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Abogado especializado en defensa por conducir bajo los efectos del alcohol con riesgo para menores en Torrance

Índice

Si lo han arrestado por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor en su vehículo en Torrance, se enfrenta a uno de los cargos más graves por conducir ebrio en California, cargos que pueden acarrear penas de cárcel obligatorias, la pérdida de la custodia, multas cuantiosas, la suspensión del permiso de conducir y antecedentes penales permanentes que afectarán a su empleo, su reputación y su familia. En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una representación legal enérgica y solidaria para defenderlo frente a los cargos de conducción bajo los efectos del alcohol con riesgo para menores en Torrance y en todo el condado de Los Ángeles.


Los cargos por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI) con riesgo para menores, en virtud del artículo 23572 del Código de Vehículos de California, se presentan cuando se detiene a conductores por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas con pasajeros menores de 18 años en sus vehículos. Estos casos se producen en los barrios residenciales de Torrance, a lo largo de las principales vías como la Pacific Coast Highway, Hawthorne Boulevard, Sepúlveda Boulevard y Crenshaw Boulevard, así como en zonas comerciales por donde suelen circular las familias. Muchos padres y cuidadores acusados de este delito son buenas personas que cometieron un error, subestimaron su nivel de intoxicación o son acusados injustamente debido a pruebas inexactas u observaciones erróneas de los agentes. Hemos defendido con éxito a cientos de clientes que enfrentaban cargos de conducir bajo los efectos del alcohol con peligro para los menores, logrando desestimaciones, absoluciones, reducción de cargos y resultados favorables que protegen la libertad, los privilegios de conducir y los derechos parentales de nuestros clientes.

Comprender las leyes de California sobre conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas con poner en peligro a menores

La conducción bajo los efectos del alcohol con riesgo para los niños implica dos disposiciones legales distintas que aumentan considerablemente las sanciones cuando hay menores como pasajeros en vehículos conducidos por conductores ebrios.

Artículo 23572 del Código de Tráfico de California: agravante por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas cuando hay niños a bordo

Según Artículo 23572 del Código de Vehículos de California[1], cuando una persona sea condenada por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI) en virtud de los artículos 23152 o 23153 del Código de Tráfico y hubiera un menor de 14 años en el vehículo en el momento de la infracción, el tribunal impondrá una agravante de pena adicional y consecutiva.

Las sanciones por mejora incluyen:

  • Primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor a bordo – 48 horas de prisión obligatoria (además de las sanciones habituales por conducir bajo los efectos del alcohol)
  • Segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor a bordo – 10 días de prisión obligatoria (además de las sanciones habituales por conducir bajo los efectos del alcohol)
  • Tercera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor a bordo – 30 días de prisión obligatoria (además de las sanciones habituales por conducir bajo los efectos del alcohol)
  • Cuarta infracción o infracciones posteriores por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor a bordo – 90 días de prisión obligatoria (además de las sanciones habituales por conducir bajo los efectos del alcohol)

Estas penas mínimas obligatorias no pueden suspenderse, aplazarse ni eludirse mediante medidas sustitutivas. Deben cumplirse en la cárcel del condado.

Artículo 273a del Código Penal de California – Puesta en peligro de menores

Además de las agravantes previstas en el artículo 23572 del Código de Tráfico, los fiscales también pueden imputar a los acusados en virtud de Artículo 273a del Código Penal de California[1], que prohíbe provocar o permitir deliberadamente que un menor se encuentre en una situación que ponga en peligro su salud o su seguridad.

Conducir bajo los efectos del alcohol con un niño como pasajero puede constituir un delito de poner en peligro a un menor, ya que la conducción bajo los efectos del alcohol genera un riesgo considerable de sufrir daños. Los cargos en virtud del artículo 273a del Código Penal pueden presentarse como:

Delito grave de poner en peligro a un menor – Cuando el niño se ve expuesto a “lesiones graves o la muerte”, lo que conlleva:

  • 2, 4 o 6 años en una prisión estatal.
  • Multas de hasta $10,000
  • Libertad condicional formal
  • Órdenes de protección
  • Obligación de denunciar los casos de maltrato infantil

Delito menor de poner en peligro a un menor – Cuando las circunstancias no impliquen un riesgo elevado de lesiones físicas, llevar:

  • Hasta 1 año en la cárcel del condado.
  • Multas de hasta $1,000
  • Libertad condicional por delito menor

Según el Tribunales de California[2], ... los cargos por poner en peligro a menores se persiguen con firmeza en toda California, especialmente en los casos relacionados con la conducción bajo los efectos del alcohol.

Elementos que deben demostrar los fiscales

Para dictar una sentencia condenatoria por conducir bajo los efectos del alcohol con cargos de poner en peligro a un menor, la fiscalía debe demostrar:

En relación con la modificación del artículo 23572 del Código de Tráfico:

  1. Estabas conduciendo un vehículo
  2. Estabas bajo los efectos del alcohol, las drogas o ambos
  3. Tu concentración de alcohol en sangre (CAS) era de 0,081 % o superior (para conductores mayores de 21 años) o conducías bajo los efectos del alcohol
  4. En ese momento, había un niño menor de 14 años como pasajero en el vehículo

En relación con el artículo 273a del Código Penal, sobre la puesta en peligro de menores:

  1. Usted provocó o permitió deliberadamente que un menor se viera expuesto a una situación de peligro
  2. Usted no era el padre o tutor legal del menor (si se trata de un delito menor), o sí lo era (si se trata de un delito grave)
  3. El niño fue expuesto a un dolor, sufrimiento o peligro para su salud o seguridad injustificables
  4. Actuaste con negligencia criminal o de manera deliberada

Conducción bajo los efectos del alcohol con poner en peligro a un menor en Torrance

Torrance, con una población de aproximadamente 147 000 habitantes según el Oficina del Censo de los Estados Unidos[3], es una ciudad orientada a las familias situada en la zona de South Bay, en el condado de Los Ángeles, que cuenta con numerosas escuelas, parques, centros comerciales y barrios residenciales donde viven y se desplazan las familias.

Lugares habituales donde se producen detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol y poner en peligro a menores en Torrance

  • Barrios residenciales – Las detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol y poner en peligro a menores se producen en zonas residenciales de North Torrance, South Torrance, Walteria y Old Torrance cuando se detiene a padres o cuidadores mientras llevan a los niños a casa después de actividades extraescolares, del colegio o de eventos familiares.
  • Zonas escolares – En las zonas cercanas a las escuelas del Distrito Escolar Unificado de Torrance, entre las que se incluyen la Preparatoria Torrance, la Preparatoria South, la Preparatoria West, la Preparatoria North y numerosas escuelas primarias y secundarias, se producen detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol en las que se ven involucrados niños que se dirigen a la escuela o regresan de ella.
  • Carretera de la Costa del Pacífico (PCH) – En este importante corredor costero que atraviesa Torrance se llevan a cabo numerosas operaciones de control y detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol, incluidos casos en los que hay niños a bordo.
  • Zona del centro comercial Del Amo Fashion Center – En el distrito comercial y de ocio que rodea uno de los centros comerciales más grandes de Estados Unidos se producen detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol en las que se ven involucradas familias que están de compras o cenando.
  • Vías principales – En Hawthorne Boulevard, Sepúlveda Boulevard, Crenshaw Boulevard, Torrance Boulevard y otras calles principales se realizan controles de alcoholemia y patrullas de control.
  • Parques y áreas recreativas – Wilson Park, Columbia Park, Charles H. Wilson Park y otras zonas recreativas donde se reúnen las familias pueden estar cerca de lugares donde se producen detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol en las que hay niños involucrados.

Cómo se desarrollan los casos de conducción bajo los efectos del alcohol que ponen en peligro a menores

  • Puntos de control de alcoholemia – El Departamento de Policía de Torrance[4] realiza controles de alcoholemia por toda la ciudad, en los que los agentes someten a examen a todos los conductores. Cuando los agentes detectan que un conductor conduce bajo los efectos del alcohol o las drogas y descubren que lleva niños a bordo, se presentan cargos por poner en peligro a menores.
  • Detenciones de tránsito – Los agentes que patrullan las calles de Torrance detienen vehículos por infracciones de tránsito, conducción errática, deficiencias en el equipamiento o sospecha de conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas. Durante las detenciones, los agentes observan a los conductores en busca de signos de intoxicación y prestan atención a los niños que viajan como pasajeros.
  • Respuesta ante accidentes – Cuando se producen accidentes en Torrance, los agentes que acuden al lugar investigan y pueden determinar que los conductores conducían bajo los efectos del alcohol o las drogas. Si había niños como pasajeros o se vieron involucrados, se presentan cargos graves, entre ellos el de poner en peligro a menores.
  • Informes de los ciudadanos – Los ciudadanos preocupados que observan una conducción errática o sospechan que un conductor está bajo los efectos del alcohol o las drogas y lleva niños a bordo avisan a la policía, lo que da lugar a controles de tráfico y detenciones.

Intervención de los Servicios de Protección Infantil

Cuando hay niños presentes durante las detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol, se producen consecuencias adicionales:

Departamento de Servicios para Niños y Familias (DCFS) – El Departamento de Servicios para Niños y Familias del Condado de Los Ángeles[5] puede llevar a cabo una investigación para determinar si los niños deben permanecer bajo la custodia de sus padres o ser puestos bajo custodia protectora.

Obligación de informar – Las fuerzas del orden deben informar de los incidentes de riesgo para los menores al DCFS, lo que da lugar a investigaciones que pueden dar lugar a:

  • Retirada de menores en situaciones de emergencia
  • Procedimientos judiciales en materia de tutela
  • Servicios de reunificación familiar
  • Supervisión continua por parte del DCFS
  • Cursos para padres y pruebas de detección de drogas y alcohol

Consecuencias en materia de custodia – Las condenas penales por poner en peligro a menores pueden utilizarse en contra de los padres en los procedimientos del tribunal de familia que afecten a los derechos de custodia y de visita.

Según el Departamento de Justicia de California[6], Las detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol en toda California han estado relacionadas con miles de incidentes en los que había niños como pasajeros, lo que convierte a este tema en una prioridad para las fuerzas del orden.

Sanciones por conducir bajo los efectos del alcohol con condenas por poner en peligro a menores

Conducir bajo los efectos del alcohol con un menor en peligro conlleva las sanciones más severas de todos los delitos menores de conducción bajo los efectos del alcohol, debido a las penas de cárcel obligatorias y a la posibilidad de que se imputen cargos por delitos graves.

Primera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor de 14 años

Incluso en el caso de quienes cometen la infracción por primera vez, llevar a un menor de 14 años en el vehículo conlleva:

Sanciones habituales por la primera infracción de conducción bajo los efectos del alcohol:

  • De 3 a 5 años de libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol
  • De $390 a $1.000 en multas (con recargos por sanciones que suman entre $1.800 y más de $5.000)
  • Programa de 3 meses para conductores bajo los efectos del alcohol (o más tiempo si el nivel de alcohol en sangre fue de 0,151 % o superior)
  • Suspensión del permiso de conducir durante seis meses
  • Instalación de un dispositivo de bloqueo de encendido (IID)
  • Pena de prisión de hasta 6 meses (aunque a menudo se evita en el caso de quienes cometen el delito por primera vez)

PLUS: Modificación del artículo 23572 del Código de Tráfico:

  • 48 horas obligatorias en la cárcel del condado (no se pueden suspender ni sustituir por una pena alternativa)

ADEMÁS, posibles cargos en virtud del artículo 273a del Código Penal:

  • Si se le imputa como delito menor: hasta 1 año en la cárcel del condado
  • Si se le imputa como delito grave: 2, 4 o 6 años en una prisión estatal

Custodia potencial total: Quienes cometen este delito por primera vez se enfrentan a una pena mínima obligatoria de 48 horas de cárcel, pero si son declarados culpables de todos los cargos, incluido el delito grave de poner en peligro a un menor, podrían pasar años en prisión.

Segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor de 14 años

Las segundas infracciones por conducir bajo los efectos del alcohol en un plazo de 10 años con niños a bordo conllevan:

Sanciones estándar por una segunda infracción por conducir bajo los efectos del alcohol:

  • De 3 a 5 años de libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol
  • De $390 a $1.000 en multas (con recargos que suman entre $2.000 y más de $6.000)
  • Programa de DUI de 18 o 30 meses
  • Suspensión del permiso de conducir por dos años
  • Instalación de un dispositivo de bloqueo de encendido
  • De 96 horas a 1 año en la cárcel del condado.

PLUS: Modificación del artículo 23572 del Código de Tráfico:

  • 10 días obligatorios en la cárcel del condado

ADEMÁS, posible aplicación del artículo 273a del Código Penal:

  • Cargos por delito menor o grave de poner en peligro a un menor, con penas adicionales de cárcel o prisión

Custodia potencial total: Mínimo de 10 días obligatorio, pero podría superar el año si se incluyen todos los cargos.

Tercera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor de 14 años

Las terceras infracciones por conducir bajo los efectos del alcohol en un plazo de 10 años con niños a bordo conllevan:

Sanciones estándar por la tercera infracción por conducir bajo los efectos del alcohol:

  • De 3 a 5 años de libertad condicional por conducir bajo los efectos del alcohol
  • De $390 a $1.000 en multas (con recargos que suman entre $3.000 y más de $7.000)
  • Programa de 30 meses para conductores bajo los efectos del alcohol
  • Suspensión del permiso de conducir por un período de tres años
  • Dispositivo de bloqueo del encendido
  • De 120 días a 1 año en la cárcel del condado.

PLUS: Modificación del artículo 23572 del Código de Tráfico:

  • 30 días obligatorios en la cárcel del condado

ADEMÁS, posible aplicación del artículo 273a del Código Penal:

  • Cargos por poner en peligro a menores, ya sean delitos menores o graves

Custodia potencial total: Mínimo obligatorio de 30 días, lo que suele suponer desde varios meses hasta más de un año, incluyendo todos los cargos.

Cuarta infracción o infracciones posteriores por conducir bajo los efectos del alcohol con un menor a bordo

Las cuartas infracciones por conducir bajo los efectos del alcohol pueden ser tipificadas como delitos graves en virtud del artículo 23550 del Código de Tráfico de California. Cuando se combinan con poner en peligro a menores:

Cuarta infracción grave por conducir bajo los efectos del alcohol:

  • 16 meses, 2 años o 3 años en una prisión estatal.
  • De $390 a $1.000 en multas (con recargos que suman más de $4.000)
  • Programa de 30 meses para conductores bajo los efectos del alcohol
  • Revocación del permiso de conducir por un período de cuatro años
  • Clasificación como “infractor habitual de tráfico”

PLUS: Modificación del artículo 23572 del Código de Tráfico:

  • 90 días obligatorios en la cárcel del condado o en prisión

ADEMÁS, posible aplicación del artículo 273a del Código Penal:

  • Cargos adicionales por delito grave de poner en peligro a menores, con penas consecutivas

Consecuencias adicionales

Suspensión del permiso de conducir – El Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV)[7] impone suspensiones administrativas del permiso de conducir, independientes de las sanciones penales. En caso de conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas con riesgo para los niños:

  • Primera infracción: suspensión de 6 meses
  • Segunda infracción: suspensión de dos años
  • Tercera infracción: revocación de 3 años
  • Cuarta infracción: revocación de 4 años

Debe solicitar una audiencia ante el DMV en un plazo de 10 días a partir de la fecha de la detención para impugnar las suspensiones.

Dispositivo de bloqueo de encendido (IID) – La ley de California exige la instalación de un dispositivo de bloqueo de encendido (IID) en todos los casos de condena por conducir bajo los efectos del alcohol. Debe instalar estos dispositivos en todos los vehículos de su propiedad o que conduzca, y mantenerlos durante un período que oscila entre 6 meses y 4 años, dependiendo del número de infracciones cometidas.

Escuela para conductores con cargos por conducir bajo los efectos del alcohol – Es obligatorio completar programas de educación sobre el alcohol con una duración de entre 3 y 30 meses.

Seguro SR-22 – Debe presentar certificados SR-22 que demuestren que cuenta con un seguro de alto riesgo, cuyo costo suele ascender a miles de dólares al año.

Consecuencias laborales – Las condenas por conducir bajo los efectos del alcohol y poner en peligro a menores tienen graves consecuencias para el empleo:

  • Los conductores profesionales pierden los privilegios de su licencia de conducir comercial
  • Los maestros, los cuidadores infantiles y los profesionales de la educación se enfrentan a la revocación de sus licencias
  • Los profesionales de la salud se enfrentan a medidas disciplinarias por parte de los colegios profesionales
  • Los empleos que requieren conducir están en peligro
  • Las verificaciones de antecedentes revelan las condenas a todos los futuros empleadores

Licencias profesionales – Los organismos reguladores de California encargados de la concesión de licencias a docentes, enfermeros, trabajadores sociales, cuidadores infantiles y otras profesiones relacionadas con la infancia imponen medidas disciplinarias severas en caso de condenas por poner en peligro a menores, lo que a menudo conlleva la suspensión o la revocación de la licencia.

Consecuencias migratorias – En el caso de los no ciudadanos, las condenas por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI), junto con los delitos de poner en peligro a menores, pueden afectar a su situación migratoria. Aunque una sola condena por DUI no suele ser motivo de deportación, los delitos de poner en peligro a menores que impliquen depravación moral podrían afectar a:

  • Solicitudes de tarjeta verde
  • Procedimientos de naturalización
  • Renovaciones de visados
  • Exención discrecional de la expulsión

El Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos[8] evalúa las condenas penales en los procedimientos migratorios.

Custodia de los hijos y derecho de familia – Las condenas penales por poner en peligro a menores se utilizan en contra de los padres en los procedimientos ante los tribunales de familia. Los jueces tienen en cuenta las condenas por poner en peligro a menores a la hora de determinar:

  • Custodia legal
  • Custodia física
  • Horarios de visitas
  • Restricciones al tiempo de visita
  • Requisitos para las visitas supervisadas

Estigma social – Poner en peligro a un menor conlleva un fuerte estigma social que daña la reputación, las relaciones personales y la posición social en la comunidad.

Defensas ante cargos por conducir bajo los efectos del alcohol con riesgo para los menores

Los cargos por conducir bajo los efectos del alcohol con riesgo para los menores pueden defenderse mediante diversas estrategias legales, dependiendo de los hechos específicos de cada caso. En Tu Defensor Criminalista, investigamos a fondo todos los aspectos de las detenciones para identificar las defensas más sólidas.

Impugnar la propia acusación de conducir bajo los efectos del alcohol

La estrategia de defensa más eficaz suele consistir en impugnar los cargos subyacentes por conducir bajo los efectos del alcohol. Si logramos defendernos con éxito contra las acusaciones de conducir bajo los efectos del alcohol, las agravantes por poner en peligro a menores y los cargos relacionados quedan desestimados.

Impugnar la legalidad de una parada de tránsito – Los agentes deben tener una sospecha razonable para detener vehículos. Si las detenciones fueron pretextuales, se basaron en la discriminación racial o carecían de justificación legal, las pruebas obtenidas pueden ser excluidas en virtud de la Cuarta Enmienda.

Impugnar las pruebas de sobriedad en la vía pública (FST) – Las pruebas de sobriedad en el terreno estandarizadas, entre las que se incluyen el nistagmo de mirada horizontal (HGN), la prueba de caminar y girar y la prueba de equilibrio sobre una pierna, son subjetivas y, con frecuencia, se realizan de manera incorrecta. Cuestionamos la fiabilidad de estas pruebas mediante:

  • Demostrar una gestión inadecuada que se desvía de los protocolos de la Administración Nacional de Seguridad del Tráfico en Carreteras (NHTSA)
  • Mostrar afecciones médicas, lesiones o edad que afecten al rendimiento
  • Demostrar que los factores ambientales (superficies irregulares, mala iluminación, condiciones meteorológicas) influyeron en los resultados
  • Se determinó que el nerviosismo o la ansiedad, y no una discapacidad, fueron los responsables del bajo rendimiento

Cuestionar la precisión de las pruebas de alcoholemia – Los resultados del alcoholímetro pueden ser inexactos debido a:

  • Calibración o mantenimiento inadecuados de los dispositivos de prueba
  • Deficiencias en la formación de los agentes
  • Contaminación por alcohol en la boca
  • ERGE, reflujo ácido o tratamientos dentales que pueden afectar los resultados
  • Infracciones de la normativa del Título 17 por parte de las fuerzas del orden

Impugnar los resultados de los análisis de sangre – Las pruebas de alcoholemia conllevan numerosos errores potenciales:

  • Procedimientos inadecuados de extracción de sangre
  • Contaminación de las muestras
  • Fermentación en tubos de sangre
  • Roturas en la cadena de custodia
  • Errores de laboratorio o errores de los técnicos
  • Falta de certificaciones adecuadas

Defensa por aumento del nivel de alcohol en sangre – El alcohol tarda un tiempo en absorberse en el torrente sanguíneo. Es posible que su nivel de alcohol en sangre estuviera por debajo de 0,081 % mientras conducía, pero que hubiera superado ese nivel en el momento en que se realizó la prueba en la comisaría. Presentamos el testimonio de un perito que confirma esta secuencia de hechos.

Afecciones médicas – Ciertas afecciones médicas pueden elevar de forma errónea los resultados de la prueba de alcoholemia o provocar síntomas que se asemejan a los de la intoxicación:

  • Diabetes y cetoacidosis
  • Hipoglucemia
  • ERGE y reflujo ácido
  • Síndrome de autofermentación
  • Afecciones neurológicas
  • Fatiga o agotamiento

Impugnación de los elementos constitutivos del delito de poner en peligro a un menor

Aunque se mantengan los cargos por conducir bajo los efectos del alcohol, impugnamos las acusaciones de poner en peligro a menores:

  • Desconocimiento de la presencia del niño – Si realmente no sabías que había un niño en tu vehículo (quizás el niño se había escondido en el vehículo, o creías razonablemente que lo habían dejado allí), es posible que no se cumplan los requisitos necesarios para una condena.
  • Conflictos sobre la edad de los hijos – El artículo 23572 del Código de Tráfico se aplica únicamente a los menores de 14 años. Si la fiscalía no puede demostrar la edad del menor, o si este tenía 14 años o más, no se aplican las agravantes.
  • Situaciones de emergencia – Si condujo por motivos de necesidad —por ejemplo, para llevar al niño a recibir atención médica de urgencia o para escapar de un peligro inminente—, podría alegar la defensa por necesidad.
  • Ausencia de discapacidad – Si se demuestra que, en realidad, usted no se encontraba bajo los efectos del alcohol a pesar de los resultados de las pruebas de alcoholemia (debido a errores en las pruebas, a un aumento del nivel de alcohol en sangre u otros factores), los cargos por poner en peligro a menores basados en la conducción peligrosa dejarán de tener fundamento.

Excepciones procesales

  • Violación de los derechos Miranda – Si los agentes te interrogaron mientras estabas detenido sin leerte tus derechos, tus declaraciones podrían ser declaradas nulas, lo que podría eliminar pruebas fundamentales.
  • Registro e incautación ilegales – Si los agentes registraron tu vehículo sin tu consentimiento, sin causa probable o sin una orden judicial, las pruebas obtenidas podrían ser excluidas.
  • Infracción de las normas del Título 17 de California – El Título 17 del Código de Regulaciones de California establece protocolos estrictos para los análisis químicos. El incumplimiento de estos protocolos puede dar lugar a que los resultados de los análisis sean inadmisibles.
  • Defensas en las audiencias del DMV – Representamos a nuestros clientes en las audiencias administrativas del DMV para impugnar las suspensiones de la licencia, presentando pruebas que cuestionan la detención, los procedimientos de las pruebas y los fundamentos jurídicos de la suspensión.

Circunstancias atenuantes y penas alternativas

Cuando parece probable que se dicten sentencias condenatorias, aplicamos estrategias de atenuación:

Cómo ser un buen padre – Demostramos su sólida relación con los niños, su crianza responsable y su carácter a través de:

  • Testimonios de familiares, amigos, maestros y cuidadores
  • Pruebas de participación en la educación y las actividades de los niños
  • Documentación sobre un entorno familiar estable
  • Ausencia de antecedentes de problemas relacionados con el bienestar infantil

Tratamiento del alcoholismo – La inscripción voluntaria en programas de tratamiento del alcoholismo antes de la sentencia demuestra voluntad de rehabilitación y responsabilidad.

Pruebas de dificultades económicas – Presentamos pruebas de cómo el encarcelamiento no solo le perjudicaría a usted, sino también a sus hijos y a su familia, y proponemos alternativas como:

  • Arresto domiciliario con vigilancia electrónica
  • Programas de trabajo en libertad que permiten continuar trabajando
  • Penas de cárcel de fin de semana
  • Servicio comunitario

Negociación de cargos reducidos – Negociamos con los fiscales para reducir los cargos, lo que podría suponer la eliminación de los elementos relacionados con el peligro para menores o la conversión de delitos graves en delitos menores.

El proceso penal y administrativo (DMV) por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI) con riesgo para los menores

Los casos de conducción bajo los efectos del alcohol con riesgo para los niños implican procedimientos penales y procedimientos administrativos del Departamento de Vehículos Motorizados (DMV) que se desarrollan en paralelo.

Detención y registro

Tras ser detenido en Torrance, normalmente será trasladado a las instalaciones de la cárcel del Departamento de Policía de Torrance para que se le tome declaración. El proceso incluye:

  • Registro de datos personales
  • Toma de huellas dactilares y fotografías
  • Pruebas químicas (de aliento o de sangre)
  • Retirada del permiso de conducir (sustituido por un permiso provisional válido durante 30 días)
  • Fijación de una fianza o puesta en libertad bajo palabra

La fianza por conducir bajo los efectos del alcohol con riesgo para los niños suele ser más elevada que en los casos habituales de conducción bajo los efectos del alcohol, y suele oscilar entre 50 000 y 100 000 dólares, dependiendo de las circunstancias.

Audiencia administrativa del DMV

En un plazo de 10 días a partir de la detención, debe solicitar una audiencia administrativa ante el DMV para impugnar la suspensión del permiso de conducir. El Departamento de Vehículos Motorizados de California[7] celebra estas audiencias independientemente de los procesos penales.

En las audiencias del DMV, presentamos pruebas para impugnar:

  • Si el agente tenía motivos fundados para realizar la detención
  • Si fue arrestado legalmente
  • Independientemente de si tu nivel de alcohol en sangre era de 0,081 % o superior
  • Si los análisis químicos se llevaron a cabo correctamente

Ganar las audiencias ante el DMV puede permitirle conservar su permiso de conducir, incluso si los procesos penales siguen adelante.

Lectura de cargos

Tu primera comparecencia ante el tribunal penal tendrá lugar en el juzgado de Torrance. En la lectura de cargos:

  • Se le notifica formalmente los cargos
  • Usted declara su postura (inocente, culpable o no se opone)
  • Se revisa la fianza
  • Se pueden dictar órdenes de protección en relación con los menores
  • Se han fijado las próximas citas judiciales

Recomendamos encarecidamente contar con un abogado en la comparecencia inicial para que se declare la inocencia y se inicien las negociaciones de inmediato.

Procedimientos previos al juicio

La mayoría de los casos de conducción bajo los efectos del alcohol que ponen en peligro a menores conllevan largos procedimientos previos al juicio:

Descubrimiento – La fiscalía presenta pruebas que incluyen:

  • Informes policiales de los agentes que realizaron la detención
  • Imágenes de cámaras corporales y de salpicadero
  • Vídeos de pruebas de sobriedad en la vía pública
  • Resultados de pruebas de alcoholemia o análisis de sangre
  • Registros de calibración y mantenimiento de los equipos de ensayo
  • Registros de capacitación de oficiales
  • Declaraciones de los pasajeros menores de edad
  • Informes del DCFS (si procede)

Analizamos minuciosamente todas las pruebas para detectar puntos débiles y preparar nuestra defensa.

Práctica de movimientos – Presentamos mociones para:

  • Excluir las pruebas obtenidas mediante registros o controles ilegales
  • Excluir los resultados de pruebas químicas poco fiables
  • Desestimar los cargos por falta de pruebas
  • Separar los cargos por poner en peligro a un menor de los cargos por conducir bajo los efectos del alcohol

Negociaciones – Negociamos con los fiscales del condado de Los Ángeles con el fin de:

  • Desestimación de los cargos por poner en peligro a un menor
  • Reducción de los cargos de delito grave a delito menor
  • Penas alternativas que evitan el encarcelamiento
  • Acuerdos de declaración de culpabilidad que minimizan las consecuencias

Según el Fiscalía del Condado de Los Ángeles[9], los casos de conducción bajo los efectos del alcohol en los que hay niños involucrados se persiguen con firmeza, pero sigue siendo posible llegar a acuerdos cuando existen argumentos sólidos en la defensa.

Juicio

Si los casos llegan a juicio, ofrecemos una defensa enérgica:

  • Selección del jurado para identificar a los miembros más comprensivos
  • Alegatos iniciales que marcan la línea de la defensa
  • Contrainterrogatorio de los agentes y los testigos
  • Presentación de peritos, entre ellos toxicólogos, expertos forenses y especialistas en reconstrucción de accidentes
  • Alegatos finales que hacen hincapié en la duda razonable

Sentencia

En caso de que se dicten sentencias condenatorias, presentamos pruebas atenuantes con el fin de:

  • Libertad condicional en lugar de la pena máxima
  • Condenas orientadas al tratamiento
  • Alternativas a la prisión, incluida la vigilancia electrónica
  • Aplazamiento de la sentencia para permitir la finalización de programas que demuestren la rehabilitación

Proteger sus derechos como papá o mamá

Además de la defensa penal, colaboramos con abogados especializados en derecho de familia cuando interviene el DCFS:

Respuesta de emergencia ante la separación de menores – Si se separa a los niños de sus padres durante una detención, nos esforzamos por facilitar su rápida reunificación mediante:

  • Demostrar que el entorno doméstico es seguro
  • Cómo encontrar cuidadores de confianza
  • Demostrar una crianza responsable
  • Cómo negociar con los trabajadores sociales del DCFS

Representación ante el Tribunal de Menores – Si se inician procedimientos de tutela, coordinamos la defensa para garantizar que los procesos penales no perjudiquen las posiciones ante el tribunal de familia.

Procedimientos de custodia – Asesoramos a nuestros clientes sobre cómo los procesos penales afectan a la custodia y les ayudamos a desarrollar estrategias para minimizar las repercusiones en el ámbito del derecho de familia.

Preguntas frecuentes

¿Perderé automáticamente la custodia de mis hijos si me detienen por conducir bajo los efectos del alcohol con un niño en el auto?

No de manera automática, pero el DCFS llevará a cabo una investigación. La decisión de retirar a los niños de su hogar depende de diversos factores, entre ellos la disponibilidad de otros cuidadores, sus antecedentes, la edad del niño y las circunstancias del caso. Contar con un abogado de inmediato ayuda a evitar la separación o facilita una rápida reunificación.

¿Se me puede reducir la pena de prisión por un primer delito de conducción bajo los efectos del alcohol con riesgo para los niños?

La pena mínima obligatoria de 48 horas prevista en el artículo 23572 del Código de Tráfico no puede reducirse, suspenderse ni sustituirse por una pena alternativa. Sin embargo, luchamos para evitar que la detención se prolongue más allá de la pena mínima obligatoria y buscamos alternativas para cualquier período de encarcelamiento discrecional.

¿Y si mi nivel de alcohol en sangre hubiera superado por muy poco el 0,081 %?

Incluso los resultados de alcoholemia ligeramente elevados pueden ser impugnados. Los errores en las pruebas, el aumento del nivel de alcohol en sangre, el alcohol residual en la boca y ciertas afecciones médicas pueden provocar resultados falsos o elevados. Contamos con expertos para impugnar los resultados que se acercan al límite legal.

¿Puedo seguir conduciendo para ir al trabajo si me declaran culpable?

Es posible que reúnas los requisitos para obtener una licencia restringida con un dispositivo de bloqueo de encendido que te permita conducir para ir al trabajo, a la escuela y a los programas de tratamiento por conducir bajo los efectos del alcohol. Ayudamos a nuestros clientes a obtener licencias restringidas con IID minimizando las molestias.

¿Y si el niño no fuera mío, sino que lo llevara en el auto o lo cuidara?

Los cargos por poner en peligro a un menor se aplican independientemente de la relación que tenga con el menor. Sin embargo, alegamos circunstancias atenuantes para demostrar que usted no era el padre o la madre y que no era plenamente consciente de los riesgos, lo que podría reducir los cargos.

¿Afectará esto a mi título de profesor o a mi licencia profesional?

Probablemente sí. Los organismos reguladores de profesores, enfermeros, cuidadores infantiles y otros profesionales que trabajan con menores imponen sanciones severas por poner en peligro a los niños. Coordinamos la defensa penal con la defensa ante los organismos reguladores para minimizar las consecuencias.

¿Puedo negarme a someterme a pruebas químicas?

Puede negarse, pero la negativa conlleva la suspensión automática de la licencia por un año en el caso de la primera negativa (y por un período más largo en caso de negativas repetidas), y puede utilizarse en su contra ante un tribunal. La ley de consentimiento implícito de California exige la realización de pruebas. Asesoramos a nuestros clientes sobre este tema complejo.

¿Qué pasa si el niño ha resultado herido en un accidente?

Si los niños han sufrido lesiones, es probable que se enfrente a cargos por delito grave en virtud del artículo 23153 del Código de Tráfico (conducción bajo los efectos del alcohol o las drogas con resultado de lesiones), además de por poner en peligro a menores. Las sanciones se agravan considerablemente y pueden incluir penas de varios años de prisión. Es fundamental contar con la representación inmediata de un abogado.

¿Se pueden eliminar estos antecedentes penales más adelante?

Una vez completada con éxito la libertad condicional, puede solicitar la eliminación de antecedentes penales en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal. La eliminación de antecedentes penales ofrece una ventaja a efectos laborales, pero no restablece los privilegios de conducir ni elimina todas las consecuencias. Ayudamos a nuestros clientes a tramitar la eliminación de antecedentes penales.

¿Y si en realidad no estaba bajo los efectos del alcohol, sino que simplemente soy un mal conductor?

El mero hecho de conducir de forma deficiente no prueba que se haya producido una alteración de las facultades. Presentamos pruebas —como la ausencia de accidentes, la superación de algunas pruebas de sobriedad, un discurso coherente y la ausencia de síntomas de alteración de las facultades— para refutar las acusaciones de conducir bajo los efectos del alcohol.

¿Debería contarles a los trabajadores sociales del DCFS lo que pasó?

Consulte a un abogado antes de hablar con el DCFS. Las declaraciones pueden utilizarse tanto en procesos penales como en procedimientos de tutela. Ayudamos a nuestros clientes a gestionar sus interacciones con el DCFS, al tiempo que protegemos sus derechos.

¿Tengo derecho a un juicio con jurado?

Sí. Los casos de conducción bajo los efectos del alcohol (DUI) que se consideran delitos menores se juzgan ante jurados de 12 personas. Llevamos a cabo una selección minuciosa del jurado y presentamos argumentos de defensa convincentes ante los jurados cuando los casos llegan a juicio.

Por qué es fundamental contar con representación legal inmediata

El tiempo es un factor crucial en los casos de conducción bajo los efectos del alcohol que ponen en peligro a menores:

  • Plazo de 10 días del DMV – Solo dispone de 10 días desde el momento de la detención para solicitar una audiencia ante el DMV. Si no cumple este plazo, se le suspenderá automáticamente el permiso de conducir.
  • Investigaciones del DCFS – La intervención temprana de un abogado ayuda a gestionar las investigaciones del DCFS y a evitar la separación de los menores o a facilitar su reunificación.
  • Conservación de pruebas – Las grabaciones de las cámaras de vigilancia, las llamadas al 911 y otras pruebas pueden perderse si no se conservan rápidamente. Actuamos de inmediato para asegurar las pruebas.
  • Entrevistas a testigos – Con el paso del tiempo, los recuerdos se desvanecen y los testigos dejan de estar disponibles. Es fundamental actuar con rapidez.
  • Ventajas de la negociación – La intervención temprana de un abogado nos permite dar forma a la narrativa del caso antes de que los fiscales consoliden sus posiciones.
  • Reducir el estrés – Contar con un asesor con experiencia te ayuda a reducir el estrés de inmediato en estos momentos tan difíciles.

Póngase en contacto con Tu Defensor Criminalista hoy mismo.

Si te han detenido por conducir bajo los efectos del alcohol o las drogas (DUI) con riesgo para los menores en Torrance, te enfrentas a los cargos más graves posibles por este delito, que ponen en peligro tu libertad, a tus hijos, tu carrera profesional y tu futuro. Estos casos se persiguen con dureza y las consecuencias de una condena son devastadoras.

En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una representación legal enérgica y comprensiva para los cargos de conducción bajo los efectos del alcohol con riesgo para los menores en Torrance y en todo el condado de Los Ángeles. Entendemos que incluso los mejores padres cometen errores, y luchamos sin descanso para proteger tus derechos, tu libertad, tu permiso de conducir y tu relación con tus hijos.

No afronte estos cargos solo. La intervención temprana de un abogado con experiencia puede marcar la diferencia entre una condena y una absolución, entre perder a sus hijos y mantener unida a su familia, entre ir a la cárcel y conservar su libertad.

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Zonas que atendemosAtendemos Torrance y comunidades cercanas
IdiomasInglés y español (Hablamos Español)
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Contáctenos hoy mismo para una consulta confidencial. Estamos disponibles las 24 horas del día, los 7 días de la semana, para brindarle la asistencia inmediata que necesita. Vale la pena luchar por sus hijos, su libertad y su futuro. Déjenos luchar por usted.


Fuentes

  1. Artículo 23572 del Código de Vehículos de California (leginfo.legislature.ca.gov)
  2. Tribunales de California (courts.ca.gov)
  3. Oficina del Censo de los Estados Unidos (census.gov)
  4. Departamento de Policía de Torrance (torranceca.gov)
  5. Departamento de Servicios para Niños y Familias del Condado de Los Ángeles (dcfs.lacounty.gov)
  6. Departamento de Justicia de California (openjustice.doj.ca.gov)
  7. Departamento de Vehículos Motorizados de California (DMV) (dmv.ca.gov)
  8. Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (uscis.gov)
  9. Fiscalía del Condado de Los Ángeles (da.lacounty.gov)

Confianza de los clientes y reconocimiento de Avvo

Abogado Armando Josué Céspedes está clasificado 5.0 en Avvocon 34 opiniones de cinco estrellas de clientes que alaban su dedicación, profesionalidad y resultados. Muchos destacan su habilidad en los juicios y su atención a los detalles condujeron a la reducción de los cargos o a la desestimación total de los mismos.

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