Si ha sido arrestado o acusado de ser un delincuente en posesión de un arma de fuego en El Monte, se enfrenta a cargos por tenencia de armas extremadamente graves que pueden acarrearle años de prisión estatal, condenas adicionales por delitos graves en sus antecedentes penales, un proceso judicial federal con penas mínimas obligatorias, la pérdida permanente de los derechos que le otorga la Segunda Enmienda y consecuencias devastadoras que afectarán a todos los aspectos de su vida. En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una representación legal agresiva y con experiencia para defenderlo contra todos los cargos de posesión de armas por parte de un delincuente y los delitos de armas de fuego por parte de personas prohibidas en todo El Monte y el condado de Los Ángeles.
Los cargos por posesión de armas de fuego por parte de un delincuente se presentan cuando las fuerzas del orden descubren que una persona con una condena previa por delito grave posee, es propietaria, compra o tiene la custodia o el control de cualquier arma de fuego o munición. Estas detenciones ocurren en todo El Monte cuando la policía realiza controles de tráfico en Valley Boulevard, Garvey Avenue y Peck Road y descubre armas de fuego; cuando los agentes ejecutan órdenes de registro en residencias de los barrios de El Monte; durante controles de cumplimiento de la libertad condicional o la libertad bajo palabra en los que se encuentran armas de fuego; al responder a llamadas por violencia doméstica en las que hay armas de fuego presentes; o durante operaciones contra las pandillas en todo el Valle de San Gabriel. Muchas personas acusadas de posesión ilegal de armas no conocían las estrictas leyes de prohibición de armas de California, heredaron armas de familiares fallecidos, poseían armas para la protección del hogar sin darse cuenta de que estaban prohibidas, tenían antiguas condenas por delitos graves sin darse cuenta de que aún les prohibían la posesión de armas, o enfrentan cargos basados en teorías de “posesión constructiva” en las que los fiscales alegan que tenían acceso a armas de fuego que en realidad nunca tocaron ni de las que sabían.
Las consecuencias de las condenas por posesión de armas por parte de un delincuente son catastróficas: largas penas de prisión estatal, condenas adicionales en virtud de la Ley de los Tres Delitos de California, posibles procesos federales con penas mínimas obligatorias de cinco años, pérdida permanente del derecho a poseer armas, consecuencias migratorias para los no ciudadanos y consecuencias colaterales que destruyen las perspectivas de empleo y el futuro. Hemos defendido con éxito a cientos de clientes acusados de posesión ilegal de armas y otros cargos relacionados con armas en todo el sur de California, logrando desestimaciones basadas en registros ilegales, la supresión de pruebas obtenidas ilegalmente, la reducción de cargos, acuerdos de declaración de culpabilidad favorables y resultados que protegen la libertad y el futuro de nuestros clientes.
Comprender las leyes de California sobre la posesión de armas por parte de personas condenadas por delitos graves
California cuenta con algunas de las leyes sobre armas de fuego más estrictas del país, que prohíben a numerosas categorías de personas ser propietarias o estar en posesión de armas de fuego y municiones.
Artículo 29800 del Código Penal de California: Posesión de armas de fuego por parte de un delincuente
Según Artículo 29800 del Código Penal de California[1], toda persona que haya sido condenada por un delito grave conforme a las leyes de California, de cualquier otro estado o del gobierno federal, y que sea propietaria, adquiera, reciba o tenga en su poder, bajo su custodia o control cualquier arma de fuego, será culpable de un delito grave.
Elementos que deben demostrar los fiscales:
- Anteriormente fue condenado por un delito grave.
- Usted era propietario, compró, recibió o tenía en su poder, bajo su custodia o bajo su control un arma de fuego
- Sabías que tenías el arma de fuego.
- Sabías que te habían condenado por un delito grave
¿Qué se entiende por “posesión”?
Posesión efectiva: Llevas el arma contigo:
- En tus manos
- En el bolsillo o en la cintura
- En la mochila que llevas puesta
- En cualquier parte del cuerpo
Posesión constructiva: No llevas el arma contigo, pero tienes control sobre ella:
- En tu vehículo
- En tu casa
- En el trastero que tú controlas
- En el lugar donde tengas acceso
- Nota: La fiscalía debe demostrar que usted sabía que el arma estaba allí Y que tenía la capacidad de controlarla
Posesión conjunta: Varias personas pueden tener la posesión de un mismo arma de fuego si cada una de ellas tiene conocimiento y control sobre ella.
Sanciones previstas en el artículo 29800 del Código Penal
Sanciones estatales:
- 16 meses, 2 años o 3 años en una prisión estatal de California
- Una condena por delito grave que se suma a tus antecedentes penales
- Multas de hasta $10,000
- Libertad condicional por delito grave (que a veces se concede en lugar de la prisión)
- Pérdida definitiva del derecho a poseer armas de fuego
- Años adicionales si cometiste nuevos delitos mientras tenías en tu poder un arma de fuego
Procesamiento federal en virtud del artículo 922(g) del título 18 del Código de los Estados Unidos: La ley federal también prohíbe a los condenados por delitos graves poseer armas de fuego. Si los fiscales federales se hacen cargo de su caso:
- Pena mínima obligatoria de 15 años de prisión federal en virtud de la Ley de Delincuentes Armados Reincidentes si se tienen tres condenas previas por delitos graves violentos o delitos graves relacionados con drogas
- De lo contrario, hasta 10 años de prisión federal
- Se aplican las pautas federales de imposición de penas
- Bajo custodia de la Oficina Federal de Prisiones (por lo general, se requiere haber cumplido 851 días de la condena)
- Posible proceso judicial ante un tribunal federal de Los Ángeles
Las autoridades federales, incluida la Oficina de Alcohol, Tabaco, Armas de Fuego y Explosivos (ATF), a veces procesan a los delincuentes por delitos de posesión, especialmente cuando:
- Se han utilizado varias armas de fuego
- Armas de fuego utilizadas en otros delitos
- Elementos del comercio interestatal
- El acusado tiene un amplio historial delictivo
- Armas de fuego involucradas en el tráfico ilícito
¿Quiénes tienen prohibido poseer armas de fuego en California?
Además de los delincuentes, California prohíbe la posesión de armas de fuego a numerosas categorías de personas:
Condenas previas por delitos graves (PC 29800):
- Cualquier condena por delito grave según la legislación de California
- Cualquier condena federal por delito grave.
- Cualquier condena por delito grave fuera del estado
- Delitos cometidos por menores que se considerarían delitos graves si se hubieran cometido en la edad adulta
Delitos violentos previos (PC 29900): Aunque se califiquen como delitos menores, ciertos delitos violentos dan lugar a una prohibición de 10 años:
- Agresión
- Agresión a la pareja o a la persona con la que se convive
- Ciertos delitos sexuales
- Delitos contra menores
Ciertas condenas por delitos menores (PC 29805): prohibición de 10 años para las condenas por delitos menores, entre las que se incluyen:
- Condenas por violencia doméstica
- Blandir (PC 417)
- Ataque a un agente del orden público
- Determinadas infracciones relacionadas con armas
Órdenes de alejamiento (PC 29825): No se pueden poseer armas de fuego mientras se esté sujeto a:
- Órdenes de alejamiento por violencia doméstica
- Órdenes de alejamiento por violencia con armas de fuego
- Órdenes de protección penal en algunos casos
Restricciones por motivos de salud mental (Código de Bienestar e Instituciones, artículos 8100-8105): prohibición de 5 años tras determinadas evaluaciones de salud mental
Otras prohibiciones:
- Personas expulsadas del ejército por conducta deshonrosa
- Inmigrantes ilegales (según la legislación federal)
- Fugitivos de la justicia
Según el Departamento de Justicia de California[2], California cuenta con bases de datos exhaustivas que permiten realizar un seguimiento de las personas a las que se les ha prohibido portar armas y llevar a cabo verificaciones de antecedentes para hacer cumplir las restricciones sobre armas de fuego a través del Sistema de Personas Armadas y Prohibidas (APPS).
Posesión ilegal de armas por parte de un delincuente en El Monte y el Valle de San Gabriel
El Monte, con una población de aproximadamente 115 000 habitantes según el Oficina del Censo de los Estados Unidos[3], registra con frecuencia detenciones por posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales en toda la ciudad.
Cómo se desarrollan los casos de posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales en El Monte
Órdenes de registro en domicilios: Muchos casos comienzan cuando:
- La policía de El Monte ejecuta órdenes de registro en viviendas en busca de drogas, bienes robados u otros delitos
- Armas de fuego halladas durante los registros
- La verificación de antecedentes penales revela que el residente es una persona a la que se le ha prohibido
- Se han producido detenciones tanto de las personas buscadas en virtud de la orden judicial original como por posesión de armas de fuego
Control de tráfico: Los cargos por posesión de armas por parte de un delincuente se presentan durante los controles de tráfico cuando:
- Los agentes detienen vehículos en las calles de El Monte
- Se obtiene el consentimiento para el registro o se establece una causa probable
- Armas de fuego halladas en vehículos
- Conductor o pasajero identificado como persona no autorizada
- Se han producido detenciones en el lugar de los hechos
Registros de personas en libertad condicional o bajo palabra: Las personas en libertad condicional o bajo palabra están sujetas a registros sin orden judicial:
- Los agentes de libertad condicional realizan visitas domiciliarias
- La policía lleva a cabo controles de cumplimiento
- Armas de fuego halladas durante los registros
- Detenciones por incumplimiento de la libertad condicional y nuevos cargos relacionados con armas de fuego
Llamadas por violencia doméstica: Agentes que acuden a casos de violencia doméstica en viviendas de El Monte:
- Observar o buscar armas de fuego según el protocolo
- Descubrir que una persona a la que se le ha prohibido la tenencia de armas de fuego posee armas
- Detención por violencia doméstica Y por posesión ilegal de armas
Aplicación del sistema APPS: El Sistema de Personas Armadas y Prohibidas de California identifica a las personas que:
- Armas de fuego adquiridas legalmente
- Posteriormente se le prohibió (debido a una condena por delito grave, una orden de alejamiento o una internación por motivos de salud mental)
- No han entregado las armas de fuego
Agentes del Departamento de Justicia de California o de la policía local:
- No contactes con personas prohibidas
- Notificar órdenes de restricción de armas
- Buscar armas de fuego
- Se procederá a la detención si no se entregan las armas de fuego o si se hallan armas de fuego adicionales
Informes de terceros: Se dan los siguientes casos cuando:
- Las exparejas denuncian la posesión de armas de fuego durante los litigios por la custodia
- Los vecinos informan haber visto armas de fuego
- Los familiares informan a la policía
- Los intentos de compra en tiendas de armas que han sido detectados mediante verificaciones de antecedentes
Situaciones habituales de posesión ilegal de armas por parte de delincuentes en El Monte
Armas de fuego heredadas: Situación habitual en la que:
- Fallece un padre o un familiar y deja armas de fuego
- Una persona a la que se le ha prohibido la tenencia de armas hereda unas armas de fuego sin darse cuenta de que no puede poseerlas
- Las armas de fuego permanecen en el hogar
- Las investigaciones dan lugar a la presentación de cargos
Protección del hogar: Muchas personas a las que se les ha prohibido la tenencia de armas de fuego las poseen con fines de protección:
- Barrios con altos índices de delincuencia
- Las experiencias de victimización previas generan miedo
- La convicción de que las necesidades de protección prevalecen sobre las restricciones legales
- Detenciones tras el hallazgo de armas de fuego durante las investigaciones
Controversias sobre la posesión constructiva: La fiscalía imputa la posesión constructiva cuando:
- Armas de fuego encontradas en viviendas compartidas
- El acusado alega que las armas de fuego pertenecen a su compañero de piso, a su cónyuge o a un familiar
- El fiscal sostiene que el acusado tenía conocimiento y acceso
- Hechos controvertidos sobre quién poseía realmente las armas de fuego
Antecedentes penales: Algunos acusados poseen armas de fuego sin saber que están prohibidas:
- Condenas por delitos graves muy antiguas, de hace décadas
- Se restablecieron los derechos relacionados con las creencias (aunque en California no se restablecen automáticamente)
- El acusado no se dio cuenta de que las condenas dictadas fuera del estado contaban
- Las resoluciones judiciales en materia de menores que se consideran prohibiciones
Posesión momentánea: Cargos derivados de:
- Encontrar un arma de fuego e intentar deshacerse de ella de forma segura
- Quitarle el arma a una persona con tendencias suicidas
- Manejo breve de un arma de fuego en un campo de tiro
- Tocar el arma de fuego durante la transacción
Posesión de vehículos: Situaciones habituales en las que:
- Armas de fuego en los vehículos durante los controles de tráfico
- El conductor afirma que el arma de fuego es del pasajero (o viceversa)
- Controversias sobre quién tenía conocimiento de la existencia del arma de fuego
- Ambos ocupantes fueron detenidos a pesar de que la titularidad no está clara
Departamento de Policía y Fiscalía de El Monte
El Departamento de Policía de El Monte investiga los casos de posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales a través de:
Recopilación de pruebas:
- Armas de fuego incautadas y registradas
- Números de serie registrados y rastreados
- Municiones inventariadas
- Fotografías de armas de fuego y lugares
- Análisis de huellas dactilares en armas de fuego
- Verificación de antecedentes penales que confirme la situación de prohibición
Inscripción y cargos: Tras la detención:
- Trasladado al Departamento de Policía de El Monte o a la cárcel del condado para su registro
- Fianza fijada según las tarifas (normalmente entre 100 000 y 100 000 TP)
- Armas de fuego enviadas al laboratorio criminalístico
- Casos remitidos al fiscal del distrito
Fiscalía: La Fiscalía del Condado de Los Ángeles[4] ejerce la acusación en casos de posesión ilegal de armas por parte de personas condenadas por delitos graves en el juzgado de El Monte, especialmente cuando:
- Se han utilizado varias armas de fuego
- Armas de fuego cargadas o al alcance de la mano
- El acusado tiene antecedentes penales graves
- Armas de fuego relacionadas con otros delitos
- Se aplican agravantes por pertenencia a una banda
Los fiscales federales pueden hacerse cargo de los casos cuando las circunstancias justifiquen la jurisdicción federal.
Consecuencias de las condenas por posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales
Condenas en prisiones estatales
Condena por el delito tipificado en el artículo 29800 del Código Penal:
- 16 meses, 2 o 3 años de prisión estatal.
- Los jueces fijan las penas teniendo en cuenta los factores agravantes y atenuantes
- Años adicionales para mejoras:
- Agravantes por pertenencia a una banda (art. 186.22 del Código Penal): de 2 a 10 años adicionales
- Arma de fuego utilizada para cometer otro delito grave: años adicionales
- Condenas previas por delitos graves o violentos: años adicionales
Ley de los tres strikes: Si el delito grave anterior constituía un «strike», condena por posesión de armas por parte de un delincuente:
- Se considera reincidencia, lo que duplica la pena
- Pena por reincidencia en tercer delito si ya se han cometido dos delitos anteriores: de 25 años a cadena perpetua
Sentencias federales:
- Hasta 10 años de prisión federal
- Pena mínima obligatoria de 15 años a cadena perpetua en virtud de la Ley de Delincuentes Reincidentes Armados (ACCA) si existen tres condenas previas por delitos violentos graves o por delitos graves relacionados con drogas
- Las pautas federales de imposición de penas dan lugar a condenas más largas que las de los tribunales estatales
Pérdida permanente del derecho a portar armas
Sin restablecimiento: Las condenas por posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales dan lugar a:
- Prohibición de por vida de armas de fuego
- No hay camino hacia la recuperación en California
- Prohibición federal de por vida en virtud del artículo 922(g) del título 18 del Código de los Estados Unidos
- No se puede solicitar la restitución
- Se aplica a las armas de fuego y las municiones
- No se puede vivir en una vivienda donde haya armas de fuego
Consecuencias migratorias
Para las personas que no son ciudadanas, la posesión de armas por parte de un delincuente constituye un delito grave agravado según la legislación migratoria. Según el Servicios de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos[5], los delitos relacionados con armas de fuego cometidos por personas a las que está prohibido poseerlas dan lugar a:
- Deportación obligatoria sin exención
- Inadmisibilidad permanente
- No se admiten devoluciones
- Incluso los residentes permanentes legales son deportados
- No hay exención discrecional disponible.
- Detención durante los procedimientos de expulsión
Consecuencias colaterales
Empleo: Las condenas por posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales impiden:
- Cualquier trabajo que requiera el uso de armas de fuego
- Puestos de seguridad
- Carreras en las fuerzas del orden
- Empleo público
- La mayoría de los puestos de trabajo tras la verificación de antecedentes
Vivienda:
- Desalojo de la vivienda
- Denegación de solicitudes
- Falta de viviendas públicas
- Dificultad para encontrar vivienda al tener varios antecedentes penales
Licencia profesional:
- Licencias de guardias de seguridad revocadas
- Otras licencias profesionales afectadas
- Oportunidades profesionales perdidas
Libertad condicional y libertad bajo palabra: Una condena mientras se está en libertad condicional o bajo palabra tiene como consecuencia:
- Revocación de la libertad condicional
- Condiciones de suspensión impuestas inicialmente
- Penas consecutivas
- No se concederá libertad condicional en caso de una nueva condena
- Prisión estatal obligatoria
Defensas ante los cargos por posesión ilegal de armas por parte de un delincuente
Impugnación de la condena por delito grave predicado
Antecedentes penales: Cuestionamos si una condena anterior te inhabilita:
- Condena previa rebajada a delito menor en virtud de la Proposición 47 o 64
- Condena previa eliminada de los antecedentes penales en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal
- En realidad, la condena anterior no fue por un delito grave
- Las sentencias de menores que no deberían tenerse en cuenta
- Condena fuera del estado que no equivalía a un delito grave
- Condena federal que no equivalía a un delito grave
Si una condena anterior no prohíbe legalmente la posesión de armas de fuego, los cargos actuales deben ser desestimados.
Certificado de rehabilitación: Para algunos delitos graves cometidos en el pasado, obtenemos:
- Certificado de reabilitación
- Indulto del gobernador
- Restablecimiento del derecho a portar armas (poco frecuente y difícil)
Falta de conocimiento
El artículo 29800 del Código Penal exige que se supiera que se estaba en posesión de un arma de fuego. Demostramos que no se tenía conocimiento de ello:
- No sabías que había un arma de fuego en tu vehículo.
- Alguien dejó un arma de fuego allí sin que tú lo supieras
- No sabías que el objeto era un arma de fuego (réplica, inoperativa)
- Arma de fuego escondida en un lugar que no conocías
Falta de posesión
Demostramos que, en realidad, usted no estaba en posesión de un arma de fuego:
- El arma pertenecía a otra persona
- No tenías conocimiento de la presencia del arma de fuego
- No tenías acceso ni control sobre el arma de fuego
- Otra persona tenía la posesión exclusiva
Defensas basadas en la posesión constructiva: En el caso de armas de fuego en viviendas o vehículos:
- Varios residentes tenían acceso
- El arma de fuego pertenecía a otro miembro del hogar
- Otra persona tenía el control exclusivo de la zona donde se encontró el arma de fuego
- No vivías en la residencia donde se encontró el arma de fuego
- Presencia temporal en un vehículo con un arma de fuego
Defensa de posesión momentánea
La legislación de California reconoce la posesión temporal con fines lícitos:
- Encontrar un arma de fuego y llamar inmediatamente a la policía
- Quitarle el arma a una persona con tendencias suicidas para evitar que se haga daño
- Posesión temporal para deshacerse de un arma de fuego de forma segura
- Una duración tan breve que no constituye posesión
Registro e incautación ilegales
Las violaciones de la Cuarta Enmienda exigen la exclusión de las pruebas:
- Control de tráfico ilegal sin sospecha razonable
- Registro sin orden judicial, sin consentimiento ni excepción válida
- Consentimiento para el registro obtenido mediante coacción
- El registro excedió el alcance de la orden judicial o del consentimiento
- Búsqueda de información sobre libertad condicional o bajo palabra sin fundamento jurídico
- No hay causa probable para el arresto.
Las mociones de exclusión de pruebas de armas de fuego que prosperan dan lugar a la desestimación del caso cuando la fiscalía pierde las pruebas.
Violación de los derechos Miranda
Las declaraciones obtenidas en violación de los derechos Miranda deben ser excluidas:
- Interrogatorio policial sin leer los derechos
- Continuación del interrogatorio tras invocar los derechos
- Declaraciones obtenidas bajo coacción
Si la exclusión de las pruebas anula la confesión, el caso podría ser desestimado.
Atrapamiento
Cuando los agentes del gobierno provocan la posesión:
- Operaciones encubiertas en las que se induce a los acusados a adquirir armas de fuego
- El acusado no tiene predisposición a poseer armas de fuego
- La actuación del Gobierno más allá de la creación de oportunidades
Error de hecho
Error razonable que excluye el elemento de conocimiento:
- La creencia razonable de que el delito anterior no prohibía la posesión
- Creencia razonable de que el arma de fuego no estaba en condiciones de funcionar
- Convicción razonable de que tenías autorización para poseerlo
Coacción o necesidad
En casos excepcionales:
- Arma de fuego sustraída bajo amenaza de muerte o lesiones graves
- No existe ninguna alternativa legal razonable.
- Se deshizo inmediatamente del arma de fuego cuando la amenaza terminó
Cuestionar el funcionamiento de las armas de fuego
Si el arma presuntamente incautada no funcionaba:
- No puede disparar
- Antigüedad que no constituye un arma de fuego según la ley
- Réplica o pistola de aire comprimido
- Piezas desmontadas que no constituyen un arma de fuego
El proceso penal
Detención y registro
Tras la detención, se le trasladará al Departamento de Policía de El Monte o a la cárcel del condado:
- Registro y toma de huellas dactilares
- Verificación de antecedentes penales que confirme la prohibición
- Fianza fijada (normalmente entre 400 000 y más de 1 000 000 de pesos)
- Armas de fuego incautadas como prueba
- Notificación de la ATF en algunos casos
Lectura de cargos
Primera comparecencia en el juzgado de El Monte (11234 East Valley Boulevard):
- Informado de los cargos
- Recibir una queja
- Declarar la defensa (normalmente «no culpable»)
- Revisión de la fianza
- Fechas futuras fijadas
- Se designa un defensor público en caso de indigencia
Es fundamental contar con representación legal inmediata.
Audiencia preliminar
En el caso de los delitos graves, la audiencia preliminar determina si existen indicios razonables:
- Interrogamos a los agentes
- Impugnar las pruebas
- Solicitar la desestimación
- Evaluar la solidez del caso
- Recoger el testimonio de los testigos
Procedimientos previos al juicio
Descubrimiento: Obtenemos:
- Informes policiales
- Declaraciones juradas para órdenes de registro
- Informes y análisis sobre armas de fuego
- Antecedentes penales
- Informes de laboratorio
- Pruebas en vídeo
- Declaraciones de los testigos
Investigación: Llevamos a cabo:
- Investigación independiente
- Entrevistar a los testigos.
- Verificar la legalidad del registro
- Investigar la tenencia de armas de fuego
- Impugnar la sentencia condenatoria
- Recopilar pruebas de mitigación
Práctica de presentación de mociones: Presentamos mociones para:
- Excluir las pruebas obtenidas ilegalmente (PC 1538.5)
- Desestimar los cargos por falta de pruebas
- Anulación de condenas anteriores (mociones Romero)
- Poner a prueba el funcionamiento de un arma de fuego
- Excluir sentencias
- Obtener el expediente de Pitchess (conducta indebida de un agente)
Negociaciones: Negociamos en nombre de:
- Desestimaciones por ocultación o falta de pruebas
- Tarifas reducidas
- Libertad condicional en lugar de prisión
- Penas mínimas
- Alternativas a la prisión estatal
Juicio
Si es necesario, ofrecemos una defensa enjuiciada enérgica:
- Selección del jurado
- Alegatos iniciales que marcan la línea de defensa
- Contrainterrogatorio de los agentes y los testigos
- La defensa presenta testigos, peritos y pruebas
- Alegatos finales que hacen hincapié en la duda razonable
Sentencia
En caso de que se dicten sentencias condenatorias, presentamos circunstancias atenuantes:
- Letras de los personajes
- Registros de empleo
- Evidencia sobre rehabilitación
- Tratamiento de salud mental o de abuso de sustancias
- Circunstancias familiares
- Servicio militar
- La edad y los problemas de salud
Se busca:
- Libertad condicional en lugar de la cárcel (poco frecuente, pero posible)
- Condena de corta duración (16 meses)
- Penas concurrentes en lugar de penas consecutivas
- Custodia local en lugar de prisión estatal
Consideraciones sobre el enjuiciamiento federal
Cuando los casos pasan a la jurisdicción federal
La ATF y los fiscales federales se hacen cargo de los casos cuando:
- Se han utilizado varias armas de fuego
- Ametralladoras, silenciadores o armas prohibidas
- Elementos del comercio interestatal
- Sospecha de trata de personas
- Antecedentes penales graves (se aplica la ley ACCA)
- Las sanciones estatales se consideran insuficientes
Diferencias en los procedimientos federales
Los casos federales incluyen:
- Investigación llevada a cabo por agentes de la ATF
- Fiscalía del Tribunal Federal de Distrito, Distrito Central de California
- Magistrados federales y jueces de los tribunales de distrito
- Directrices federales sobre imposición de penas
- Penas más largas que las impuestas por los tribunales estatales
- Bajo custodia de la Oficina Federal de Prisiones
- Requisito de custodia 85%
Defensas federales
Se aplican argumentos similares:
- Registros ilegales
- Falta de posesión o de conocimiento
- Impugnación de sentencias condenatorias
- Sin embargo, la ley federal es más restrictiva en cuanto a algunas defensas
Restablecimiento del derecho a portar armas (muy limitado)
Legislación de California
En California, prácticamente no existe ninguna vía para que los condenados por delitos graves recuperen el derecho a portar armas:
- No se realiza una restauración automática tras un periodo de tiempo
- La eliminación de antecedentes penales en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal no restablece los derechos
- La calificación como delito menor en virtud de la Propuesta 47 podría ser de ayuda en el caso de algunos delitos
- Certificado de rehabilitación y indulto: algo extremadamente raro
Ley federal
La ley federal es ligeramente más flexible:
- La ATF puede restablecer los derechos mediante un proceso de solicitud
- Extremadamente difícil y poco común
- El Congreso lleva años sin financiar el programa de la ATF
- Los indultos presidenciales son posibles, pero muy poco frecuentes
La realidad práctica: una vez condenado por un delito grave, casi nunca se recuperan los derechos sobre armas de fuego.
Preguntas frecuentes
No sabía que no podía tener un arma. ¿Eso es una defensa?
Debe saber que fue condenado por un delito grave y que estaba en posesión de un arma de fuego. Pero el argumento de “no sabía que la ley me lo prohibía” no suele constituir una defensa válida. No obstante, podemos alegar la falta de conocimiento como circunstancia atenuante.
El arma no era mía. ¿Aún así me pueden condenar?
Es posible. La fiscalía imputa el delito de “posesión constructiva” si usted tenía conocimiento y control del arma, aunque no fuera su propietario. Nuestra defensa consiste en demostrar que usted no sabía nada del arma ni tenía control sobre ella.
¿Puedo tener armas en mi casa si pertenecen a mi cónyuge?
No. Las personas a las que se les ha prohibido el uso de armas de fuego no pueden residir en lugares donde haya acceso a ellas. El cónyuge debe guardar las armas de fuego en cajas fuertes cerradas con llave a las que usted no tenga acceso, o guardarlas en otro lugar.
Mi delito grave fue hace 20 años. ¿Sigo sin poder tener armas?
Así es. La prohibición en California es de por vida, independientemente del tiempo que haya pasado desde la condena. La antigüedad de la condena no importa.
¿Y si hubiera encontrado el arma y fuera a entregarla?
La posesión momentánea con fines legales puede constituir una defensa si se contactó inmediatamente a la policía y no se conservó el arma de fuego más tiempo del necesario.
¿Puedo obtener libertad condicional en lugar de ir a prisión?
Podría tratarse de un primer delito de posesión con circunstancias atenuantes de peso, aunque se presume que la pena será de prisión estatal. Presentamos un alegato exhaustivo de circunstancias atenuantes con el fin de obtener la libertad condicional.
¿Qué pasa si mi delito grave anterior fue rebajado en virtud de la Proposición 47?
Si el delito grave anterior se ha rebajado a delito menor, es posible que ya no se le considere persona inhabilitada. Presentamos mociones para desestimar los cargos actuales basándonos en la rebaja de la condena anterior.
¿Me juzgarán en un tribunal estatal o federal?
Normalmente se trata de un delito estatal, pero puede ser federal en casos graves o si el acusado tiene antecedentes penales. Las sanciones federales son más severas.
¿Se puede desestimar esto?
Sí. Conseguimos que se desestimen los casos alegando la ilegalidad de los registros, la falta de pruebas de posesión, condenas previas inválidas o pruebas insuficientes.
¿Y qué hay de las pistolas de aire comprimido o las réplicas de armas?
Las pistolas de aire comprimido auténticas y las réplicas no funcionales no se consideran armas de fuego según la ley. Cuestionamos que el artículo fuera realmente un arma de fuego.
¿Por qué elegir a Tu Defensor Criminalista?
- Amplia experiencia en defensa contra armas: Cientos de casos de posesión ilegal de armas por parte de personas con antecedentes penales defendidos en tribunales estatales y federales.
- Comprensión de las complejas leyes sobre armas de fuego: Conocimiento profundo de la compleja legislación de California en materia de prohibición de armas de fuego y de las leyes federales sobre armas de fuego.
- Mociones de supresión admitidas: Hemos ganado numerosas mociones para excluir pruebas obtenidas ilegalmente, lo que ha dado lugar a la desestimación de los casos.
- Experiencia en tribunales federales: Representamos a nuestros clientes ante los tribunales federales cuando los casos se tramitan a nivel federal.
- Investigación minuciosa: Investigamos las condenas por delitos principales, impugnamos la posesión constructiva y recopilamos pruebas que respalden las defensas.
- Información sobre El Monte: Comparecencias periódicas en el juzgado de El Monte y conocimiento de los procedimientos locales.
- Defensa enérgica: Luchamos sin descanso para proteger a nuestros clientes de consecuencias devastadoras.
- Servicios bilingües: Disponemos de servicios en español. Hablamos español.
- Disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana: Estamos disponibles de inmediato cuando nos necesites.
Actúa de inmediato
Los cargos por posesión ilegal de armas por parte de un delincuente pueden acarrear años de prisión.
- No hagas declaraciones a la policía.
- No autorices los registros.
- No espere para contratar a un abogado: es fundamental actuar cuanto antes.
- Ejerza su derecho a guardar silencio.
- Póngase en contacto con un abogado con experiencia de inmediato.
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