos.

2. Reúna todas las pruebas pertinentes: Recopile todo lo que sea relevante para su defensa:

  • Todas las comunicaciones con el solicitante (mensajes de texto, correos electrónicos, mensajes en redes sociales, cartas, mensajes de voz)
  • Fotografías y vídeos relacionados con las acusaciones o que muestren una relación normal
  • Documentos que respalden tu defensa (recibos, calendarios, registros que demuestren que te encontrabas en otro lugar)
  • Historiales médicos (los suyos que muestren las lesiones causadas por el demandante, o historiales que contradigan las lesiones alegadas)
  • Informes policiales, llamadas al 911 o documentos oficiales relacionados con el caso
  • Cualquier prueba que contradiga las alegaciones del solicitante
  • Cartas de referencia personal (prepararlas antes de la audiencia)

3. Identificar y preparar a los testigos:

  • Determina quién puede testificar a tu favor
  • Personas que hayan presenciado los hechos en cuestión o que puedan refutar las afirmaciones del solicitante
  • Testigos de carácter que puedan dar fe de tu carácter pacífico y de tu ausencia de violencia
  • Testigos expertos, si procede (expertos en violencia doméstica, profesionales de la salud mental, peritos forenses)
  • Asegúrese de que los testigos comprendan la fecha y la hora de la audiencia, así como la importancia de su testimonio
  • Notificar citaciones a los testigos reacios para obligarlos a comparecer

4. Prepara tu testimonio:

  • Redacta un relato cronológico detallado de la relación y de los supuestos incidentes
  • Anota los hechos concretos, las fechas, las horas y los lugares que contradigan las acusaciones
  • Identificar a los testigos presentes durante los supuestos incidentes
  • Explique el contexto y las circunstancias que el solicitante omitió
  • Documentar los motivos del demandante para formular acusaciones falsas
  • Practica cómo testificar con claridad, calma y credibilidad

5. Redactar la respuesta:

  • Presentar una respuesta por escrito a la solicitud de orden de alejamiento (formulario DV-120 para violencia doméstica, CH-120 para acoso civil)
  • Incluya su versión de los hechos y las pruebas que contradigan las acusaciones
  • Notificar al solicitante antes de la audiencia
  • Presente al juez su versión de los hechos por escrito

6. Comprender los procedimientos de audiencia:

  • Las audiencias para órdenes de alejamiento suelen durar entre 30 minutos y 2 horas, dependiendo de la complejidad del caso
  • Ambas partes prestan declaración bajo juramento
  • Cada parte puede interrogar a la otra
  • Los testigos prestan declaración y pueden ser interrogados
  • Documentos, fotografías y otras pruebas presentadas ante el juez
  • El juez formula preguntas y toma una decisión basándose en todas las pruebas

En la audiencia

Llega temprano y bien preparado:

  • Llegue al juzgado de Inglewood al menos 30 minutos antes de la hora prevista para la audiencia
  • Traiga varias copias de todos los documentos y pruebas (para el juez, el demandante y sus propios archivos)
  • Al llegar, diríjase al secretario del tribunal
  • Vístete de manera profesional y sobria
  • Silencia todos los dispositivos electrónicos
  • Espere respetuosamente a que se llame su caso

Procedimientos de audiencia:

  1. Llamada del caso: El secretario llama el caso por su nombre y número
  2. Partes que han prestado juramento: Ambas partes han jurado decir la verdad bajo pena de perjurio
  3. El solicitante declara en primer lugar: el solicitante (la persona que solicitó la orden) expone primero su caso y declara sobre las alegaciones
  4. Su abogado realiza el contrainterrogatorio: Interrogamos exhaustivamente al demandante para sacar a la luz contradicciones, declaraciones falsas, exageraciones y motivos
  5. Testigos del demandante: El demandante puede presentar testigos; nosotros interrogamos a cada uno de ellos
  6. Tú das tu versión: expones tu punto de vista y explicas lo que realmente ocurrió
  7. El demandante realiza el contrainterrogatorio: El demandante o su abogado pueden contrainterrogarlo (lo prepararemos para ello)
  8. Sus testigos prestan declaración: sus testigos prestan declaración en apoyo de su defensa; el demandante puede interrogarlos
  9. Documentos y pruebas: Ambas partes presentan pruebas documentales, fotografías, mensajes de texto, etc.
  10. Alegatos finales: Cada parte resume las pruebas y los argumentos (si el tribunal lo permite)
  11. Decisión del juez: El juez toma una decisión basándose en todas las pruebas y los testimonios

Posibles resultados:

  • Orden de alejamiento denegada/desestimada: el juez considera que el solicitante no ha cumplido con la carga de la prueba; la orden temporal expira; no se ha dictado ninguna orden permanente; ya no está sujeto a la orden de alejamiento
  • Se concede una orden de alejamiento permanente: el juez considera que el demandante ha demostrado sus alegaciones y dicta una orden de alejamiento por un máximo de cinco años con restricciones específicas
  • Orden modificada: el juez dicta una orden de alejamiento, pero con condiciones menos restrictivas que las solicitadas por el demandante (por ejemplo, permite el contacto en relación con los hijos, pero prohíbe cualquier otro tipo de contacto)
  • Órdenes de alejamiento recíprocas: el juez dicta órdenes que prohíben a ambas partes ponerse en contacto entre sí (los tribunales suelen mostrarse reacios a dictarlas, pero en ocasiones las emiten)
  • Aplazamiento: La audiencia se aplaza hasta una fecha futura para recabar pruebas adicionales, testimonios o argumentos jurídicos

Negociación de acuerdos sobre órdenes de alejamiento

A veces, llegar a un acuerdo antes de la audiencia o durante la misma ofrece mejores resultados que una audiencia contenciosa.

Cuándo plantearse llegar a un acuerdo

Ventajas de la resolución negociada:

  • Evita el riesgo y la incertidumbre de una audiencia contenciosa
  • Permite un mayor control sobre el resultado y las condiciones específicas
  • Puede proteger su relación con los hijos mediante acuerdos de custodia negociados
  • Podría evitar que se dicten resoluciones formales por abuso o violencia
  • Una resolución más rápida que te permite seguir adelante
  • Costos legales reducidos en comparación con una audiencia contenciosa completa

Posibles acuerdos de conciliación:

  • Desestimación por acuerdo: Ambas partes acuerdan que se desestime la orden de alejamiento; el solicitante retira su petición
  • Acuerdo de no contacto: Las partes acuerdan evitar cualquier contacto sin una orden de alejamiento formal y sin que se hayan dictado las correspondientes resoluciones
  • Acuerdo mutuo de alejamiento: Ambas partes acuerdan mantenerse alejadas la una de la otra sin necesidad de órdenes judiciales formales
  • Condiciones modificadas: Acuerdo con condiciones menos restrictivas que protegen los intereses legítimos del solicitante, al tiempo que preservan sus derechos fundamentales
  • Archivo condicional: la orden de alejamiento se archiva a condición de que no se produzcan más incidentes; el acuerdo puede incluir disposiciones sobre la conducta futura

Cuándo es adecuado llegar a un acuerdo:

  • Las acusaciones contienen algo de verdad que hay que reconocer
  • Las pruebas indican que el riesgo de un resultado desfavorable en la audiencia contenciosa es elevado
  • Mantener la relación con los hijos es una prioridad fundamental
  • La situación laboral o profesional exige evitar que se dicten resoluciones formales o se dicte una orden de alejamiento
  • La situación migratoria exige evitar ciertas conclusiones o resoluciones
  • Una solución pragmática redunda más en su beneficio que un litigio prolongado

Cuándo defenderse en la audiencia

No te conformes cuando:

  • Esas acusaciones son totalmente falsas y tú puedes demostrarlo
  • Las condiciones del acuerdo son inaceptables o demasiado restrictivas
  • Hay pruebas contundentes que demuestran tu inocencia
  • Las motivaciones del demandante son claramente indebidas (manipulación de la custodia, venganza, acusaciones falsas)
  • Puedes ganar una audiencia contenciosa basándote en las pruebas
  • Aceptar cualquier orden de alejamiento conlleva consecuencias inaceptables (en materia de empleo, derechos sobre armas de fuego y estatus migratorio)
  • Tu reputación y tu relación con los niños exigen una absolución total

Modificación o revocación de órdenes de alejamiento

Tras la emisión de una orden de alejamiento permanente

Si se dicta una orden de alejamiento permanente en su contra, existen opciones para modificarla o revocarla:

Solicitud de modificación: La persona sujeta a la orden de alejamiento puede solicitar al tribunal que modifique los términos de dicha orden:

  • Modificar para permitir el contacto pacífico con fines legítimos
  • Modificar las disposiciones relativas a la custodia de los hijos o al régimen de visitas
  • Permitir el contacto necesario para la crianza compartida
  • Modificar las distancias de seguridad o las ubicaciones
  • Eliminar las restricciones que ya no sean necesarias

Requisitos para la modificación:

  • Presentar una solicitud de modificación ante el tribunal
  • Notificar a la persona protegida
  • Indicar los cambios que se hayan producido desde que se dictó la orden
  • Demostrar que la modificación no pondría en peligro a la persona protegida
  • Se tiene en cuenta la opinión de la persona protegida, pero no es determinante
  • La persona inmovilizada tiene la carga de la prueba de que la modificación es adecuada y segura

Solicitud de revocación o anulación: Cualquiera de las partes puede solicitar al tribunal que revoque la orden de alejamiento antes de que expire:

  • La persona protegida puede solicitar la desestimación (lo más probable es que prospere, ya que fue ella quien solicitó la orden)
  • La persona sujeta a la medida de restricción puede solicitar su revocación demostrando:
    • Las circunstancias han cambiado considerablemente
    • Ya no es necesaria la orden de alejamiento
    • Has cumplido plenamente con todas las condiciones del pedido
    • No se han producido infracciones ni incidentes desde que se dictó la orden
    • Las circunstancias actuales no justifican la prórroga de la orden

Facultad discrecional del juez: El juez tiene amplia facultad discrecional para aceptar o denegar las solicitudes de modificación o revocación. Aunque ambas partes estén de acuerdo en revocar la orden, el juez puede denegar la solicitud si considera que la orden debe mantenerse vigente por motivos de seguridad.

Antes de que expire la orden de alejamiento: La persona protegida puede solicitar la renovación de la orden de alejamiento por un período adicional de 5 años antes de que expire la orden actual:

  • Una persona protegida presenta una solicitud de renovación
  • La persona internada tiene derecho a oponerse a la prórroga en la audiencia
  • La persona protegida debe demostrar la necesidad de seguir recibiendo protección (aunque el criterio se ha flexibilizado ligeramente con respecto a la orden inicial)
  • No es necesario que se produzca un nuevo abuso: el miedo persistente derivado de la conducta inicial puede justificar la renovación
  • El juez puede prorrogar la orden por otros 5 años (o por un período más breve)
  • En teoría, la orden puede renovarse indefinidamente cada 5 años

Incumplimiento de órdenes de alejamiento

Nunca incumpla una orden de alejamiento, ni siquiera si:

  • La persona protegida se pone en contacto contigo primero (tú aún no puedes responder)
  • Te encuentras con una persona protegida por casualidad (debes marcharte de inmediato)
  • Usted considera que la orden es injusta o que se dictó indebidamente (solo un juez puede modificarla o anularla)
  • Debe recuperar sus pertenencias de la vivienda (debe solicitar una escolta policial o un permiso judicial)
  • Situación de emergencia en la que estén involucrados niños (póngase primero en contacto con la policía o con las autoridades competentes)

Consecuencias de las infracciones:

  • Detención inmediata y ingreso en prisión
  • Cargos penales (delito menor o grave, según las circunstancias)
  • Posible pena de cárcel o prisión en caso de ser declarado culpable
  • La infracción utilizada como prueba en cualquier procedimiento posterior
  • Demuestra falta de respeto hacia las órdenes judiciales
  • Hace que sea mucho más difícil obtener modificaciones o rescisiones en el futuro
  • Orden de alejamiento adicional o prórroga de la orden vigente

Preguntas frecuentes

¿Puedo ponerme en contacto con la persona que solicitó la orden de alejamiento para intentar resolver el asunto?

De ninguna manera. Una vez que se le haya notificado la orden de alejamiento, cualquier contacto constituirá un incumplimiento de la misma y podrá ser objeto de detención inmediata y de un proceso penal. Solo se permite el contacto a través de abogados o ante el tribunal.

¿Qué pasa si la persona a la que se le ha concedido la orden de alejamiento se pone en contacto conmigo primero?

Sigue sin poder responder ni ponerse en contacto. La persona protegida puede ponerse en contacto contigo sin que ello tenga consecuencias, pero si respondes o le devuelves el contacto, infringirás la orden y podrás ser detenido. Esto puede parecer injusto, pero así lo establece la ley. Si la persona protegida se pone en contacto contigo, documenta el hecho, pero no respondas, e informa a tu abogado.

¿Puedo ir a mi propia casa si hay una orden de alejamiento?

No, no si la orden de alejamiento incluye disposiciones de alejamiento o de desalojo. Incumplir la orden de alejamiento conlleva el arresto, incluso si se trata de tu propia vivienda. La única forma de regresar es con escolta policial para recoger tus pertenencias, obtener permiso del tribunal o lograr que se modifique o se revoque la orden de alejamiento.

¿Aparecerá una orden de alejamiento en las verificaciones de antecedentes?

Sí. Las órdenes de alejamiento son registros judiciales públicos que aparecen en la mayoría de las verificaciones de antecedentes realizadas por empleadores, arrendadores, organismos de concesión de licencias y otras entidades. No pueden eliminarse ni sellarse por completo, aunque se desestimen posteriormente; no obstante, la desestimación ayuda a minimizar su impacto.

¿Puedo solicitar que se elimine o se selle mi orden de alejamiento?

La legislación de California no permite la eliminación o el sellado de las órdenes de alejamiento civiles de la misma manera que se pueden eliminar las condenas penales. Los registros siguen siendo públicos; sin embargo, si la orden de alejamiento se desestima en la audiencia o posteriormente, dicha desestimación aparece en los registros y se puede mencionar para explicar la situación.

¿Y si las acusaciones son completamente falsas?

Lamentablemente, las acusaciones falsas son habituales en los casos de órdenes de alejamiento, sobre todo cuando hay disputas por la custodia. Debe reunir pruebas, identificar a los testigos y presentar una defensa sólida en la audiencia para demostrar que las acusaciones son falsas. Con una representación legal adecuada y pruebas convincentes, es posible ganar los casos de acusaciones falsas, lo que da lugar a la anulación de la orden de alejamiento.

¿Debería representarme a mí mismo en la audiencia de la orden de alejamiento?

Se desaconseja encarecidamente. Las audiencias de órdenes de alejamiento son procedimientos legales complejos con consecuencias graves y duraderas. A las partes que se representan a sí mismas casi siempre les va peor que a aquellas que cuentan con una representación legal experimentada. Se aplican las normas sobre la prueba, es necesario comprender los criterios jurídicos y un contrainterrogatorio eficaz requiere habilidad y experiencia. Es fundamental invertir en representación legal.

¿Se puede revocar una orden de alejamiento una vez dictada?

Sí, pero es difícil. Puedes presentar una moción para modificar o revocar la orden de alejamiento alegando un cambio en las circunstancias, la falta de necesidad o que dicha orden nunca debió haberse dictado. Sin embargo, recae sobre ti la carga de probar que la orden debe ser revocada. El consentimiento de la persona protegida para la revocación ayuda, pero no garantiza que el juez la conceda.

¿Cuánto tiempo duran las órdenes de alejamiento?

Las órdenes de alejamiento provisionales tienen vigencia hasta la fecha de la audiencia (por lo general, entre 21 y 25 días). Las órdenes de alejamiento permanentes pueden tener una vigencia de hasta 5 años. Las órdenes pueden renovarse por períodos adicionales de 5 años de forma indefinida si la persona protegida solicita la renovación antes de que caduquen.

¿Y si me encuentro por casualidad con esa persona en una tienda o en un lugar público?

Abandone inmediatamente la zona. No se acerque, ni hable, ni establezca contacto visual con la persona protegida. Incluso un contacto accidental puede considerarse una infracción. Si los encuentros son inevitables debido a que viven en la misma zona, documente que el contacto fue accidental y que se retiró de inmediato.

¿Afectará la orden de alejamiento a mis derechos de custodia de mis hijos?

Sí, las órdenes de alejamiento suelen afectar gravemente a los derechos de custodia. Según el artículo 3044 del Código de Familia de California, una orden de alejamiento por violencia doméstica genera una presunción refutable de que otorgar la custodia al progenitor sujeto a la orden va en contra del interés superior del menor. Esto hace que recuperar la custodia sea muy difícil. Proteger los derechos de custodia es una razón fundamental para impugnar enérgicamente las órdenes de alejamiento.

¿Puedo llamar a la policía si la persona a la que se le ha impuesto una orden de alejamiento me está acosando?

Sí, puedes y debes llamar a la policía si estás siendo acosado, amenazado o si tu seguridad está en peligro, incluso si existe una orden de alejamiento en tu contra. También es posible que puedas solicitar tu propia orden de alejamiento contra esa persona, dependiendo de las circunstancias. Documenta todos los casos de acoso y consulta con un abogado sobre las opciones disponibles.

¿Por qué elegir a Tu Defensor Criminalista?

Amplia experiencia en la defensa de órdenes de alejamiento: Hemos defendido con éxito cientos de casos de órdenes de alejamiento en todo el condado de Los Ángeles, incluido el juzgado de Inglewood, logrando resultados favorables para nuestros clientes.

Comprensión de la dinámica de las acusaciones falsas: Sabemos que las acusaciones falsas son habituales en los procedimientos de órdenes de alejamiento, especialmente en los litigios por la custodia, y sacamos a la luz de manera enérgica las motivaciones que se esconden tras ellas.

Preparación minuciosa para la audiencia: Llevamos a cabo una investigación exhaustiva, recopilamos todas las pruebas, preparamos a los testigos y elaboramos una estrategia para la audiencia con el fin de maximizar sus posibilidades de revocar la orden de alejamiento permanente.

Protegiendo sus derechos y sus relaciones: Luchamos para evitar órdenes de alejamiento que dañen su reputación, restrinjan su relación con sus hijos, afecten a su empleo y violen sus libertades civiles.

Conocimiento del juzgado local de Inglewood: Comparecemos habitualmente en el juzgado de Inglewood, conocemos a los jueces locales y los procedimientos, y sabemos cómo se tramitan los casos de órdenes de alejamiento en esta jurisdicción concreta.

Servicios jurídicos bilingües: Ofrecemos servicios en español con total fluidez para aquellos clientes que se sientan más cómodos hablando en español sobre asuntos delicados relacionados con la familia y las relaciones personales. Hablamos español.


Disponibilidad las 24 horas del día, los 7 días de la semana: Las órdenes de alejamiento son situaciones de emergencia que requieren atención inmediata. Estamos disponibles las 24 horas del día para brindarle asistencia urgente en caso de que le entreguen los documentos de una orden de alejamiento.

Una representación compasiva pero firme: Somos conscientes de que las órdenes de alejamiento afectan a las familias y a las relaciones. Le ofrecemos apoyo y orientación con empatía, al tiempo que luchamos con firmeza para proteger sus derechos, su reputación y su relación con sus hijos.

Actúa de inmediato

Si te han notificado una orden de alejamiento temporal, el tiempo es fundamental. La audiencia suele programarse en un plazo de 21 a 25 días; debes actuar de inmediato.

No hagas caso de la orden de alejamiento.
No incumpla ninguna de las condiciones de la orden judicial provisional.
No intente ponerse en contacto con la persona protegida bajo ningún concepto.
Cumpla estrictamente con todas las condiciones de la orden de alejamiento.
Contrate inmediatamente a un abogado con experiencia en la defensa de órdenes de alejamiento.
Reúna todas las pruebas que respalden su defensa.
Prepárese bien para la audiencia.

Tus derechos, tu reputación y tu relación con tus hijos están en juego. No te enfrentes solo a la audiencia de la orden de alejamiento.

Información de contacto

Zonas que atendemosAtendemos Inglewood y comunidades cercanas
IdiomasInglés y español (Hablamos Español)
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Vale la pena luchar por tu libertad y tu permiso de conducir. Llama ahora: estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana, para defender tus derechos.

No dejes que las acusaciones falsas o una orden de alejamiento injusta destruyan tu vida, tu reputación y tu relación con tus hijos. Llama ahora a Tu Defensor Criminalista al (888) 315-3326 para recibir asistencia inmediata con su caso de orden de alejamiento en Inglewood. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana, para proteger sus derechos, defenderlo frente a acusaciones falsas y luchar por el mejor resultado posible. Contáctenos hoy mismo: su futuro depende de ello.


Fuentes

  1. Tribunales de California (courts.ca.gov)
  2. Oficina del Censo de los Estados Unidos (census.gov)
  3. Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles (lasd.org)
  4. Fiscalía del Condado de Los Ángeles (da.lacounty.gov)
  5. Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (uscis.gov)

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