
¿Te han detenido por resistirte a la autoridad en Pasadena? Te enfrentas a graves cargos por delitos menores en virtud de Artículo 148(a)(1) del Código Penal de California[1] lo cual puede acarrear hasta un año de prisión en la cárcel del condado, multas de hasta 1 000 dólares y antecedentes penales permanentes que le acompañarán de por vida. Una condena por resistencia al arresto puede arruinar sus perspectivas laborales, sus licencias profesionales y sus oportunidades de vivienda, además de crear dificultades duraderas en futuros encuentros con las fuerzas del orden. Necesita un abogado con experiencia en defensa penal que conozca el Tribunal Superior de Pasadena, comprenda la ley de resistencia al arresto de California y tenga un historial comprobado de defender con éxito a clientes contra estos cargos.
En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una defensa legal enérgica a las personas acusadas de resistencia a la autoridad en Pasadena y en todo el condado de Los Ángeles. Nuestro equipo de defensa penal sabe que los cargos por resistencia a la autoridad suelen añadirse a los casos cuando los agentes se sienten menospreciados, cuando las detenciones son cuestionables o cuando se ha hecho uso de la fuerza durante un incidente. Conocemos el sistema judicial local del Tribunal Superior de Pasadena, ubicado en 300 East Walnut Street, Pasadena, CA 91101, y luchamos para proteger sus derechos y su libertad.
Consulta confidencial gratuita: (888) 315-3326 | Disponible las 24 horas del día, los 7 días de la semana | Hablamos español
La resistencia al arresto, según el artículo 148(a)(1) del Código Penal de California, es uno de los delitos por los que se presentan más cargos en Pasadena y en todo el condado de Los Ángeles. A pesar de su nombre, la ley abarca mucho más que el simple hecho de forcejear físicamente con la policía durante un arresto. La ley tipifica como delito cualquier resistencia, retraso u obstrucción intencionados a los agentes del orden, funcionarios públicos o técnicos de emergencias médicas mientras desempeñan sus funciones oficiales.
Pasadena, con su una población de aproximadamente 136 462 habitantes[2], es habitual que se produzcan interacciones frecuentes entre las fuerzas del orden y la comunidad. Según datos recientes de la El Departamento de Policía de Pasadena: los agentes respondieron a más de 57 000 llamadas de emergencia al 9-1-1[3] y resolvió con éxito 276 situaciones potencialmente peligrosas mediante técnicas de desescalada. Dado el elevado número de interacciones entre la policía y los ciudadanos, con frecuencia se presentan cargos por resistencia a la autoridad.
Artículo 148(a)(1) del Código Penal de California[1] dice:
“Toda persona que, de manera deliberada, se resista, retrase u obstaculice a cualquier funcionario público, agente del orden o técnico de emergencias médicas, tal y como se definen en la División 2.5 (a partir de la Sección 1797) del Código de Salud y Seguridad, en el desempeño o intento de desempeño de cualquier deber de su cargo o empleo, cuando no se prescriba ningún otro castigo, será sancionado con una multa que no exceda los mil dólares ($1,000), o con prisión en una cárcel del condado que no exceda un año, o con ambas, la multa y la prisión”.”
Esta ley, redactada en términos generales, abarca numerosas conductas que van más allá de la agresión física a los agentes de policía. Entre las acciones que pueden dar lugar a cargos por resistencia a la autoridad se incluyen:
Resistencia física:
Obstrucción del cumplimiento del deber:
Facilitar información falsa:
Protección legal importante: Según la legislación de California, tomar una fotografía o realizar una grabación de audio o vídeo de un agente de policía en un lugar público NO constituye resistencia a la autoridad. Artículo 148(g) del Código Penal[1] establece explícitamente que el hecho de grabar la actuación policial, por sí solo, no constituye una sospecha razonable que justifique que los agentes te retengan ni una causa probable para arrestarte.
Para declararle culpable de resistencia a la autoridad en virtud del artículo 148(a)(1) del Código Penal, la fiscalía debe demostrar más allá de toda duda razonable que:
El término “deliberadamente” significa que actuaste a propósito o de manera intencionada, no por accidente. No es necesario que tuvieras la intención de infringir la ley; basta con que hayas realizado intencionadamente el acto que constituyó resistencia, retraso u obstrucción.
La resistencia al arresto, según el artículo 148(a)(1) del Código Penal de California, se tipifica como un delito menor. Aunque los delitos menores son menos graves que los delitos graves, una condena conlleva consecuencias importantes que pueden afectar su vida durante muchos años.
Condena en la cárcel del condado: Hasta un año (365 días) en la cárcel del condado. Los jueces tienen la facultad de imponer cualquier pena, desde la libertad hasta la pena máxima. Entre los factores que se tienen en cuenta se incluyen la gravedad de tu conducta, si hubo heridos, tus antecedentes penales y si asumes la responsabilidad.
Multas: Hasta 1.000 dólares en multas básicas. Sin embargo, si se suman las sanciones y tasas de California, el importe real que se paga puede ser de tres a cuatro veces superior a la multa básica, pudiendo alcanzar los 4.000 dólares o más.
Libertad condicional: La mayoría de quienes cometen un delito por primera vez reciben libertad condicional en lugar de una pena de cárcel. La libertad condicional suele durar entre dos y tres años e incluye condiciones tales como:
Permiso para trabajar o arresto domiciliario: Si se impone una pena de prisión como parte de la libertad condicional, esta puede cumplirse en régimen de trabajo fuera del centro penitenciario (lo que te permite seguir trabajando) o en arresto domiciliario con vigilancia electrónica, en lugar de la reclusión tradicional.
Más allá de las sanciones penales directas, una condena por resistencia a la autoridad conlleva numerosas consecuencias colaterales:
Repercusiones en el empleo:
Consecuencias migratorias: Aunque resistirse al arresto no se considera un delito que implique depravación moral (CIMT), los no ciudadanos deben consultar con un abogado de inmigración antes de aceptar cualquier acuerdo de declaración de culpabilidad. La ley de inmigración es compleja, y cualquier condena penal puede afectar potencialmente al estatus de la visa, a las solicitudes de tarjeta de residencia, a la naturalización o a los procedimientos de deportación.
Futuros encuentros con las fuerzas del orden: Cualquier condena por resistirse al arresto pasa a formar parte de tus antecedentes penales, a los que tendrán acceso las fuerzas del orden en futuras detenciones y controles. Esto puede hacer que las futuras interacciones con la policía sean más difíciles y conflictivas, ya que los agentes podrían considerarte una persona que se ha resistido al arresto anteriormente.
Servicio militar: Una condena por resistirse al arresto puede dar lugar a que se deniegue el ingreso en el ejército o a la expulsión del servicio actual.
Demandas civiles: Si tus acciones causaron lesiones a un agente o daños a la propiedad, podrías enfrentarte a responsabilidades civiles además de sanciones penales.
Órdenes de protección penal: En algunos casos, especialmente cuando la resistencia al arresto se produce durante incidentes de violencia doméstica, el tribunal puede dictar órdenes de protección penales que restrinjan su contacto con determinadas personas o lugares.
El artículo 148 del Código Penal de California establece penas más severas para quienes intenten arrebatarle un arma a un agente:
Es fundamental comprender el proceso de justicia penal cuando se enfrentan cargos por resistencia al arresto en Pasadena. El proceso consta de varias etapas, y cada una de ellas ofrece a su abogado defensor la oportunidad de impugnar los cargos y proteger sus derechos.
Los cargos por resistencia al arresto suelen surgir durante un encuentro con las fuerzas del orden o inmediatamente después. Es posible que te arresten por otro delito (como conducir bajo los efectos del alcohol, violencia doméstica o una orden de aprehensión) y, cuando los agentes intenten detenerte o arrestarte, aleguen que te resististe. Por otra parte, es posible que te arresten únicamente por resistencia al arresto cuando los agentes aleguen que obstruiste su investigación o retrasaste el cumplimiento de sus funciones.
Tras su detención, será trasladado a las instalaciones de la cárcel del Departamento de Policía de Pasadena para su registro. El proceso de registro incluye la toma de fotografías, la toma de huellas dactilares, el registro de sus datos personales y un cacheo. Permanecerá bajo custodia hasta que pague la fianza o sea puesto en libertad bajo palabra.
En el caso de los cargos por el delito menor de resistencia a la autoridad, la fianza suele fijarse de acuerdo con la tabla de fianzas del condado de Los Ángeles. Los montos de la fianza para el artículo 148(a)(1) del Código Penal (PC) suelen oscilar entre 1.000 y 25.000 dólares, dependiendo de las circunstancias y de si se presentan otros cargos. Si no puede pagar la fianza, su abogado puede solicitar una audiencia de reducción de la fianza o pedir la liberación bajo palabra (o libertad condicional).
Tu primera comparecencia ante el tribunal será una lectura de cargos en el Tribunal Superior de Pasadena, 300 East Walnut Street, Pasadena, CA 91101[4]. En la comparecencia inicial:
En los casos de delitos menores, la lectura de cargos tiene lugar en la Oficina del Secretario Judicial Penal – Delitos Menores, 1.ª planta / Sala 103, teléfono (626) 396-3398.
La mayoría de los acusados deberían declararse “inocentes” en la lectura de cargos para conservar todas las opciones legales y dar tiempo a su abogado a investigar el caso, examinar las pruebas y negociar con la fiscalía.
Tras la lectura de cargos, su caso pasa a la fase previa al juicio, que suele incluir:
Descubrimiento: Su abogado recabará informes policiales, actas de detención, grabaciones de cámaras corporales, videos de cámaras de tablero, declaraciones de testigos y cualquier otra prueba relacionada con su caso. En Pasadena, muchas detenciones quedan grabadas en las cámaras corporales de los agentes, lo que puede proporcionar pruebas cruciales para su defensa.
Mociones: Su abogado puede presentar mociones para solicitar la exclusión de pruebas, la desestimación de los cargos o la exclusión de determinados testimonios. Entre las mociones más habituales en los casos de resistencia a la autoridad se incluyen:
Negociaciones de la declaración de culpabilidad: Su abogado negociará con la Fiscalía Municipal de Los Ángeles o con la Fiscalía del Condado de Los Ángeles (dependiendo de dónde se haya presentado el caso) para intentar reducir los cargos, minimizar las sanciones o lograr que se desestime el caso por completo.
Si su caso llega a juicio, tiene el derecho constitucional a un juicio con jurado (o puede renunciar al jurado y optar por un juicio sin jurado ante un juez). En el juicio, la fiscalía debe demostrar todos los elementos del cargo de resistencia a la autoridad más allá de toda duda razonable.
Su abogado refutará los argumentos de la fiscalía mediante:
Si se dicta una sentencia condenatoria tras un juicio o mediante un acuerdo de declaración de culpabilidad, la imposición de la pena tendrá lugar de inmediato o en una audiencia separada. El juez tendrá en cuenta el informe del departamento de libertad condicional, las declaraciones del acusado y de las posibles víctimas, los antecedentes penales del acusado y cualquier circunstancia atenuante o agravante.
Una condena no es inevitable cuando se le acusa de resistirse al arresto en Pasadena. Los abogados con experiencia en defensa penal emplean numerosas estrategias eficaces para impugnar estos cargos y lograr resultados favorables.
Una de las defensas más sólidas para un cargo de resistencia al arresto es demostrar que el arresto o la detención subyacentes fueron ilegales. Los agentes de policía deben tener una sospecha razonable para detenerte y una causa probable para arrestarte. Si la parada, la detención o el arresto iniciales violaron tus derechos amparados por la Cuarta Enmienda, entonces no puedes ser condenado por resistirte a esa acción policial ilegal.
Esta defensa se aplica cuando:
Los tribunales de California reconocen desde hace tiempo que los ciudadanos tienen derecho a resistirse a las detenciones ilegales, aunque se trata de un derecho limitado que solo debe ejercerse por la vía legal, y no mediante la resistencia física en la calle.
Para declararte culpable de resistencia a la autoridad, la fiscalía debe demostrar que actuaste de manera deliberada, es decir, a propósito y con intención. Si tus acciones fueron accidentales, instintivas o involuntarias, no puedes ser condenado en virtud del artículo 148(a)(1) del Código Penal.
Entre los ejemplos de conducta no intencional se incluyen:
El artículo 148(a)(1) del Código Penal solo tipifica como delito la obstrucción a los agentes que estén desempeñando sus funciones de manera legal. Si los agentes incurrieron en una conducta ilegal, no se te puede condenar por resistencia a la autoridad.
Esta defensa se aplica cuando:
Lamentablemente, las acusaciones falsas de resistencia al arresto son frecuentes. Los agentes pueden inventar o exagerar las denuncias de resistencia para justificar:
Su abogado puede desmentir las acusaciones falsas mediante:
Según un informe de la Comisión de Relaciones Humanas del Condado de Los Ángeles en el que se analizan los datos sobre detenciones del Departamento de Policía de Pasadena[5], existen importantes disparidades en las tasas de detención en función de la raza y el origen étnico, con Las personas negras tienen 5,2 veces más probabilidades y las personas latinas, 2,4 veces más probabilidades de ser detenidas por delitos menores y no violentos que las personas blancas[6]. Estas disparidades apuntan a la posibilidad de que exista un sesgo en las decisiones de detención, lo que puede incluir cargos por represalia, como el de resistencia a la autoridad.
La fiscalía tiene la carga de probar todos los elementos del delito de resistencia a la autoridad más allá de toda duda razonable. Su abogado puede alegar que no hay pruebas suficientes para sustentar una condena cuando:
Tienes derecho a emplear la fuerza razonable para defenderte frente al uso excesivo de la fuerza por parte de los agentes de policía. Si los agentes han empleado fuerza ilegal contra ti, es posible que tu resistencia estuviera justificada para protegerte de posibles lesiones.
Esta defensa es complicada, ya que exige demostrar no solo que los agentes hicieron uso excesivo de la fuerza, sino también que su resistencia fue razonable y proporcionada a la amenaza. Sin embargo, cuando los agentes cometen una conducta indebida evidente que implica violencia o uso ilegal de la fuerza, la legítima defensa puede ser una defensa adecuada.
Para ser declarado culpable en virtud del artículo 148(a)(1) del Código Penal, es necesario que supieras o que, razonablemente, debieras haber sabido que la persona a la que presuntamente obstruiste era un agente del orden público en el ejercicio de sus funciones. Si los agentes no vestían uniforme, no se identificaron o actuaban de una manera que no dejaba clara su condición, es posible que puedas alegar una defensa basada en la falta de conocimiento.
Las actividades protegidas por la Primera Enmienda, como criticar verbalmente a la policía, expresar desacuerdo con un arresto o ejercer el derecho a guardar silencio, no pueden servir de base para una condena por resistencia al arresto. Tu abogado puede argumentar que tu conducta constituía un discurso o una expresión protegidos por la Constitución.
Comprender por qué los cargos por resistencia al arresto se añaden con tanta frecuencia a los casos ayuda a explicar la importancia de contar con una representación legal con experiencia para rebatir estas acusaciones.
Pasadena registra un elevado número de interacciones entre la policía y los ciudadanos. Según estadísticas recientes, el El Departamento de Policía de Pasadena recibió 20 796 llamadas a través de la centralita solo en julio de 2024, incluidas 9215 llamadas de servicio y 6024 llamadas al 911[7]. Con tantos contactos, las ocasiones en que pueden surgir acusaciones de resistencia, retrasos u obstrucción son numerosas.
La redacción extremadamente amplia del artículo 148(a)(1) del Código Penal tipifica como delito conductas que muchas personas no considerarían “resistencia a la autoridad”. Quedarse inmóvil, hacer preguntas, moverse con demasiada lentitud o incluso parecer poco cooperativo puede dar lugar a cargos. Esta amplitud otorga a los agentes una amplia discrecionalidad a la hora de decidir si imputan a alguien por resistencia a la autoridad.
Cuando los agentes recurren a la fuerza durante una detención y el sospechoso sufre lesiones, los cargos por resistencia a la autoridad sirven para explicar dichas lesiones. Al alegar que el sospechoso se resistió, los agentes pueden justificar su uso de la fuerza y evitar posibles denuncias por uso excesivo de la fuerza.
En ocasiones, los agentes presentan cargos por resistencia a la autoridad como represalia por lo que consideran una falta de respeto, por cuestionar su autoridad o por hacer valer los derechos constitucionales. Aunque estos cargos por represalia son indebidos, se producen con lamentable frecuencia.
Cuando la detención o la investigación subyacente son cuestionables desde el punto de vista legal, añadir un cargo por resistencia a la autoridad puede reforzar la posición de la fiscalía en las negociaciones de la declaración de culpabilidad. Los fiscales pueden utilizar el cargo por resistencia como moneda de cambio para presionar a los acusados a que se declaren culpables de otros cargos.
Los cargos por resistencia a la autoridad pueden utilizarse para encubrir conductas indebidas de la policía, registros ilegales, detenciones ilegales o uso excesivo de la fuerza. El cargo desvía la atención de la conducta de los agentes hacia la supuesta resistencia del acusado.
El tiempo es un factor crucial cuando se enfrentan cargos por resistirse al arresto en Pasadena. Las decisiones que tomes inmediatamente después del arresto pueden influir significativamente en el resultado de tu caso.
Las pruebas fundamentales pueden desaparecer rápidamente:
Su abogado puede tomar medidas de inmediato para preservar estas pruebas mediante cartas de advertencia por destrucción de pruebas, citaciones judiciales y solicitudes formales a los organismos encargados de hacer cumplir la ley.
Muchas personas detenidas por resistirse al arresto hacen declaraciones a la policía, a sus familiares o en las redes sociales que perjudican su defensa. Entre los errores más comunes se encuentran:
Un abogado protege tus derechos en virtud de la Quinta Enmienda y evita que, sin darte cuenta, perjudiques tu defensa.
Su abogado puede trabajar para conseguir su puesta en libertad lo antes posible mediante:
Permanecer bajo custodia dificulta la preparación de su defensa, mantener su empleo y atender sus responsabilidades familiares.
Una investigación inmediata por parte de su abogado puede revelar pruebas y testimonios de testigos que refuercen su defensa. Una intervención temprana también puede permitir que su abogado:
Desde el primer momento en que entras en contacto con las fuerzas del orden, tienes derechos constitucionales que deben ser protegidos:
Un abogado con experiencia se asegura de que estos derechos estén protegidos a lo largo de todo el proceso penal.
Nuestro enfoque para defender los cargos por resistencia al arresto combina una defensa enérgica, una investigación exhaustiva y un litigio estratégico, todo ello con el fin de lograr el mejor resultado posible para nuestros clientes.
Comenzamos a investigar su caso de inmediato, lo que incluye:
Mediante las mociones Pitchess, podemos obtener los expedientes personales de los agentes de policía para descubrir pruebas de conductas indebidas anteriores, entre las que se incluyen:
Esta información puede ser fundamental para desmentir acusaciones falsas y demostrar que los agentes no son testigos fiables.
Analizamos minuciosamente si la parada, la retención y la detención iniciales estaban legalmente justificadas:
Si la actuación policial subyacente fue ilegal, presentamos mociones para que se excluyan las pruebas y se desestimen los cargos por resistencia a la autoridad.
En Pasadena, muchas detenciones quedan grabadas en vídeo por diversas fuentes:
Analizamos minuciosamente todas las pruebas en vídeo para:
Cuando procede, negociamos con la fiscalía para lograr resoluciones favorables:
Cuando es necesario, llevamos los casos a juicio y defendemos enérgicamente sus derechos:
Los cargos por resistencia a la autoridad surgen en numerosos contextos, cada uno de los cuales plantea retos jurídicos y oportunidades de defensa específicos.
Los cargos por resistirse al arresto suelen acompañar a las detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol. Según Según las estadísticas recientes del Departamento de Policía de Pasadena, se produjeron 194 detenciones por conducir bajo los efectos del alcohol[3] durante el período objeto del informe. Los agentes pueden alegar que te resististe cuando:
En los casos de conducción bajo los efectos del alcohol, podemos argumentar que su supuesta resistencia se debió en realidad a que la intoxicación afectaba su equilibrio, su coordinación y su capacidad para comprender o seguir instrucciones, y no a una obstrucción intencionada.
El El Departamento de Policía de Pasadena informó de 414 casos de violencia doméstica[3] en sus estadísticas recientes. Estos casos suelen incluir cargos por resistencia a la autoridad cuando:
En California, las detenciones por violencia doméstica son obligatorias cuando los agentes tienen motivos fundados, y la tensión emocional que se vive en estas situaciones suele dar lugar a acusaciones de resistencia.
El Departamento de Policía de Pasadena lleva a cabo numerosas detenciones de tráfico que, en ocasiones, dan lugar al descubrimiento de órdenes de aprehensión pendientes. Pueden surgir cargos por resistencia al arresto cuando las personas:
El El Departamento de Policía de Pasadena registró 1.695 llamadas relacionadas con personas sin hogar[3], muchos de los cuales padecen problemas de salud mental. Cuando los agentes se enfrentan a personas que atraviesan crisis de salud mental, los comportamientos derivados de la enfermedad mental —como la confusión, el miedo, la paranoia o la incapacidad para seguir órdenes— pueden interpretarse erróneamente como resistencia deliberada.
Su abogado puede presentar pruebas que demuestren problemas de salud mental, la ausencia de intención delictiva y la necesidad de recibir tratamiento en lugar de un castigo.
Más allá de las sanciones penales inmediatas, una condena por resistencia a la autoridad tiene consecuencias duraderas que afectan a múltiples aspectos de tu vida.
Las condenas penales aparecen en las verificaciones de antecedentes que realizan las empresas. Esto puede dar lugar a:
Hay ciertas profesiones que se ven especialmente afectadas:
Los propietarios suelen realizar verificaciones de antecedentes de los solicitantes de alquiler. Una condena penal puede:
Aunque el artículo 148(a)(1) del Código Penal no se considera un delito que implique depravación moral (CIMT), los no ciudadanos deben consultar con un abogado de inmigración antes de resolver cualquier caso penal. Cualquier condena penal puede, potencialmente:
Muchos organismos reguladores profesionales exigen la declaración de las condenas penales y pueden:
Quizás lo más importante es que una condena por resistirse al arresto pasa a formar parte de tus antecedentes penales, y cualquier agente de la ley que consulte tu nombre en futuros encuentros podrá verla. Esto puede:
Para salir airoso de un caso de resistencia al arresto, es necesario comprender cómo funciona el Tribunal Superior de Pasadena y qué se puede esperar a lo largo del proceso.
Todos los casos penales de Pasadena se tramitan en el Tribunal Superior de Pasadena, 300 East Walnut Street, Pasadena, CA 91101[4], Distrito Judicial Noreste del Condado de Los Ángeles. Este juzgado se encarga de los asuntos penales de Pasadena y las comunidades vecinas, entre ellas Altadena, Arcadia, Monrovia y Sierra Madre.
El juzgado está abierto de lunes a viernes, de 8:30 a. m. a 4:30 p. m. Es fundamental llegar con antelación, ya que los controles de seguridad pueden generar largas filas y las audiencias comienzan puntualmente a la hora programada.
Hay un estacionamiento de pago disponible en el edificio de estacionamiento situado en la esquina sureste de Marengo Avenue y Walnut Street. La entrada al edificio se encuentra en el número 240 de Ramona Street. La altura libre del techo del edificio de estacionamiento es de 6 pies y 6 pulgadas.
Casos penales – Delitos menores:
Secretaría Judicial Penal – Delitos menores
1.ª planta / Sala 103
Teléfono: (626) 396-3398
Casos penales – Delitos graves:
Secretaría Judicial Penal – Delitos graves
2.ª planta / Despacho 202
Teléfono: (626) 396-3393
Juzgado de Tráfico:
Oficina del secretario de Tráfico
1.ª planta / Ventanas 1-4
Teléfono: (626) 396-3399
Los casos de resistencia a la autoridad en Pasadena son juzgados por:
Fiscalía de la ciudad de Los Ángeles: Se encarga de la mayoría de los casos de delitos menores de la ciudad de Pasadena
Fiscalía del Condado de Los Ángeles: Se encarga de casos de delitos graves y de algunos delitos menores graves
Estos fiscales cuentan con amplia experiencia y suelen adoptar posturas enérgicas en los casos de resistencia a la autoridad, sobre todo cuando los agentes han resultado heridos o se ha hecho uso de la fuerza.
A menudo se imputan varios delitos relacionados junto con el artículo 148(a)(1) del Código Penal o en su lugar:
Se trata de un delito más grave, tipificado como “wobbler” (puede ser procesado como delito menor o como delito grave). El artículo 69 del Código Penal (PC 69) se aplica cuando se recurre a la fuerza o a amenazas para resistirse a un agente de la autoridad en el ejercicio de sus funciones. Las condenas por delito grave conllevan penas de 16 meses, 2 años o 3 años de prisión estatal.
Si usas la fuerza contra un agente del orden público, puedes ser acusado de agresión. El artículo 243(b) del Código Penal (PC) se aplica cuando no se producen lesiones (delito menor con hasta un año de cárcel). El artículo 243(c)(2) del Código Penal (PC) se aplica cuando el agente requiere atención médica (delito «wobbler» con posibles sanciones por delito grave).
Se imputa el delito de agresión a un agente del orden público cuando se tiene la capacidad real de infligir lesiones violentas a un agente del orden público y se da un paso concreto en esa dirección, aunque no se produzca ningún contacto físico. Se trata de un delito «wobbler».
Proporcionar una identificación falsa a un agente del orden público constituye un delito menor independiente, castigado con hasta seis meses de cárcel y multas de hasta 1.000 dólares.
Los cargos por resistirse al arresto suelen ir acompañados de los de embriaguez pública cuando las personas se encuentran bajo los efectos del alcohol o las drogas y, supuestamente, se resisten a los agentes que intentan detenerlas por su propia seguridad.
Conocer tus derechos durante los encuentros con la policía puede ayudarte a evitar cargos por resistencia al arresto, al tiempo que proteges tus derechos constitucionales.
La legislación de California protege explícitamente tu derecho a fotografiar y grabar a los agentes de policía en lugares públicos. Artículo 148(g) del Código Penal[1] dice:
“El hecho de que una persona tome una fotografía o realice una grabación de audio o de video de un funcionario público o de un agente del orden, mientras dicho agente se encuentra en un lugar público o mientras la persona que toma la fotografía o realiza la grabación se encuentra en un lugar en el que tiene derecho a estar, no constituye, por sí mismo, una infracción del apartado (a), ni constituye una sospecha razonable para detener a dicha persona ni una causa probable para arrestarla”.”
A pesar de esta clara protección legal, algunos agentes siguen intentando impedir que la gente grabe o alegan que grabar constituye una obstrucción. Si un agente te ordena que dejes de grabar, puedes responderle educadamente: “Tengo el derecho legal de grabar” y continuar grabando desde una distancia segura que no interfiera realmente con las funciones de los agentes.
Sí. A pesar de que se denomine “resistencia al arresto”, el artículo 148(a)(1) del Código Penal se aplica a la resistencia, el retraso o la obstrucción de cualquier funcionario público o agente del orden en el ejercicio de sus funciones, y no solo durante los arrestos. Se te puede acusar de obstruir una investigación, retrasar la respuesta de un agente a una llamada o interferir en cualquier actividad policial legítima.
Si la detención fue ilegal, es posible que puedas alegar una defensa frente a los cargos por resistencia a la autoridad. Sin embargo, se trata de una cuestión jurídica compleja. Por lo general, tienes derecho a resistirte a una detención ilegal, pero solo empleando una fuerza razonable. Lo más seguro es acatar la orden y impugnar la detención ante los tribunales, en lugar de oponer resistencia física.
Sí. Los tribunales han dictaminado que quedarse pasivamente inerte y obligar a los agentes a cargar con uno o arrastrarlo constituye resistencia según el artículo 148(a)(1) del Código Penal. Aunque esto pueda parecer contradictorio, la ley prohíbe cualquier retraso u obstrucción intencionados de las funciones de los agentes, y obligarlos a cargar con uno retrasa el proceso de detención.
El simple hecho de hacer preguntas o pedir aclaraciones no debería considerarse resistencia al arresto. Sin embargo, si los agentes te ordenan que hagas algo (como poner las manos detrás de la espalda) y tú sigues hablando en lugar de obedecer, podrían alegar que retrasaste el arresto. Lo más recomendable es obedecer las órdenes físicas al tiempo que reivindicas tu derecho a guardar silencio.
Sí. Huir de los agentes de policía que intentan detenerte o arrestarte constituye resistencia a la autoridad. Además, el hecho de huir les da a los agentes una sospecha razonable para perseguirte y detenerte, incluso si inicialmente no tenían motivos para arrestarte.
Es posible que pueda alegar legítima defensa si los agentes hicieron uso excesivo de la fuerza. Usted tiene el derecho limitado de emplear una fuerza razonable para defenderse ante el uso excesivo de la fuerza por parte de la policía. Sin embargo, esta defensa es difícil de demostrar y debe llevarse a cabo con la ayuda de un abogado con experiencia.
Sí. Dependiendo de las circunstancias y de la solidez de las pruebas, es posible que su abogado pueda negociar la desestimación del caso, la calificación de la acusación como infracción o la admisión en un programa de desviación que dé lugar a la desestimación del caso una vez completado.
Una condena por un delito menor permanecerá en tus antecedentes penales de forma permanente, a menos que solicites con éxito su eliminación en virtud del artículo 1203.4 del Código Penal. La eliminación de antecedentes penales es posible tras completar con éxito el período de libertad condicional (o tras un año si no se concedió libertad condicional).
Si te enfrentas a cargos por resistencia a la autoridad en Pasadena, cada minuto cuenta. Necesitas un abogado con experiencia en defensa penal que conozca el sistema judicial de Pasadena, comprenda la legislación de California en materia de resistencia a la autoridad y cuente con un historial probado de resultados favorables para sus clientes.
En Tu Defensor Criminalista, ofrecemos una defensa enérgica y exhaustiva a personas de Pasadena y todo el condado de Los Ángeles. Nuestro equipo ha defendido con éxito cientos de casos de resistencia a la autoridad, logrando desestimaciones, absoluciones y acuerdos de declaración de culpabilidad favorables para nuestros clientes.
No espere para proteger sus derechos y su futuro. Cuanto antes contrate a un abogado con experiencia, mayores serán sus posibilidades de obtener un resultado favorable. Es necesario preservar las pruebas fundamentales, entrevistar a los testigos y elaborar su estrategia de defensa de inmediato.
Información de contacto:
Disponible: Las 24 horas del día | Los 7 días de la semana
Idiomas: Inglés y español (Hablamos Español)
Estamos orgullosos de atender a clientes de toda Pasadena y las comunidades vecinas del condado de Los Ángeles, entre las que se incluyen:
Llevamos casos en el Tribunal Superior de Pasadena y en todo el sistema judicial del condado de Los Ángeles.
Además de la defensa en casos de conducción bajo los efectos del alcohol (DUI) como delito menor, nos ocupamos de:
A lo largo de esta página, hemos citado diversas fuentes gubernamentales, registros públicos y datos estadísticos para ofrecer información precisa y fiable sobre los cargos por resistencia a la autoridad, las sanciones y el sistema judicial de Pasadena.
Para obtener más información sobre la ley de resistencia al arresto, la defensa penal y el sistema de justicia penal de California, visite:
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