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Abogado defensor especializado en delitos relacionados con armas en Inglewood, California

Índice

Un hombre esposado de pie junto a un coche con una pistola sobre el capó

Si te enfrentas a cargos relacionados con armas en Inglewood, California, te enfrentas a algunas de las acusaciones penales más graves del sistema legal del estado. Los delitos relacionados con armas conllevan sanciones severas, entre las que se incluyen penas mínimas obligatorias de prisión, prohibiciones de por vida para portar armas de fuego, condenas en virtud de la Ley de los Tres Delitos de California y consecuencias colaterales devastadoras que pueden arruinar tu carrera, tu estatus migratorio y tus derechos constitucionales. Ya sea que haya sido acusado de portar un arma oculta, posesión de un arma de fuego por parte de un delincuente, agresión con un arma mortal, posesión ilegal de municiones o cualquier otro delito relacionado con armas, necesita un abogado con experiencia en defensa penal que luche agresivamente para proteger sus derechos y su libertad. En Tu Defensor Criminalista, brindamos representación de defensa experta y estratégica a clientes en todo Inglewood y el condado de Los Ángeles que enfrentan cargos por armas.

Entender los delitos con armas en Inglewood, California

Inglewood es una ciudad diversa y dinámica del condado de Los Ángeles, con una población de aproximadamente 102 774 habitantes. Como sede de recintos de talla mundial, entre los que se incluyen el SoFi Stadium, el Forum y el complejo de entretenimiento Hollywood Park, Inglewood ha experimentado una enorme transformación y un gran crecimiento económico en los últimos años. Sin embargo, al igual que en muchas zonas urbanas del sur de California, los delitos relacionados con armas siguen siendo una preocupación importante para las fuerzas del orden y la fiscalía locales.

Según el Programa de Informes Uniformes sobre Delitos (UCR) del FBI[1], las infracciones relacionadas con armas se registran como una categoría específica de delitos penales; en los últimos años, las armas de fuego han estado involucradas en aproximadamente el 74,3 % de los homicidios y el 41,1 % de los robos a nivel nacional. El Departamento de Justicia de California[2] informa de que las detenciones relacionadas con armas siguen siendo una prioridad para las fuerzas del orden en todo el estado.

Concretamente en el condado de Los Ángeles, el Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles[3] destina importantes recursos a la investigación y el enjuiciamiento de los delitos relacionados con armas. Según el Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF)[4], California cuenta con algunas de las leyes sobre armas más estrictas del país, lo que hace que sea relativamente fácil infringir sin darse cuenta la normativa en materia de armas.


El Centro Giffords para la Prevención de la Violencia con Armas de Fuego[5] clasifica a California como el estado con las leyes sobre armas más estrictas de Estados Unidos, con una normativa exhaustiva que regula la compra, la posesión, el porte y el uso de armas de fuego. Estas estrictas leyes implican que conductas que podrían ser legales en otros estados pueden dar lugar a graves cargos por delitos graves en California.

Comprender los cargos específicos que se le imputan es el primer paso fundamental para elaborar una estrategia de defensa eficaz. La legislación de California define numerosas categorías de delitos relacionados con armas, cada una con sus propios elementos constitutivos, defensas y sanciones.

Delitos relacionados con armas en California: definiciones y sanciones

Código Penal de California, artículo 25400: Portación de armas de fuego ocultas

El artículo 25400 del Código Penal de California prohíbe llevar un arma de fuego oculta, ya sea sobre la persona o en un vehículo. Se considera que un arma de fuego está “oculta” si queda sustancialmente fuera de la vista.

Se trata de un delito «wobbler» que puede ser tipificado como delito menor o como delito grave, según las circunstancias:

Sanciones por delitos menores:

  • Hasta un año en la cárcel del condado
  • Una multa de hasta 1.000 TP4T1
  • Libertad condicional resumida

Sanciones por delitos graves:

  • 16 meses, dos años o tres años en la cárcel del condado
  • Una multa de hasta 10 000 TP4T1
  • Libertad condicional formal

El delito se agrava (con cargos obligatorios por delito grave) si:

  • Tiene antecedentes penales por un delito grave o por tenencia ilícita de armas
  • El arma de fuego fue robada.
  • Se prohíbe la posesión de armas de fuego.
  • Eres miembro activo de una banda callejera criminal
  • El arma estaba cargada y tú no eras el propietario registrado

Código Penal de California, artículo 25850: Portación de un arma de fuego cargada en público

El artículo 25850 del Código Penal prohíbe llevar un arma de fuego cargada, ya sea sobre la persona o en un vehículo, mientras se se encuentre en un lugar público o en una vía pública dentro de una ciudad incorporada o en una zona prohibida.

Esta es también una infracción de tipo «wobbler», con sanciones similares a las del artículo 25400 del Código Penal:

Sanciones por delitos menores:

  • Hasta un año en la cárcel del condado
  • Multas

Sanciones por delitos graves:

  • 16 meses, dos años o tres años en la cárcel del condado

Se aplicarán sanciones más severas si usted no es el propietario legítimo del arma de fuego, si el arma fue robada o si tiene antecedentes penales.

Código Penal de California, artículo 29800: Delincuente en posesión de un arma de fuego

El artículo 29800 del Código Penal prohíbe a cualquier persona condenada por un delito grave poseer, adquirir, recibir o tener en su poder cualquier arma de fuego. Este es uno de los delitos relacionados con armas que más se persiguen en California.

Según el Departamento de Justicia de California[6], California cuenta con el Sistema de Personas Prohibidas de Portar Armas (APPS), que identifica a las personas a las que la ley prohíbe poseer armas de fuego, pero que tienen armas registradas a su nombre.

La posesión de un arma de fuego por parte de un delincuente siempre se considera un delito grave, cuyas sanciones incluyen:

  • 16 meses, dos años o tres años en una prisión estatal
  • Una multa de hasta 10 000 TP4T1
  • Agravantes adicionales de la pena si el delito grave anterior fue un delito grave violento o un delito grave de gran gravedad

Código Penal de California, artículo 245(a)(2) – Agresión con arma de fuego

El artículo 245(a)(2) del Código Penal tipifica como delito la agresión con arma de fuego. Para que se produzca este delito no es necesario que se dispare el arma; el mero hecho de apuntar a alguien con un arma de fuego de manera amenazante puede constituir una agresión con arma de fuego.

Se trata de un delito grave punible con:

  • Dos, tres o cuatro años en una prisión estatal
  • Años adicionales si se disparó el arma
  • Un “delito” según la Ley de los Tres Delitos de California
  • Prohibición de por vida de armas de fuego

Si la víctima era un agente del orden público o un bombero, las penas se incrementan a:

  • Cuatro, seis u ocho años en una prisión estatal
  • Agravantes adicionales en la imposición de la pena

Código Penal de California, artículo 246: Disparos contra una vivienda habitada o un vehículo ocupado

El artículo 246 del Código Penal prohíbe disparar de forma maliciosa y deliberada un arma de fuego contra una vivienda habitada, un edificio ocupado, un vehículo motorizado ocupado, una aeronave ocupada o una autocaravana o caravana habitada.

Se trata de un delito grave punible con:

  • Tres, cinco o siete años en una prisión estatal
  • Un “delito” según la Ley de los Tres Delitos de California
  • Agravantes adicionales en la pena si alguien resultó herido

Según el Tribunales de California[7], el artículo 246 del Código Penal es uno de los delitos relacionados con armas que se persigue con mayor rigor debido al grave peligro que supone para la seguridad pública.

Código Penal de California, artículo 417: Esgrimir un arma o un arma de fuego

El artículo 417 del Código Penal prohíbe desenfundar o exhibir un arma mortal o un arma de fuego de manera grosera, airada o amenazante en presencia de otra persona.

Esgrimir un arma letal (que no sea de fuego):

  • Delito menor: hasta un año de prisión en la cárcel del condado

Esgrimir un arma de fuego:

  • Delito menor: De tres meses a un año en la cárcel del condado (mínimo obligatorio de tres meses)
  • Delito grave (si se esgrime en presencia de un agente del orden público o en determinadas circunstancias): 16 meses, dos años o tres años en una prisión estatal

Código Penal de California, artículo 30305 – Posesión de municiones por parte de personas a las que está prohibida

El artículo 30305 del Código Penal establece que es ilegal que cualquier persona a la que se le haya prohibido la posesión de armas de fuego sea propietaria o posea municiones. Esto incluye:

  • Delincuentes condenados
  • Personas condenadas por determinados delitos menores violentos
  • Personas sujetas a órdenes de alejamiento por violencia doméstica
  • Las personas con determinados trastornos de salud mental

La infracción es un delito grave o un delito menor punible con:

  • Delito menor: hasta un año de prisión en la cárcel del condado
  • Delito grave: 16 meses, dos años o tres años en la cárcel del condado

Código Penal de California, artículo 16590: Posesión de armas prohibidas

El artículo 16590 del Código Penal prohíbe fabricar, importar, vender, regalar, prestar o poseer determinadas “armas prohibidas”, entre las que se incluyen:

  • Escopetas o rifles de cañón corto
  • Pistolas de bricolaje
  • Fusiles de caña
  • Pistolas poco convencionales
  • Armas de fuego indetectables
  • Activadores de disparo multirráfaga
  • Nunchaku (en determinados contextos)
  • Ciertos cuchillos, incluidos los cuchillos balísticos

La infracción es un delito de doble calificación punible con:

  • Delito menor: hasta un año de prisión en la cárcel del condado
  • Delito grave: 16 meses, dos años o tres años en la cárcel del condado

Código Penal de California, artículo 12022.53 – Agravante por arma de fuego “10-20-Life”

La ley “10-20-Life” de California, contemplada en el artículo 12022.53 del Código Penal, impone penas de prisión consecutivas adicionales cuando se utilizan armas de fuego en la comisión de determinados delitos graves:

  • 10 años: Por el uso de un arma de fuego durante la comisión de un delito grave
  • 20 años: Por disparar un arma de fuego de forma intencionada
  • De 25 años a cadena perpetua: Por disparar un arma de fuego causando lesiones graves o la muerte

Estas agravantes se suman sucesivamente a la pena base del delito grave subyacente, lo que aumenta considerablemente la duración total de la pena de prisión.

Código Penal de California, artículo 12021.5 – Posesión de armas de fuego por parte de personas condenadas por determinados delitos violentos

El artículo 12021.5 del Código Penal aborda específicamente la posesión de armas de fuego por parte de personas que hayan sido condenadas anteriormente por delitos violentos, entre los que se incluyen la agresión, la agresión con lesiones, el robo y ciertos delitos sexuales. Las sanciones son más severas que las previstas para los cargos habituales por posesión ilegal de armas por parte de personas condenadas por delitos graves.

Código Penal de California, artículo 26100: Tiroteo desde un vehículo en marcha

El artículo 26100 del Código Penal prohíbe disparar un arma de fuego desde un vehículo motorizado. Se trata de un delito grave punible con:

  • Tres, cinco o siete años en una prisión estatal
  • Agravantes adicionales si los hechos se cometen en beneficio de una banda criminal callejera

Estadísticas sobre delitos con armas en Inglewood y el condado de Los Ángeles

Comprender el alcance de los delitos relacionados con armas en su comunidad ofrece un contexto importante para estos cargos. Según el Sistema de personas a las que se les prohíbe portar armas del Departamento de Justicia de California[8], California cuenta con una de las bases de datos más completas del país para el seguimiento de las personas a las que se les ha prohibido la posesión de armas de fuego.

El Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos[4] señala que las solicitudes de rastreo de armas de fuego en California ascienden a decenas de miles al año, lo que refleja el volumen de investigaciones relacionadas con armas que llevan a cabo las fuerzas del orden.

Según el Sistema Nacional de Verificación Instantánea de Antecedentes Penales (NICS) del FBI[9], cada año se realizan millones de verificaciones de antecedentes para la compra de armas de fuego en California, y miles de solicitudes son denegadas debido a factores que impiden su concesión.

El Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles[3] señala que las infracciones relacionadas con armas constituyen una categoría importante de detenciones en todo el condado, con una mayor presencia policial en las zonas afectadas por la actividad de las pandillas o los delitos violentos.


Datos de Explorador de barrios[10] indica que, si bien Inglewood ha logrado avances en la reducción de los delitos violentos en los últimos años, los delitos relacionados con armas siguen siendo una prioridad para las fuerzas del orden a medida que la ciudad continúa su desarrollo económico y su transformación.

El Departamento de Justicia de California[2] incluye las infracciones relacionadas con armas como una categoría específica en sus informes sobre delincuencia, lo que demuestra una aplicación coherente de la legislación sobre armas en todo el estado.

Según el Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC)[11], California tiene una de las tasas más bajas de mortalidad por armas de fuego del país, lo que sus defensores atribuyen a las estrictas leyes estatales de control de armas. Sin embargo, estas mismas leyes estrictas implican que incluso las infracciones técnicas pueden dar lugar a graves cargos penales.

Estas estadísticas ponen de manifiesto por qué los delitos relacionados con armas se persiguen con tanta dureza en Inglewood y en todo el condado de Los Ángeles, y por qué usted necesita un abogado defensor con experiencia que conozca tanto las complejidades legales como el sistema judicial local.

Las consecuencias colaterales de una condena por tenencia de armas

Más allá de las sanciones penales inmediatas, como las penas de prisión y las multas, una condena por tenencia de armas acarrea consecuencias colaterales devastadoras:

Pérdida de por vida del derecho a poseer armas

Según la legislación de California y la ley federal, una condena por un delito grave conlleva la prohibición de por vida de poseer, adquirir, recibir o tener en su poder armas de fuego o municiones. Incluso las condenas por delitos menores relacionados con armas pueden acarrear prohibiciones de 10 años para la tenencia de armas de fuego.

Según el Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos[12], la ley federal prohíbe la posesión de armas de fuego a las personas condenadas por delitos punibles con más de un año de prisión, por lo que la mayoría de las condenas por delitos graves en California suponen una inhabilitación.

Consecuencias migratorias

Para las personas que no son ciudadanas, las condenas por delitos relacionados con armas acarrean graves consecuencias en materia de inmigración. Según la ley federal de inmigración, los delitos relacionados con armas de fuego se consideran:

  • Delitos graves con agravantes: Deportación obligatoria sin prácticamente ninguna posibilidad de exención
  • Delitos que entrañan depravación moral: Puede dar lugar a la inadmisibilidad y a la expulsión

Incluso los residentes permanentes legales (titulares de la tarjeta verde) se enfrentan a la deportación por condenas relacionadas con armas. Si no es ciudadano estadounidense, es absolutamente fundamental que su abogado defensor conozca la legislación migratoria y plantee cualquier solución de manera que proteja su estatus migratorio.

Consecuencias laborales

Las condenas por delitos relacionados con armas dificultan enormemente la búsqueda de empleo porque:

  • La mayoría de los empleadores realizan verificaciones de antecedentes y descartan a los candidatos con condenas relacionadas con armas
  • Es posible que te despidan de tu trabajo actual, sobre todo si se trata de puestos que requieren autorizaciones de seguridad o verificaciones de antecedentes
  • Las licencias profesionales en ámbitos como la seguridad, las fuerzas del orden, el ejército, la atención médica, la educación y el derecho pueden ser denegadas o revocadas
  • Muchos puestos públicos están excluidos de forma permanente para las personas condenadas por delitos relacionados con armas

Dificultades de vivienda

Los propietarios suelen realizar verificaciones de antecedentes penales. Una condena por tenencia de armas puede:

  • Da lugar a la denegación automática de las solicitudes de alquiler
  • Te inhabilitará para acceder a la vivienda pública y a la ayuda de la Sección 8
  • Dar lugar al desalojo de la vivienda actual

Licencias profesionales

Si usted posee o está solicitando una licencia profesional, una condena por un delito relacionado con armas puede acarrear:

  • Denegación de solicitudes de licencia iniciales
  • Revocación o suspensión de licencias vigentes
  • Condiciones del período de prueba
  • Información obligatoria para clientes o pacientes

Los organismos reguladores de las profesiones de California consideran que las condenas por delitos relacionados con armas constituyen una prueba grave de la falta de aptitud para el ejercicio de la profesión.

Pérdida del derecho a voto

Aunque California ha restablecido el derecho al voto a las personas en libertad condicional o bajo palabra (a partir de 2021), no se puede votar mientras se esté encarcelado por una condena por delito grave.

Prestaciones federales

Ciertas condenas por delitos relacionados con armas pueden impedir que recibas prestaciones federales, como préstamos estudiantiles, vivienda pública y otras formas de ayuda gubernamental.

Ley de los tres delitos

Muchos delitos relacionados con armas se consideran “delitos graves” en virtud de la Ley de los Tres Delitos Graves de California. Según la Departamento de Correccionales y Rehabilitación de California[13], una condena por «tercer delito grave» duplica la pena por cualquier delito grave posterior y puede acarrear una pena de entre 25 años y cadena perpetua en caso de un tercer delito grave.

Defensas habituales ante los cargos por tenencia de armas

En Tu Defensor Criminalista, hemos defendido con éxito a cientos de clientes acusados de delitos relacionados con armas, utilizando estrategias de defensa adaptadas a cada caso. Entre las estrategias de defensa más eficaces se incluyen:

Registro e incautación ilegales

La Cuarta Enmienda te protege contra registros e incautaciones injustificados. Si las autoridades descubrieron el arma mediante un registro ilegal, podemos presentar una moción para excluir las pruebas en virtud del artículo 1538.5 del Código Penal. Entre los casos más comunes se incluyen:

  • Controles de tráfico sin sospecha razonable ni causa probable
  • Registros de vehículos sin consentimiento, orden judicial ni justificación legal
  • Registros domiciliarios sin órdenes de registro válidas
  • Búsquedas que exceden el alcance del consentimiento
  • Registros basados en perfiles raciales o controles sin motivo justificado

Si el registro fue ilegal, las pruebas relacionadas con el arma deben excluirse, lo que a menudo da lugar a la desestimación de todos los cargos.

Falta de conocimiento

Muchos cargos por tenencia de armas exigen que se haya tenido la arma a sabiendas. Si usted no sabía que la arma estaba allí —por ejemplo, si estaba escondida en un vehículo que conducía o en una casa que estaba visitando—, no debería ser condenado.

Recopilamos pruebas, entre las que se incluyen:

  • Declaraciones de testigos sobre la propiedad
  • Pruebas forenses (huellas dactilares, ADN)
  • Declaración sobre su imposibilidad de acceder a la zona donde se encontró el arma
  • Pruebas de que otras personas tuvieron acceso al lugar

Falta de posesión

La fiscalía debe demostrar que tenías el arma en tu poder, ya sea de forma efectiva (llevándola contigo) o de forma constructiva (tenías control sobre ella). Si el arma se encontraba en un área común accesible a varias personas, es posible que la fiscalía no pueda demostrar que la tenías en tu poder.

Posición momentánea por motivos de seguridad

La legislación de California reconoce como defensa la posesión momentánea de un arma con fines de seguridad. Por ejemplo, si usted tomó brevemente un arma de fuego para asegurarla y evitar daños, esto podría constituir una defensa válida.

Legítima defensa

En determinadas circunstancias, la posesión de un arma puede justificarse por la necesidad inmediata de defenderse. Aunque esta defensa tiene un alcance limitado, puede resultar eficaz cuando se creía razonablemente que se enfrentaba a un peligro inminente.

Condena por delito grave nula

En el caso de los cargos en virtud del artículo 29800 del Código Penal (delincuente con arma de fuego), podemos impugnar si la condena anterior realmente constituye un delito grave. Es posible que algunos delitos se hayan rebajado a delitos menores en virtud de la Proposición 47 o que se hayan eliminado de los antecedentes penales, lo que podría restablecer el derecho a portar armas.

Identidad equivocada

En los casos en los que intervienen varias personas, es posible que los testigos o la policía te hayan identificado erróneamente como la persona que portaba el arma. Impugnamos las identificaciones mediante:

  • Contrainterrogatorio de los testigos oculares
  • Pruebas de coartada
  • Vídeo de vigilancia
  • Testimonio pericial sobre la fiabilidad de la identificación

Permiso o licencia

Algunos delitos relacionados con armas cuentan con excepciones para las personas que cuentan con los permisos o licencias correspondientes. Investigamos si usted poseía permisos válidos, si se aplican excepciones o si las infracciones de carácter técnico no deberían dar lugar a un proceso penal.

Violación de los derechos Miranda

Si la policía te interrogó mientras estabas detenido sin informarte primero de tus derechos Miranda (derecho a guardar silencio, derecho a un abogado), cualquier declaración que hayas hecho debe ser excluida como prueba.

Evidencia insuficiente

La fiscalía debe demostrar todos los elementos más allá de toda duda razonable. Si las pruebas son débiles, circunstanciales o contradictorias, solicitamos la desestimación del caso o la absolución.

Nuestro enfoque en materia de defensa contra armas en Inglewood

En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una representación legal integral que incluye:

Investigación inmediata y evaluación del caso

Nos ponemos manos a la obra de inmediato para:

  • Revisar todos los informes policiales, órdenes de registro y pruebas
  • Entrevistar a los testigos.
  • Obtener las grabaciones de las cámaras corporales y de las cámaras de salpicadero
  • Examinar las pruebas materiales y los informes forenses
  • Consulte con expertos en armas de fuego, especialistas forenses e investigadores
  • Evalúa si se han violado tus derechos constitucionales

Una investigación temprana suele revelar pruebas fundamentales para su defensa.

Intervención estratégica previa a la presentación

En muchos casos, intervenimos antes de que se presenten cargos formales, presentando pruebas a los fiscales que demuestran:

  • Tu inocencia
  • Violaciones constitucionales
  • Falta de pruebas
  • Circunstancias atenuantes que desaconsejan el enjuiciamiento

Nuestra intervención temprana ha evitado que se presentaran cargos en numerosos casos.

Práctica de mociones agresivas

Presentamos mociones estratégicas previas al juicio, entre las que se incluyen:

  • Solicitudes de exclusión de pruebas obtenidas mediante registros ilegales
  • Pitchess solicita los expedientes personales de los agentes de policía
  • Solicitudes de desestimación por falta de pruebas
  • Solicitudes de exclusión de pruebas perjudiciales

Las mociones que prosperan suelen dar lugar a la desestimación de los cargos.

Negociación experta

Aprovechamos nuestra experiencia y nuestras relaciones con los fiscales del condado de Los Ángeles para negociar resultados favorables, entre los que se incluyen:

  • Desestimación de todos los cargos
  • Reducción de delito grave a delito menor
  • Reducción a delitos no relacionados con armas
  • Programas de desviación
  • Libertad condicional en lugar de prisión

Habilidad en la defensa judicial

Cuando es necesario, llevamos su caso a juicio. Nuestros abogados se destacan en:

  • Selección de jurados favorables
  • Cómo presentar alegatos iniciales y finales convincentes
  • Llevar a cabo un interrogatorio devastador a los testigos de la acusación
  • Presentación de pruebas de descargo convincentes y testimonios de expertos
  • Generar una duda razonable

Hemos logrado numerosos veredictos de inocencia en casos relacionados con armas.

Recurso posterior a la condena

Incluso tras la condena, seguimos luchando mediante:

  • Presentación de apelaciones
  • Solicitud de terminación anticipada de la libertad condicional
  • Solicitud de eliminación de antecedentes penales en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal
  • Solicitar certificados de rehabilitación
  • Solicitan indultos del gobernador para recuperar el derecho a portar armas

El proceso judicial en los casos relacionados con armas en Inglewood

Los casos relacionados con armas en Inglewood se juzgan en el Palacio de Justicia de Inglewood, que forma parte del sistema del Tribunal Superior del Condado de Los Ángeles, ubicado en:

Juzgado de Inglewood One Regent Street, Inglewood, CA 90301

Comprender el proceso judicial te ayuda a tomar decisiones informadas.

Detención y registro

Las detenciones por tenencia de armas suelen producirse:

  • Durante los controles de tráfico en los que se descubren armas de fuego
  • Durante la ejecución de órdenes de registro
  • Durante las entrevistas sobre el terreno o los registros de libertad condicional
  • En aeropuertos u otros lugares seguros

Tras su detención, se le tomarán los datos personales, se le tomarán las huellas dactilares y permanecerá detenido a la espera de la lectura de cargos. La fianza por delitos relacionados con armas puede ser considerable.

Lectura de cargos

En su primera comparecencia ante el tribunal:

  • El juez le informa de los cargos
  • Usted debe declarar su postura ante el tribunal (le recomendamos que se declare inocente)
  • Se fija o modifica la fianza
  • La próxima cita en el tribunal está programada

Reuniones previas al juicio

Durante las audiencias previas al juicio, su abogado:

  • Recibir y examinar las pruebas de la acusación
  • Presentar y defender mociones previas al juicio
  • Negociar con los fiscales
  • Prepararse para la audiencia preliminar o el juicio

Audiencia preliminar (casos de delitos graves)

En la audiencia preliminar:

  • Los fiscales presentan pruebas para demostrar la causa probable
  • Tu abogado interroga a los testigos
  • El juez determina si existen pruebas suficientes para continuar con el proceso

Las audiencias preliminares ofrecen una valiosa oportunidad para evaluar los argumentos de la fiscalía.

Juicio

Si su caso llega a juicio:

  • Tiene derecho a un juicio con jurado
  • Los fiscales deben demostrar la culpabilidad más allá de toda duda razonable
  • Tu abogado presenta tu defensa
  • El jurado delibera y emite un veredicto

Si se le declara inocente, queda absuelto. Si se le declara culpable, el caso pasa a la fase de imposición de la pena.

Sentencia

Al dictar sentencia, el juez tiene en cuenta:

  • La naturaleza del delito
  • Sus antecedentes penales
  • Recomendaciones sobre la libertad condicional
  • Repercusiones para la víctima (si procede)
  • Los argumentos atenuantes de su abogado

Presentamos pruebas convincentes a favor de una sentencia indulgente.

Las estrictas leyes de control de armas de California

California ha promulgado una legislación integral sobre el control de armas que hace que sea relativamente fácil infringir las leyes sobre armas sin darse cuenta. Según el Centro Jurídico Giffords[5], Las leyes sobre armas de California incluyen:

  • Verificación universal de antecedentes para todas las compras de armas de fuego
  • Período de espera de 10 días para la compra de armas de fuego
  • Prohibición de las armas de asalto
  • Restricciones sobre los cargadores de gran capacidad
  • “Órdenes de protección por riesgo extremo (”bandera roja»)
  • Obligación de notificar la pérdida o el robo de armas de fuego
  • Restricciones al porte de armas a la vista y al porte oculto
  • Prohibiciones relativas a las armas fantasma y las armas de fuego sin número de serie

El Departamento de Justicia de California Oficina de Armas de Fuego[6] ofrece información detallada sobre la compleja normativa de California en materia de armas de fuego.

Medidas de desviación y penas alternativas

En los casos que lo justifiquen, los acusados pueden optar a penas alternativas:

Programa de desviación previa al juicio

En virtud del artículo 1001.95 del Código Penal de California, los tribunales tienen la facultad discrecional de conceder un programa de desviación previa al juicio para determinados delitos. Si el programa se completa con éxito, los cargos se desestiman sin que se dicte sentencia condenatoria.

Derivación por motivos de salud mental

De conformidad con el artículo 1001.36 del Código Penal, los acusados que padezcan trastornos de salud mental que cumplan los requisitos podrán recibir tratamiento en lugar de ser procesados.

Tribunal de Tratamiento para Veteranos

Los veteranos acusados de delitos relacionados con armas pueden tener derecho a participar en programas de tratamiento especializados.

Aplazamiento de la sentencia

En algunos casos, el tribunal puede aplazar la sentencia hasta que se hayan completado el asesoramiento y los programas, y desestimar el caso una vez finalizados con éxito.

¿Por qué elegir Tu Defensor Criminalista?

Si te enfrentas a cargos relacionados con armas, necesitas un abogado que:

Amplia experiencia en defensa contra armas

Nuestros abogados han defendido miles de casos relacionados con armas, entre ellos la tenencia de armas de fuego ocultas, la posesión de armas por parte de personas condenadas por delitos graves, la agresión con armas de fuego y todo tipo de delitos relacionados con armas.

Historial probado

Hemos logrado:

  • Desestimación de cargos graves por delitos relacionados con armas
  • Veredictos de «no culpable» en el juicio
  • Exclusión satisfactoria de las pruebas obtenidas ilegalmente
  • Reducción de delito grave a delito menor
  • Penas alternativas y programas de desviación

Información sobre los tribunales locales

Ejercemos habitualmente en el juzgado de Inglewood y en todo el condado de Los Ángeles, y contamos con relaciones consolidadas con jueces y fiscales.

Representación personalizada

Tratamos a cada cliente de forma personalizada, dedicando tiempo a comprender su situación y a desarrollar estrategias de defensa a medida. Usted trabajará directamente con abogados con amplia experiencia.

Servicios bilingües

Hablamos inglés y español con fluidez (Hablamos Español), lo que garantiza una comunicación clara durante todo el proceso de su caso.

Disponibilidad las 24 horas del día, los 7 días de la semana

Las detenciones por tenencia de armas suelen producirse por la noche o durante los fines de semana. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana. Podemos reunirnos con usted mientras se encuentra detenido, pagar su fianza y comenzar su defensa de inmediato.

Defensa agresiva

No nos da miedo llevar los casos a juicio y hemos conseguido numerosos veredictos de «no culpable» en casos relacionados con armas.

Entender la prohibición de las armas de asalto en California

California prohíbe la posesión de armas de asalto, tal y como se definen en el artículo 30515 del Código Penal de California. Según el Departamento de Justicia de California[14], Las armas de asalto incluyen:

  • Marcas y modelos específicos enumerados por su nombre
  • Armas de fuego con determinadas características prohibidas
  • .Rifles .50 BMG

La posesión ilegal de armas de asalto es un delito grave punible con pena de prisión. Existen excepciones limitadas para las armas de asalto registradas legalmente, pero el registro lleva décadas cerrado para la mayoría de las categorías.

Recuperación del derecho a portar armas tras una condena

Aunque la legislación de California prohíbe, por lo general, la posesión de armas de fuego tras una condena por delito grave, existen algunas vías para recuperar el derecho a poseer armas:

  • Borrado de antecedentes penales en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal (no restablece el derecho a portar armas, pero facilita la búsqueda de empleo)
  • Certificado de rehabilitación (puede restablecer los derechos estatales sobre la tenencia de armas en el caso de algunos delitos)
  • Indulto del gobernador (puede restablecer tanto los derechos estatales como los federales en materia de armas)
  • Reducción de un delito grave a un delito menor en virtud del artículo 17(b) del Código Penal

Ayudamos a nuestros clientes a explorar todas las vías disponibles para recuperar sus derechos tras una condena.

Preguntas frecuentes

¿Me pueden acusar de un delito relacionado con armas aunque tenga el derecho legal de poseerlas?

Sí. Aunque se te permita legalmente poseer armas de fuego, puedes ser acusado de delitos como portar un arma oculta sin permiso, portar un arma cargada en público, esgrimirla, dispararla por negligencia o poseerla en lugares prohibidos (escuelas, edificios gubernamentales, aeropuertos). California cuenta con una normativa compleja que regula cómo, cuándo y dónde se pueden portar y poseer armas de fuego.

¿Cuál es la diferencia entre llevar un arma oculta y llevar un arma de fuego cargada?

El artículo 25400 del Código Penal (PC) prohíbe portar un arma de fuego oculta (fuera de la vista), ya sea cargada o descargada. El artículo 25850 del Código Penal (PC) prohíbe portar un arma de fuego cargada en lugares públicos. Se le pueden imputar ambos delitos simultáneamente, o uno u otro, dependiendo de las circunstancias.

Si la policía registra mi auto sin mi consentimiento y encuentra un arma, ¿se pueden desestimar los cargos?

Es posible. Si el registro violó tus derechos en virtud de la Cuarta Enmienda, podemos presentar una moción para excluir las pruebas. Si prospera, el arma no podrá utilizarse como prueba, lo que a menudo da lugar a la desestimación del caso. Sin embargo, existen muchas excepciones al requisito de la orden judicial (consentimiento, registro incidental a la detención, causa probable, registros de inventario, etc.), por lo que cada caso debe analizarse de forma individual.

Hace años me condenaron por un delito grave. ¿Podré volver a tener un arma algún día?

Es muy difícil, pero no imposible. Las opciones incluyen obtener un indulto del gobernador, conseguir un certificado de rehabilitación o reducir el delito grave a un delito menor en virtud del artículo 17(b) del Código Penal (PC), si se trataba de un delito «wobbler». Sin embargo, algunos delitos graves conllevan prohibiciones permanentes que no pueden revertirse. Podemos evaluar su situación específica y asesorarle sobre las opciones disponibles.

¿Y si el arma fuera de otra persona y yo no supiera que estaba en mi auto?

La falta de conocimiento constituye una defensa válida ante los cargos relacionados con armas. Si realmente no sabías que el arma estaba presente y podemos demostrarlo mediante pruebas (testimonios, análisis forenses, circunstancias), no deberías ser condenado. Sin embargo, los fiscales argumentarán que “debías haberlo sabido” o que tenías posesión constructiva, por lo que es esencial contar con una representación legal experta.

¿Se puede rebajar un delito relacionado con armas a un delito menor?

En el caso de los delitos «wobbler» (aquellos que pueden ser tipificados como delitos graves o como delitos menores), sí. Trabajamos para que los cargos se presenten como delitos menores, o para reducir los delitos graves a delitos menores mediante negociación o mociones en virtud del artículo 17(b) del Código Penal. Sin embargo, algunos delitos relacionados con armas deben ser tipificados como delitos graves y no pueden reducirse.

¿Iré a la cárcel si me condenan por un delito relacionado con armas?

No necesariamente. En el caso de algunos delitos menores relacionados con armas e incluso de ciertos delitos graves, los acusados pueden recibir libertad condicional en lugar de una pena de prisión, especialmente si se trata de su primer delito. Sin embargo, algunos cargos por tenencia de armas conllevan penas mínimas obligatorias, y las condenas previas pueden aumentar considerablemente las sanciones. La sentencia concreta depende de muchos factores, entre ellos el delito cometido, los antecedentes penales y la eficacia de su abogado defensor.

¿En qué consiste la agravante por tenencia de armas conocida como “10-20-Life”?

El artículo 12022.53 del Código Penal de California impone penas de prisión adicionales y consecutivas cuando se utilizan armas de fuego en determinados delitos graves: 10 años por utilizar un arma, 20 años por dispararla y de 25 años a cadena perpetua si alguien resulta herido o muere. Estas agravantes se suman a la pena base correspondiente al delito subyacente.

¿Me pueden acusar de un delito relacionado con armas por tener munición?

Sí. El artículo 30305 del Código Penal prohíbe la posesión de municiones a cualquier persona a la que se le haya prohibido poseer armas de fuego (delincuentes condenados por delitos graves, autores de violencia doméstica, etc.). Incluso sin poseer un arma de fuego propiamente dicha, la posesión de municiones puede dar lugar a cargos por delitos graves.

¿Cuánto cuesta contratar a un abogado especializado en defensa en casos de armas?

Los honorarios legales varían en función de la complejidad del caso, de si llega a juicio y de otros factores. Ofrecemos consultas gratuitas en las que analizamos su caso y le proporcionamos información transparente sobre los honorarios. También ofrecemos planes de pago para que pueda acceder a una representación legal de calidad.

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Si ha sido arrestado o acusado de algún delito relacionado con armas en Inglewood, California, el tiempo es fundamental. Cuanto antes comencemos a trabajar en su caso, mayores serán sus posibilidades de lograr un resultado favorable. En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una defensa agresiva y estratégica para proteger sus derechos, su libertad y su futuro.

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Citas y referencias

  1. Oficina del Censo de los Estados Unidos. “Datos clave: Ciudad de Inglewood, California”. Disponible en: https://www.census.gov/quickfacts/fact/table/inglewoodcitycalifornia[15]
  2. Oficina Federal de Investigaciones (FBI). “Programa de Informes Uniformes sobre Delitos (UCR): La delincuencia en los Estados Unidos”. Disponible en: https://ucr.fbi.gov/crime-in-the-u.s[1]
  3. Departamento de Justicia de California, Centro de Estadísticas de Justicia Penal. “Estadísticas sobre delincuencia: delitos y casos resueltos”. Disponible en: https://openjustice.doj.ca.gov/exploration/crime-statistics/crimes-clearances[2]
  4. Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles. “Transparencia: Estadísticas sobre delincuencia”. Disponible en: https://lasd.org/transparency/[3]
  5. Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos. “Hoja informativa: datos y cifras”. Disponible en: https://www.atf.gov/resource-center/fact-sheet/fact-sheet-facts-and-figures[4]
  6. Centro Giffords para la Prevención de la Violencia con Armas de Fuego. “Leyes sobre armas en California”. Disponible en: https://giffords.org/lawcenter/gun-laws/states/california/[5]
  7. Departamento de Justicia de California, Oficina de Armas de Fuego. “Leyes y reglamentos sobre armas de fuego”. Disponible en: https://oag.ca.gov/firearms[6]
  8. Departamento de Justicia de California. “Sistema de personas a las que se les prohíbe portar armas (APPS)”. Disponible en: https://oag.ca.gov/firearms/apps[8]
  9. Oficina Federal de Investigaciones (FBI). “Sistema Nacional de Verificación Instantánea de Antecedentes Penales (NICS)”. Disponible en: https://www[9].[9]fbi.gov/cómo-podemos-ayudarle/más-servicios-e-información-del-FBI/NICS[9]
  10. Neighborhood Scout. “Índices de criminalidad en Inglewood, California”. Disponible en: https://www.neighborhoodscout.com/ca/inglewood/crime[10]
  11. Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades. “Mortalidad por armas de fuego por estado”. Disponible en: https://www.cdc.gov/nchs/pressroom/sosmap/firearm_mortality/firearm.htm[11]
  12. Tribunales de California. “Autoayuda en materia de derecho penal”. Poder Judicial de California. Disponible en: https://www.courts.ca.gov/selfhelp-criminaltrial.htm[7]
  13. Departamento de Correccionales y Rehabilitación de California. “Ley de los tres delitos”. Disponible en: https://www.cdcr.ca.gov/research/three-strikes-law/[13]
  14. Departamento de Justicia de California. “Guía para la identificación de armas de asalto”. Disponible en:[14]https[14]://oag.ca.gov/armas-de-fuego/armas-de-asalto[14]
  15. Información Legislativa de California. “Código Penal, artículos 16000-34370”. Disponible en: https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displayexpandedbranch.xhtml?tocCode=PEN&division=&title=4.&part=6.&chapter=&article=[16]

Fuentes

  1. Programa de Informes Uniformes sobre Delitos (UCR) del FBI (ucr.fbi.gov)
  2. Departamento de Justicia de California (openjustice.doj.ca.gov)
  3. Departamento del Sheriff del Condado de Los Ángeles (lasd.org)
  4. Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF) (atf.gov)
  5. Centro Giffords para la Prevención de la Violencia con Armas de Fuego (giffords.org)
  6. Departamento de Justicia de California (oag.ca.gov)
  7. Tribunales de California (courts.ca.gov)
  8. Sistema de personas a las que se les prohíbe portar armas del Departamento de Justicia de California (oag.ca.gov)
  9. Sistema Nacional de Verificación Instantánea de Antecedentes Penales (NICS) del FBI (fbi.gov)
  10. Explorador de barrios (neighborhoodscout.com)
  11. Centros para el Control y la Prevención de Enfermedades (CDC) (cdc.gov)
  12. Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (atf.gov)
  13. Departamento de Correccionales y Rehabilitación de California (cdcr.ca.gov)
  14. Departamento de Justicia de California (oag.ca.gov)
  15. https://www.census.gov/quickfacts/fact/table/inglewoodcitycalifornia (census.gov)
  16. https://leginfo.legislature.ca.gov/faces/codes_displayexpandedbranch.xhtml?tocCode=PEN&division=&title=4.&part=6.&chapter=&article= (leginfo.legislature.ca.gov)

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